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Resolución 458 de 2018 Secretaría de Educación del Distrito - SED

Fecha de Expedición:
14/03/2018
Fecha de Entrada en Vigencia:
14/03/2018
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 458 DE 2018

 

(Marzo 14)

 

Por medio de la cual se delega la representación de la Secretaría de Educación del Distrito en el Observatorio de Convivencia Escolar

 

LA SECRETARIA DE EDUCACIÓN DEL DISTRITO

 

En uso de sus atribuciones legales y en especial las que le confiere el artículo 211 de la Constitución Política de Colombia, en cumplimiento de la Ley 1620 de 2013, Acuerdo Distrital 434 de 2010 y el Decreto 330 del 06 de octubre de 2008 y

 

CONSIDERANDO

 

Que mediante el Acuerdo Distrital 434 de 2010 expedido por el Concejo de Bogotá, se creó el Observatorio de Convivencia Escolar cuyo objetivo es ser un espacio de reflexión pedagógica, con el fin de incentivar la investigación y el diseño de estrategias encaminadas a prevenir situaciones de violencia escolar en las Instituciones Educativas Públicas y Privadas del Distrito Capital.

 

Que el Observatorio de Convivencia Escolar, creará un sistema de discusión y análisis, coordinado por la Secretaría de Educación del Distrito y sustentado técnicamente por la información proveniente del Centro de Estudios y Análisis para la Seguridad y la Convivencia de la Secretaría de Gobierno y el Observatorio de Culturas de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte, y hará contacto con Instituciones públicas y privadas de todo orden distrital, local, nacional e internacional, para crear espacios de discusión, sistemas de información, alertas tempranas, análisis de resultados y generación de estrategias de choque, que puedan optimizar soluciones conjuntas a la problemática de la violencia, orientadas principalmente hacia la convivencia y resolución de conflictos.

 

Que el artículo del Acuerdo Distrital 434 de 2010, dispone la Conformación del Observatorio de Convivencia Escolar de la siguiente manera: El Observatorio estará a cargo de las Secretarías Distritales de Gobierno, Educación, Salud, Integración Social, Cultura Recreación y Deporte y abrirá sus espacios para que hagan parte de él, organizaciones nacionales e internacionales relacionadas con el objeto del propio Observatorio.

 

Que sobre la delegación, la Corte Constitucional ha señalado que son elementos constitutivos de la delegación los siguientes: “(1) la transferencia de funciones de un órgano a otro; (2) que la transferencia de funciones se realice por el titular de la función; (3) que dicha transferencia cuente con una previa autorización legal; (4) y que el órgano que confiere la delegación pueda siempre y en cualquier momento reasumir la competencia”.

 

Que de conformidad con las funciones establecidas en artículo 14 del Decreto 330 de 2008, está a cargo de la Dirección de Participación y Relaciones Interinstitucionales de la SED, planificar y adelantar la coordinación interinstitucional requerida para el desarrollo del Plan Sectorial de Educación y coordinar con el Despacho, las entidades y organismos competentes la cooperación nacional e internacional en materia educativa.

 

Que de conformidad con las funciones establecidas en artículo 12 del Decreto 330 de 2008, está a cargo de la Dirección General de Educación y Colegios Distritales de la SED, apoyar el desarrollo de mecanismos para la comunicación regular entre las dependencias del nivel central y las Direcciones Locales de Educación, para la aplicación de las políticas, planes, programas y proyectos de la SED y la atención de las necesidades educativas en las localidades y apoyar la programación y ejecución de las estrategias para la ejecución presupuestal de los Colegios Distritales.

 

En mérito de lo anteriormente expuesto, la Secretaria de Educación del Distrito en uso de sus facultades legales,

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO PRIMERO: Delegar a la Directora de Participación y Relaciones Interinstitucionales de la SED, Isabel Fernandes Cristóvão, para que el 15 de marzo de 2018, represente a la Secretaría de Educación del Distrito en el Observatorio de Convivencia Escolar.

 

ARTÍCULO SEGUNDO: La Directora de Participación y Relaciones Interinstitucionales, Isabel Fernandes Cristóvão, presentará un informe a la Secretaria de Educación del Distrito, en relación con las actividades realizadas en virtud de la presente delegación.

 

ARTÍCULO TERCERO: Delegar al Director General de Educación y Colegios Distritales de la SED, Álvaro Enrique Montero Escobar, para que a partir del 16 de marzo de 2018, sea el delegado permanente y represente a la Secretaría de Educación del Distrito en el Observatorio de Convivencia Escolar.

 

ARTÍCULO CUARTO: El Director General de Educación y Colegios Distritales, Álvaro Enrique Montero Escobar, presentará informes a la Secretaria de Educación del Distrito cuando le sean solicitados, en relación con las actividades realizadas en virtud de la presente delegación.

 

ARTÍCULO QUINTO: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga todas aquellas disposiciones que le sean contrarias.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 14 días del mes de marzo del año 2018.

 

MARÍA VICTORIA ANGULO GONZÁLEZ

 

Secretaria de Educación del Distrito