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ACUERDO
693 DE 2017 (Diciembre
11) Por el cual se autoriza a la administración
distrital a participar en la corporación maloka de ciencia, tecnología e
innovación EL
CONCEJO DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL En
ejercicio de sus atribuciones legales, especialmente las conferidas por el
numeral 9 del artículo 12 y el artículo 55 del Decreto Ley 1421 de 1993, Ver Proyecto de Acuerdo 598 de 2017 Concejo de Bogotá, D.C. ACUERDA: ARTÍCULO 1°. Autorizase al Alcalde
Mayor, para que en representación del Distrito Capital, conforme a las normas
constitucionales y legales, participe en la Corporación Maloka de Ciencia,
Tecnología e Innovación, como Entidad Mixta. ARTÍCULO 2°. La participación del
Distrito Capital estará condicionada a la adopción previa de una reforma
estatutaria, en la cual se establezca que las decisiones de la Junta Directiva
de la Corporación Maloka de Ciencia, Tecnología e Innovación, respecto de los
aportes del Distrito, requieren el voto favorable de los miembros que
representen al Distrito Capital en este Órgano. Estas
decisiones deberán estar sustentadas técnicamente haciendo prevalecer el objeto
misional de la Corporación. La participación autorizada en este Acuerdo estará
condicionada al cumplimiento de las disposiciones legales referidas a la
apropiación de la Ciencia, Tecnología e Innovación. PARÁGRAFO: Los aportes que
realice el Distrito Capital a Maloka, harán parte del Anexo Informativo del
Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos, de Gastos e Inversiones del Distrito
Capital. ARTÍCULO 3° La Administración
Distrital efectuará el seguimiento al Plan de Fortalecimiento que formule la
Corporación Maloka de Ciencia, Tecnología e Innovación y remitirá anualmente al
Concejo de Bogotá un informe de rendición de cuentas. ARTÍCULO 4°. La participación que
para el efecto disponga el Distrito Capital, estará sujeta al control fiscal
por parte de la Contraloría Distrital. El Concejo de Bogotá, de conformidad con
el artículo 14 del Decreto - Ley 1421 de 1993 ejercerá el control político. ARTÍCULO 5°. En virtud de lo
dispuesto en el presente Acuerdo y para favorecer la apropiación social del
conocimiento de los niños, niñas y adolescentes, el Distrito coordinará con la
Corporación Maloka de Ciencia, Tecnología e Innovación el diseño de una
política diferencial que permita el acceso al centro interactivo y sus servicios
a los estudiantes de las Instituciones Educativas Distritales y a la población
vulnerable. ARTÍCULO 6°. El presente Acuerdo
rige a partir de su publicación. PUBLÍQUESE
Y CÚMPLASE. Dado en
Bogotá D.C. a los 11 días del mes de diciembre de 2017 HORACIO
JOSÉ SERPA MONCADA Presidente LUIS
ALBERTO DONOSO RINCÓN Secretario
General de Organismo de Control ALCALDÍA
MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO
CAPITAL PUBLÍQUESE
Y EJECÚTESE ENRIQUE
PEÑALOSA LONDOÑO Alcalde
Mayor de Bogotá, D.C. |