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Acuerdo Local 018 de 2017 Junta Administradora Local de Fontibon

Fecha de Expedición:
06/09/2017
Fecha de Entrada en Vigencia:
14/09/2017
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 6155 del 14 de septiembre de 2017.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO LOCAL 018 DE 2017

 

(Septiembre 06)


Sancionado por el Decreto Local 005 de 2017.

 

Por el cual se efectúa una adición al presupuesto anual de ingresos y gastos del Fondo de Desarrollo Local de Fontibón para la vigencia fiscal de 2017

 

LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE FONTIBÓN

 

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere la Constitución Política  en  su Art 324, Decreto Ley 1421 de 1993 y el Decreto 372 de 2010, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 38 del Decreto 372 de 2010, “Por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local – F.D.L.”, sobre “Distribución de Excedentes Financieros”, señala que el CONFIS  distribuirá entre las localidades el monto de excedentes financieros determinados por los FDL, teniendo en cuenta las necesidades apremiantes no financiadas.

 

Que el FDL de Fontibón a 31 de diciembre de 2016 presentó un monto de excedente de $2.164.761.391

 

Que mediante la Circular CONFIS  02  de abril 04 de 2017, se comunica que en la sesión  No. 03, conforme a lo establecido en los artículos 37º y 38º del Decreto 372 de 2010, el CONFIS determinó un  monto total de $60.452.231.233 de Excedentes Financieros generados a 31 de diciembre de 2016 por los FDL, los cuales se destinan $50.981.381.673 para las sedes administrativas de las localidades de Usaquén, Santa Fe, Tunjuelito y Puente Aranda,  $2.921.857.843 para la construcción, mantenimiento y adecuación de parques vecinales y de bolsillo en las localidades de Chapinero, y Antonio Nariño,  $1.007.537.187 para malla vial y espacio público en la localidad de Candelaria y $2.015.074.374 para atención de puntos críticos de residuos sólidos en las localidades de Chapinero, Santa Fe, Fontibón, Usme, Fontibon, Engativa, Barrios Unidos, Teusaquillo, Mártires, Antonio Nariño, Candelaria y Rafael Uribe Uribe.

 

Que en concordancia con lo señalado por el CONFIS, se asignó al FDL de Fontibón la suma de $141.740.331 para atención de puntos críticos de residuos sólidos.

 

Que mediante comunicación Nº 2-2017-17735 de 26 de abril de 2017 la Secretaría Distrital de Planeación emitió concepto favorable informado que debe adicionarse al proyecto 1474 Fontibón, gestión pública, eficiente y transparente.

 

De igual forma y en consonancia con el Artículo 31 Modificaciones Presupuestales del Decreto 372 de 2010, en el numeral 2 Créditos Adicionales, acápite c) Adición por Excedentes Financieros la adición presupuestal de cada Fondo de Desarrollo Local se hará “mediante Acuerdo de la JAL, de acuerdo con la distribución que efectúe el CONFIS”.

 

En este sentido, la Circular CONFIS N° 02, del 06 de abril de 2017, comunica que en la sesión N° 03 de los días 30 y 31 de marzo de 2017, conforme a lo establecido en los artículos 37 y 38 del Decreto 372 de 2010, el CONFIS determino la distribución de los excedentes financieros obtenidos en la vigencia fiscal 2016. Sobre estas consideraciones la adición de los excedentes financieros a los presupuestos anuales de los Fondos de Desarrollo Local, por parte de las JAL no requiere de conceptos adicionales.

 

Una vez realizada la adición de los excedentes financieros en el presupuesto anual del respectivo Fondo de Desarrollo Local, el Alcalde emitirá el Decreto de incorporación de los recursos adicionados al Proyecto 1474 Fontibón, gestión pública, eficiente y transparente, el cual se debe tramitar de conformidad con las normas presupuestales vigentes

 

En mérito de lo anteriormente expuesto,

 

ACUERDA:

 

ARTÍCULO 1°: Adicionar el Presupuesto de Ingresos y de Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Fontibón para la Vigencia Fiscal de 2017, conforme al siguiente detalle:

 

Código

Concepto

Valor

2.

Ingresos

141.740.331

2.4

Recursos de Capital

141.740.331

2.4.5

Excedentes Financieros

141.740.331

 

TOTAL INGRESOS

141.740.331

3

Gastos

141.740.331

3.3

Inversión

141.740.331

3.3.1

Directa

141.740.331

3.3.1.15

Bogotá Mejor Para Todos

141.740.331

3.3.1.15.07

Eje transversal Gobierno Legítimo Fortalecimiento Local y Eficiente

141.740.331

3.3.1.15.07.45

Gobernanza e Influencia Local, Regional e Internacional

141.740.331

3.3.1.15.07.45.1474

Fontibón, gestión pública, eficiente y transparente

141.740.331

 

TOTAL GASTOS

141.740.331

 

 

ARTÍCULO 2°: El presente Acuerdo Local rige a partir de la fecha de su publicación.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá D.C., a los seis (6) días del mes de septiembre de dos mil diecisiete (2017).

 

GERARDO MONTERO DOZA

 

Presidente de la Junta Administradora Local

 

SANDRA LILIANA LINARES APONTE

 

Secretaria Junta Administradora Local

 

El presente Acuerdo Local es sancionado por la Alcaldesa Local de Fontibón, mediante el Decreto Local No. 5 a los (12) días del mes de septiembre de dos mil diecisiete (2017).

 

JOHANNA PAOLA BOCANEGRA OLAYA

 

Alcaldesa Local de Fontibón