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Acuerdo Local 003 de 2017 Junta Administradora Local de Puente Aranda

Fecha de Expedición:
15/12/2017
Fecha de Entrada en Vigencia:
27/12/2017
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 6224 del 27 de diciembre de 2017.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO LOCAL 003 DE 2017

 

(Diciembre 15)

 

Por el cual se expide el Presupuesto de Ingresos y Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Puente Aranda, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2018

 

LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE PUENTE ARANDA

 

En uso de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confiere la Constitución Política de Colombia en su artículo 324; numeral 04 del artículo 69 Decreto ley 1421 de 1993 modificado por el artículo 88 de la Ley 617 de 2000 y artículo 17 del Decreto 372 del 2010.

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Alcalde Local presentó el proyecto de presupuesto a nivel de agregados para estudio y aprobación de la JAL dentro del término establecido en el artículo 15 del decreto 372 de 2010.

 

Que la Secretaría Distrital de Hacienda mediante comunicación Nº 2017EE275650 de día 30 de octubre de 2017, comunicó la Cuota de asignación por un monto de $29.168.001.000 para la vigencia 2018.

 

Que el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal –CONFIS- en su sesión No 20 del 30 de Noviembre de 2017, emitió concepto favorable al proyecto de Presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Puente Aranda, el cual asciende a la suma de CINCUENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS SEIS MILLONES TRESCIENTOS DOS MIL PESOS MCTE ($57.806.302.000), para la vigencia fiscal 2018.

 

Que es función de la Junta Administradora Local aprobar el Presupuesto Anual del respectivo Fondo de Desarrollo Local, previo concepto favorable del CONFIS.

 

Que en mérito de lo anterior,

 

ACUERDA:

 

ARTÍCULO 1.: Expedir el Presupuesto de Ingresos del Fondo de Desarrollo Local de Puente Aranda, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2018, por la suma de CINCUENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS SEIS MILLONES TRESCIENTOS DOS MIL PESOS M/CTE. ($57.806.302.000) de conforme al siguiente detalle:

 

Código

Concepto                                                      

Valor

1

Disponibilidad Inicial                                            

28.605.801.000

2

Ingresos                                                        

29.200.501.000

2.1

Ingresos corrientes                                                    

305.000.000

2.2

Transferencias                                               

 28.859.001.000 

2.4

Recursos de capital                                                     

36.500.000

 

TOTAL INGRESOS +

DISPONIBILIDAD INICIAL

$57.806.302.000

  

ARTICULO 2. Expedir el Presupuesto de Gastos e Inversiones del presupuesto anual del Fondo de Desarrollo Local de Puente Aranda, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 2018, por la suma de de CINCUENTA Y SIETE MIL OCHOCIENTOS SEIS MILLONES TRESCIENTOS DOS MIL PESOS M/CTE. ($57.806.302.000) de acuerdo al siguiente detalle:


Código

Concepto

Valor

3

Gastos                                                                      

$57.806.302.000

3.1

Funcionamiento                                                        

$1.917.504.000

3.3

Inversión                                                                

  $55.888.798.000

4.

Disponibilidad Final                                                                   

$0.00

 

TOTAL GASTOS +

DISPONIBILIDAD FINAL         

$57.806.302.000

 

ARTÍCULO 3. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación y surte efecto fiscal a partir del 1º de enero de 2018

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 15 días del mes de diciembre del año 2017.

 

JAIME CAMARGO MOLINA

 

PRESIDENTE JAL

 

WILLIAM MARZAN CORTÉS

 

SECRETARIO DE LA JAL

 

El presente Acuerdo es sancionado el día 15 de diciembre de 2017 por:

 

JOSÉ MARTÍN CADENA GARZÓN

 

ALCALDE LOCAL (E.)