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DECRETO 73 DE 1950 (Enero 12) Por el cual se confieren unas autorizaciones al Alcalde de Bogotá. EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA, en uso de las autorizaciones que le confiere el artículo 121 de la Constitución Nacional, y CONSIDERANDO: Que la administración municipal de Bogotá ha sufrido un desajuste por el crecimiento o cambio de orientación de las necesidades del servicio en algunas de las ramas, por lo cual se requiere una reorganización técnica de las funciones administrativas y de los empleos para garantizar la eficiencia y la correcta marcha de la administración; DECRETA: ARTICULO UNICO. Facúltase al Alcalde de Bogotá para crear empleos, proveerlos, suspenderlos, señalarles asignaciones y funciones precisas, suprimirlos y refundirlos dentro de las partidas asignadas para el personal en el presupuesto vigente, con el fin de reorganizar técnica y económicamente la administración municipal. Este Decreto rige desde la fecha de su expedición, Comuníquese y publíquese. Dado en Bogotá a 12 de Enero de 1950. (Fdo.) MARIANO OSPINA PEREZ El Ministro de Gobierno, Luis Ignacio ANDRADE |