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Resolución 456 de 2017 Contaduría General de la Nación

Fecha de Expedición:
03/10/2017
Fecha de Entrada en Vigencia:
09/10/2017
Medio de Publicación:
Diario Oficial No. 50381 del 09 de octubre de 2017.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 456 DE 2017

 

(Octubre 03)

 

Por la cual se modifica el Referente Teórico y Metodológico de la Regulación Contable Pública

 

EL CONTADOR GENERAL DE LA NACIÓN

 

En ejercicio de las facultades establecidas en el artículo 354 de la Constitución Política de Colombia, además de las conferidas por la Ley 298 del 23 de julio de 1996 y el Decreto 143 de 2004, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante la Resolución 628 de 2015, expedida por la UAE Contaduría General de la Nación (CGN), se incorporó, en el Régimen de Contabilidad Pública, el Referente Teórico y Metodológico de la Regulación Contable Pública, el cual define el alcance del Régimen de Contabilidad Pública y sirve de base para su desarrollo como instrumento de normalización y regulación, en el contexto de la convergencia hacia estándares internacionales de información financiera.

 

Que el numeral 5.2 Estructura del Régimen de Contabilidad Pública, del Referente Teórico y Metodológico de la Regulación Contable Pública, estableció que:

 

“(...) el Régimen de Contabilidad Pública está conformado por los siguientes elementos:

 

a) Referente teórico y metodológico de la regulación contable pública;

 

b) Marco normativo para empresas que cotizan en el mercado de valores, o que captan o administran ahorro del público;

 

c) Marco normativo para empresas que no cotizan en el mercado de valores, y que no captan ni administran ahorro del público;

 

d) Marco normativo para entidades de gobierno;

 

e) Regulación del proceso contable y del sistema documental contable;

 

f) Procedimientos transversales (...)”.

 

Que se identificó la necesidad de incorporar, al Régimen de Contabilidad Pública, un marco normativo que sea aplicable a las entidades que se encuentren bajo el ámbito del Régimen de Contabilidad Pública sobre las cuales exista un acto que ordene su supresión o disolución con fines de liquidación, considerando que a estas entidades no les es aplicable el principio de entidad o negocio en marcha, dado que se espera que, en virtud del mandato de liquidación, en el futuro previsible dejen de desarrollar sus funciones de cometido estatal.

 

Que se requiere modificar el Referente Teórico y Metodológico de la Regulación Contable Pública, con el fin de incluir a las entidades en liquidación dentro de la caracterización del entorno de sector público colombiano y de incorporar el Marco Normativo para Entidades en liquidación dentro de la estructura del Régimen de Contabilidad Pública.

 

Que en mérito de lo anteriormente expuesto,

 

RESUELVE:

 

Artículo 1°. Modificar el Referente Teórico y Metodológico de la Regulación Contable Pública, incorporado como parte integrante del Régimen de Contabilidad Pública mediante el artículo 1º de la Resolución 628 de 2015, el cual quedará tal y como se describe textualmente en el anexo que hace parte integral de la presente resolución.

 

Artículo 2°. Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 119 de la Ley 489 de 1998.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 03 días del mes de octubre del año 2017.

 

La Subcontadora General y de Investigación, encargada de las Funciones del Despacho del Contador General de la Nación,

 

Marleny María Monsalve Vásquez