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Resolución 229 de 1998 Departamento Administrativo de Planeación Distrital

Fecha de Expedición:
06/05/1998
Fecha de Entrada en Vigencia:
06/05/1998
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 1670 de junio 2 de 1998.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 229 DE 1998

RESOLUCIÓN 229 DE 1998

(mayo 6)

 

por la cual se determina la Zona de Reserva para el Sistema Integrado de Transporte Masivo de Santa Fe de Bogotá.

 

La Directora del Departamento Administrativo de Planeación Distrital, en uso de las facultades que le confiere el Decreto Distrital 1087 del 14 de noviembre de 1997, así como los artículos 84 y 99 del Acuerdo 6 de 1990; 4 y 5 del Acuerdo 2 de 1980 y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 5 del Acuerdo 2 del 1980 señala que el sistema vial general está conformado, entre otros, por las zonas de reserva para el transporte masivo. Estas zonas las define dicha norma como aquellas "destinadas específicamente para la implantación de un sistema de transporte masivo rápido".

 

Que el artículo 85 del Acuerdo 6 de 1990 define las Zonas de Reserva para el Transporte Masivo, como: "aquellas Zonas de Reserva Vial específicamente definidas para la implantación de un Sistema de Transporte Masivo rápido, como el metro pesado, el metro ligero, el elevado, el sistema férreo etc."

 

Que dentro de las acciones urbanas establecidas en le artículo 8 de la Ley 388 de julio 18 de 1997 se define, entre otras, la de localizar y señalar las características de la infraestructura para transporte.

 

Que el Plan Nacional de Desarrollo contenido en la Ley 188 de 1995 y el Plan de Desarrollo para el Distrito Capital, contenido en el Decreto 295 de 1995, contemplan un Sistema Integrado de Transporte Masivo para la Sabana de Bogotá, (SITM).

 

Que mediante estudio realizado por el consorcio Ingetec - Bechtel - Systra, contratado por el Fondo Financiero de Proyectos de Desarrollo - FONADE- con No.961 de 1996, se realizó el "Diseño Conceptual del Sistema Integrado de Transporte Masivo de la Sabana de Bogotá", en el cual se definió el anteproyecto de la primera línea del metro.

 

Que dicho estudio definió un recorrido de 29.3 km y 23 estaciones para la primera línea del metro para Santa Fe de Bogotá, identificándose los predios requeridos para la operación.

 

Que mediante acuerdo firmado entre el Gobierno Nacional y Gobierno Distrital el 12 de febrero de 1998, se adoptó el trazado de la primera línea resultado del estudio y se definieron los mecanismos y procedimientos de colaboración de las partes para el desarrollo del Sistema Integrado de Transporte Masivo en su primera etapa y se establecieron las obligaciones de la Nación y el Distrito dentro de sus respectivas competencias, con el objeto de desarrollar el proyecto que permita al Distrito Capital, con la colaboración de la Nación, contar con un servicio integrado de transporte masivo.

 

En mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

Artículo 1º.- Determinar como Zona de Reserva para la operación de la primera línea del sistema integrado de transporte masivo de Santa Fe de Bogotá, D.C., la señalada en los planos anexos a la presente Resolución, los cuales hacen parte integrante de la misma.

 

Parágrafo.- En los cuadros anexos 1, 2 y 3 se relacionan los predios que conforman la Zona de Reserva.

 

Publíquese y cúmplase.

 

Dada en Santa Fe de Bogotá, D.C., a 6 de mayo de 1998.

 

La Directora, NORA CECILIA ARISTIZÁBAL LÓPEZ.

 

NOTA: Ver Decreto 757 de 1993 Resolución 162 de 1994 Alcaldía Mayor.

 

NOTA: La presente Resolución aparece publicada en el Registro Distrital No. 1670 de junio 2 de 1998.