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RESOLUCIÓN 047 DE 2018 (Junio 01) Por medio de la
cual se modifica el Artículo 6° de la Resolución 004 de 2018 de la Caja Menor
de la Empresa Metro Bogotá S.A. EL GERENTE GENERAL DE LA EMPRESA METRO DE
BOGOTÁ S.A. En uso de las facultades estatutarias y legales,
especialmente las conferidas en el artículo 91(sic) de conferidas en el artículo 3° del Decreto
Distrital 061 de 2007, y CONSIDERANDO: Que mediante Resolución
004 de Enero 23 de 2018, la Empresa Metro de Bogotá S.A., constituyó y
estableció el funcionamiento de la caja menor para la vigencia 2018, con cargo
al presupuesto de ingresos y gastos aprobado para el mismo año. Que el Presupuesto de
Ingresos y Gastos de la Empresa Metro de Bogotá S.A., para la vigencia 2018, es
de $1.591.016.564.696, que corresponde a 2.036.522 SMMLV, por lo cual, en el
marco del artículo 7 del Decreto 061 de 2007, el monto máximo mensual de la
Caja Menor, puede máximo de 350 SMMLV. Que en lo corrido de la
vigencia, el monto promedio de gastos a través de la Caja Menor constituida
mediante Resolución 004 de 2018, ha sido de $1.500.000 y se proyecta con el
crecimiento de la planta de personal a partir del segundo semestre de 2018 y
las actividades de gestión contractual, que se requerirá una caja menor de
menor cuantía. Que para las
actividades de gestión predial, la empresa gestionará la constitución de una
caja menor con esta destinación específica, que permita atender las erogaciones
de gastos notariales y de registro, entre otros. Que se evaluaron los
rubros que no registran una ejecución representativa a través de la caja menor,
para efectos de suprimirlos en concepto y monto, identificando los siguientes: Honorarios,
Combustibles, lubricantes y llantas, Seguros, Capacitación, Promoción
institucional y Salud Ocupacional Que adicionalmente se
evaluaron los demás rubros, para determinar un ajuste en monto, garantizando su
disponibilidad para aquellos gastos urgentes e imprescindibles en desarrollo de
la gestión operativa de la empresa, determinando los siguientes conceptos: Materiales y Suministros, Gastos de
Computador, Gastos de Transporte y Comunicación, Impresos y Publicaciones,
Mantenimiento y Reparaciones, Servicios Públicos, Bienestar e incentivos e
Impuestos, Tasas y Multas Código. Que en mérito de lo
anterior, RESUELVE: Artículo 1°. – Modifíquese el
Artículo 6° de la Resolución 004 de 2018, el cual quedará de la siguiente
forma: Artículo 6°. - Unidad
Ejecutora, Rubros Presupuestales y Cuantía. Los gastos realizados con cargo a
esta Caja Menor, serán imputados presupuestalmente, a los rubros que se indican
a continuación, sin superar mensualmente las siguientes cuantías:
Artículo 2°. – La presente resolución
rige a partir del día siguiente a su publicación. PUBLIQUESE Y CÚMPLASE. Dada en Bogotá, D.C., al primer (01) día del
mes de junio de 2018. ANDRES ESCOBAR URIBE Gerente General |