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Decreto 51 de 2003 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
06/03/2003
Fecha de Entrada en Vigencia:
06/03/2003
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 2827 de Marzo 6 de 2003
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DAM00512003

DECRETO 051 DE 2003

(Marzo 6)

"Por el cual se otorga la Orden Civil al Mérito "Ciudad de Bogotá" en el grado de Gran Oficial a la CASA DE LA MUJER TRABAJADORA DE LA CUT".

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

En uso de sus atribuciones legales y

CONSIDERANDO:

Que con el propósito de honrar a nacionales y extranjeros que se hayan hecho merecedores de una exaltación en nombre del pueblo de Colombia, la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., en representación de la ciudadanía, creó por Decretos números 0693 del 7 de junio de 1971 y 480 del 2 de agosto de 1991, la Orden Civil al Mérito "Ciudad de Bogotá".

Que el Consejo de la Orden Civil al Mérito "Ciudad de Bogotá", se reunió el día 4 de marzo de 2003 y aprobó por unanimidad otorgar la Orden Civil al Mérito "Ciudad de Bogotá" en el grado de Gran Oficial, a la CASA DE LA MUJER TRABAJADORA DE LA CUT

Que la Casa de la Mujer Trabajadora surge con el propósito de defender y proteger los derechos de las mujeres trabajadoras, y para brindarles formación, capacitación y orientación laboral. Sus esfuerzos se han dirigido a la formación para el trabajo de grupos de mujeres de los estratos uno, dos y tres de la ciudad, siendo la dignificación, la valoración y el reconocimiento del trabajo femenino principios de acción de esta organización creada por la Central Unitaria de Trabajadores CUT, el 7 de marzo de 1996.

Que su actividad dirigida inicialmente a las mujeres sindicalizadas, se ha extendido a mujeres que por sus roles de género se ven obligadas a trabajar de manera aislada como es el caso de las trabajadoras del hogar y las trabajadoras del sector informal.

Que los programas de la Casa de la Mujer buscan la formación integral para el trabajo, lo cual implica tener en cuenta no solamente la cualificación de la mujeres en diferentes oficios, sino sus proyectos de vida, y la gestión de proyectos productivos.

Que es deber del Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., dar justo reconocimiento a quien se ha convertido en una institución ejemplar en razón a su compromiso e indeclinable voluntad de contribuir al bienestar de la comunidad.

DECRETA:

ARTICULO PRIMERO.- Otórgase la Orden Civil al Mérito "Ciudad de Bogotá" en el Grado de Gran Oficial a LA CASA DE LA MUJER TRABAJADORA DE LA CUT.

ARTICULO SEGUNDO.- En ceremonia especial el Alcalde Mayor de Bogotá, D.C., hará entrega del diploma en nota de estilo a la Institución en mención.

ARTICULO TERCERO.- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D.C., a los seis (6) días del mes de Marzo del año dos mil tres (2003)

ANTANAS MOCKUS SIVICKAS

Alcalde Mayor . Gran Maestre

SORAYA MONTOYA GONZALEZ

Secretaria de Gobierno - Gran Canciller

NOTA: Publicado en el Registro Distrital No. 2827 de Marzo 6 de 2003.