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ACUERDO 691 DE 2017
(Noviembre 2)
POR MEDIO DEL CUAL SE AUTORIZA A BOGOTÁ, D.C., PARA QUE A TRAVÉS DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE HACIENDA ASUMA OBLIGACIONES PARA GARANTIZAR EL APORTE DEL DISTRITO CAPITAL A LA COFINANCIACIÓN DEL SISTEMA INTEGRADO DE TRANSPORTE MASIVO PARA BOGOTÁ - PRIMERA LÍNEA DEL METRO - TRAMO 1 CON CARGO A VIGENCIAS FUTURAS ORDINARIAS DEL PERÍODO 2018 – 2041
EL CONCEJO DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL
En uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por los numerales 1 y 25 del artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993, el artículo 14 del Decreto 714 de 1996, el artículo 4 de la Ley 310 de 1996, el artículo 12 de la Ley 819 de 2003, las demás normas vigentes y, Ver Proyecto de Acuerdo 602 de 2017 Concejo de Bogotá, D.C.
CONSIDERANDO:
Que la Administración Distrital podrá presentar para aprobación del Concejo Distrital la asunción de compromisos que afecten presupuestos de vigencias futuras ordinarias, siempre que los proyectos estén consignados en el Plan de Desarrollo respectivo.
Que de acuerdo con lo previsto en el artículo 12 de la Ley 819 de 2003, el Consejo de Gobierno en sesiones del 25 y 26 de septiembre de 2017, declaró de importancia estratégica la solicitud presentada por la Secretaría Distrital de Movilidad.
Que de conformidad con lo establecido en el artículo 10, literal j, del Decreto Distrital 714 de 1996, el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal – CONFIS en sesión del 26 de septiembre de 2017 autorizó la asunción de compromisos con cargo a vigencias futuras ordinarias, con el fin de continuar el trámite ante el Concejo Distrital.
ACUERDA:
ARTÍCULO 1º. - Autorizar a Bogotá, D.C., para que a través de la Secretaría Distrital de Hacienda asuma obligaciones para garantizar el aporte del Distrito Capital a la cofinanciación del Sistema Integrado de Transporte Masivo para Bogotá - Primera Línea del Metro – Tramo 1 con cargo a vigencias futuras ordinarias del periodo 2018-2041, hasta por la suma de SEIS BILLONES OCHENTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS CUARENTA Y TRES MILLONES OCHOCIENTOS SESENTA Y UN MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y SIETE PESOS ($ 6.087.643.861.557) constantes de 2017 y vigencias que se relacionan a continuación:
ARTÍCULO 2°. La Secretaría Distrital de Hacienda, una vez comprometidos los recursos a que se refiere el artículo anterior, deberá incluir en los presupuestos de las vigencias 2018 a 2041 las asignaciones necesarias para honrar los compromisos adquiridos.
ARTÍCULO 3°. La Secretaría Distrital de Hacienda, la Secretaría Distrital de Movilidad y la Empresa Metro presentarán un informe semestral al Concejo de Bogotá sobre los avances de la ejecución física, financiera y operativa del Proyecto Primera Línea Metro en Bogotá - PLMB.
ARTÍCULO 4°. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dado en Bogotá, D.C., a los dos (2) días del mes de noviembre de dos mil diecisiete (2017)
HORACIO JOSÉ SERPA MONCADA
Presidente
LUIS ALBERTO DONOSO RINCÓN
Secretario General de Organismo de Control
ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO
Alcalde Mayor de Bogotá, D.C.
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