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ACUERDO 007 DE 2017 (Julio 26) Derogado por el art. 32, Acuerdo 005 de 2023. Por el cual se introduce una modificación al Acuerdo No. 10 de 2010 EL CONSEJO
DIRECTIVO DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE REHABILITACIÓN Y
MANTENIMIENTO VIAL DE BOGOTÁ D.C., En ejercicio
de las atribuciones conferidas en los Estatutos y, CONSIDERANDO: 1.- El Acuerdo
No. 10 del 12 de octubre de 2010, por el
cual se reforman los Estatutos de la Unidad Administrativa Especial de
Rehabilitación y Mantenimiento Vial, establece en su Capítulo III CONTRATACIÓN Y PERSONAL, en el “ARTÍCULO 22: RÉGIMEN DE
CONTRATACIÓN: Los contratos que
requiera celebrar la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y
Mantenimiento Vial, se sujetarán a los principios y reglas previstos en el Estatuto
General de Contratación de la Administración Pública, Ley 80 de 1993, Ley 1150
de 2007 y demás disposiciones que la adicionen, reglamenten o modifiquen”. 2.- Se hace necesario efectuar una precisión en
los artículos 6 y 22 del Acuerdo 10 de 2010, que aclare la competencia de la
Entidad, para que las contrataciones laborales (individuales o colectivas), que
por su naturaleza deba celebrar, se adelanten con arreglo a las disposiciones
laborales vigentes aplicables. 3.– Que, en sesión del 26 de julio de 2017, se aprobó reformar los
artículos 6 y 22 del Acuerdo 10 de 2010, según consta en el acta respectiva. En
mérito de lo expuesto, ACUERDA: ARTÍCULO PRIMERO: Modificar el artículo
6. RÉGIMEN LEGAL del Acuerdo 10 de 2010, el cual quedará así: “ARTÍCULO 6.- RÉGIMEN LEGAL- Los actos que la Unidad
Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial, realice en
desarrollo de sus actividades según su naturaleza estarán sujetos a las normas
de derecho público y a la jurisdicción contenciosa administrativa, conforme a
la ley. La relación producto de los contratos laborales se regirá por
las disposiciones constitucionales y legales que regulen la materia, en
especial las normas del Código Sustantivo del Trabajo y sus controversias se
someterán a la jurisdicción ordinaria”. ARTÍCULO SEGUNDO: Modificar el artículo
22. RÉGIMEN DE CONTRATACIÓN del Acuerdo 10 de 2010, el cual quedará así: “ARTÍCULO 22. RÉGIMEN DE
CONTRATACIÓN: Los procesos de selección que adelante la Unidad Administrativa
Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial, se sujetarán a los principios
y reglas previstos en el Estatuto General de Contratación de la Administración
Pública, Ley 80 de 1993, Ley 1150 de 2007 y demás disposiciones que la
adicionen, reglamenten o modifiquen. Lo anterior sin perjuicio de lo previsto
en el artículo 6 del presente estatuto”. ARTÍCULO TERCERO: Esta reforma deberá
ser publicada en la página web de la Unidad Administrativa Especial de
Rehabilitación y Mantenimiento Vial, para conocimiento de los servidores
públicos y contratistas de la Unidad, de los servidores públicos del Distrito
Capital y de la ciudadanía en general. ARTÍCULO CUARTO. El presente Acuerdo
rige a partir de la fecha de su publicación. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE Dado en Bogotá D.C., a
los 26 días del mes de julio de 2017 JUAN PABLO BOCAREJO
SUESCÚN Presidente ÁLVARO SANDOVAL REYES Secretario Nota: Ver norma original en Anexos. |