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Acuerdo Local 4 de 2002 Junta Administradora Local de Barrios Unidos

Fecha de Expedición:
15/12/2002
Fecha de Entrada en Vigencia:
01/01/2003
Medio de Publicación:
Registro Distrital 2787 de Diciembre 27 de 2002
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

Acuerdo Local Número 004

ACUERDO LOCAL 004 DE 2002

(Diciembre 15)

"Por medio del cual se adopta el Presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones de la Localidad de Barrios Unidos para la vigencia fiscal 2003".

LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE BARRIOS UNIDOS

En uso de las facultades legales conferidas en el Decreto Ley 1421 de 1993 y las atribuciones conferidas por los artículos 16, 17 y 18 del Decreto 1139 de 2000, y

CONSIDERANDO:

Que es deber de la Junta Administradora Local, estudiar, analizar y debatir los proyectos presentados por la Alcaldesa Local.

Que el Decreto 1139 de 2000 "Por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local", en su artículo 16 establece que "El Alcalde Local presentará a la Junta Administradora Local . JAL, dentro de los tres (3) primeros días de las sesiones ordinarias del mes de Diciembre, a nivel de Programas, el proyecto de Presupuesto para su estudio y aprobación; y que adicionalmente el Alcalde Local presentará el mensaje presupuestal y un anexo informativo con el detalle de la composición del presupuesto, hasta el nivel de proyectos, para facilitar el estudio y aprobación del proyecto de presupuesto".

Que el Decreto 1139 de 2000 "Por el cual se reglamenta el proceso presupuestal de los Fondos de Desarrollo Local", en su artículo 17 establece que "El cómputo de Ingresos presentado por el Alcalde Local con arreglo a las normas del mismo Decreto no podrá ser aumentado por la JAL sin el concepto previo de aquél, expresado en mensaje escrito. El mismo requisito se exigirá para aumentar o incluir nuevas partidas en el Presupuesto de Gastos presentado por el Alcalde Local. Si se eleva el cálculo de los ingresos o se elimina o disminuye alguna de las apropiaciones del Presupuesto de Gastos, las sumas disponibles, sin exceder su cuantía, podrán aplicarse a otras Inversiones o gastos, previa aceptación escrita del Alcalde Local. La JAL, podrá eliminar o reducir partidas de gastos propuestas por el Alcalde Local, con excepción de las que necesiten para la atención completa de los servicios ordinarios del F.D.L. y las inversiones autorizadas en el correspondiente Plan de Desarrollo Local a que se refieren el numeral primero del artículo 69 del Decreto Ley 1421 de 1993 y el artículo 88 de la ley 617 de 2000."

Que mediante el Oficio 2002EE51200 de la Secretaria de Hacienda Distrital se informa que la cuota preliminar de Transferencias de la Administración Central asignada para Inversión al Fondo de Desarrollo Local de Barrios Unidos, para la vigencia fiscal 2003 es de cuatro mil setecientos cuarenta y seis millones ciento cincuenta y dos mil ochenta y un pesos ($4.746.152.081.oo) mcte.

Que con la comunicación mencionada en el considerando anterior, se envió el documento denominado "Anexo a los lineamientos de Política Presupuestal 2003-Localidades" en el cual se presentaron las principales pautas a tener en cuenta en la elaboración del Presupuesto 2003.

Que la Administración Local estableció una proyección de Ingresos Corrientes para la vigencia fiscal 2003 de cuarenta y tres millones trescientos cuarenta y siete mil novecientos diecinueve pesos ($ 43.347.919.oo) mcte., basado el cálculo en el comportamiento histórico y real del recaudo de éstos ingresos en la Localidad y en el contrato de concesión de la plaza de mercado del Siete de Agosto, durante los años 2002, 2001 y 2002.

Que la Secretaría Técnica del CONFIS, con el Oficio No. 2-2002-25591 del 18 de Noviembre de 2002, informa que el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal . CONFIS, en su reunión No. 16 del 12 de Noviembre de 2002 y en cumplimiento de lo establecido en el literal f del Artículo 10 del Decreto 714, de 1996, emitió concepto favorable al Anteproyecto de Presupuesto del Fondo de Desarrollo Local de Barrios Unidos para la Vigencia Fiscal del año 2003, por la suma de $ 7.989.500.000.oo.

Que en mérito de lo expuesto

ACUERDA:

ARTÍCULO PRIMERO.- Adóptese el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversión de la Localidad de Barrios Unidos, para la vigencia fiscal 2003 por la suma de SIETE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y NUEVE MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS ($7.989.500.000.oo) mcte., según el siguiente detalle:

PRESUPUESTO DE RENTAS E INGRESOS Y DE GASTOS E INVERSIÓN VIGENCIA FISCAL 2003

CODIGO PRES.

NOMBRE

VALOR

1.

DISPONIBILIDAD INICIAL

$0.00

2.

INGRESOS

$7.989.500.000.oo

2.1.

INGRESOS CORRIENTES

$43.347.919.oo

2.1.2

NO TRIBUTARIOS

$43.347.919.oo

2.1.2.03

Multas

$14.997.919.oo

2.1.2.04

Rentas Contractuales

$25.200.000.oo

2.1.2.04.02

Arrendamientos

$25.200.000.oo

2.1.2.99

Otros Ingresos No tributarios

$3.150.000.oo

2.2.

TRANSFERENCIAS

$7.946.152.081.oo

2.2.4

ADMINISTRACIÓN CENTRAL

$7.946.152.081.oo

2.2.4.06

Participación Ingresos Corrientes del Distrito

$4.946.152.081.oo

2.2.4.06.01

Vigencia

$4.746.152.081.oo

2.2.4.06.02

Vigencia Anterior

$3.200.000.000.oo

TOTAL INGRESOS + DISPONBILIDAD INICIAL

$7.989.500.000.oo

 

3,3

INVERSIÓN

 $7.989.500.000.oo

3.3.1

DIRECTA

4.789.500.000,00

3.3.1.11

UNIDOS CONSTRUYENDO CIUDAD

4.789.500.000,00

3.3.1.11.01

CULTURA CIUDADANA

248.900.000,00

3.3.1.11.01.02

Vida sagrada

108.900.000,00

3.3.1.11.01.06

Comunicar vida y jugar limpio

140.000.000,00

 

 

 

3.3.1.11.02

PRODUCTIVIDAD

2.381.600.000.00

3.3.1.11.02.07

Bogotanos y Bogotanas altamente competentes

100.000.000,00

3.3.1.11.02.09

Bogotá atractiva

660.000.000,00

3.3.1.11.02.11

Movilidad inteligente

1.621.600.000,00

 

 

 

3.3.1.11.03

JUSTICIA SOCIAL

146.000.000,00

3.3.1.11.03.15

Bogotá ciudad fraterna

80.000.000,00

3.3.1.11.03.17

Salud con calidad

66.000.000,00

 

 

 

3.3.1.11.04

EDUCACIÓN

750.000.000,00

3.3.1.11.04.21

Competencias para toda la vida

750.000.000,00

3.3.1.11.05

AMBIENTE

80.000.000,00

3.3.1.11.05.27

Bogotá bella, construida y natural

80.000.000,00

 

 

 

3.3.1.11.06

FAMILIA Y NIÑEZ

185.000.000,00

3.3.1.11.06.28

Cartas de navegación para la política social

110.000.000.00

3.3.1.11.06.29

Educación para el amor y familias gestantes

75.000.000,00

 

 

 

3.3.1.11.07

GESTIÓN PÚBLICA ADMIRABLE

998.000.000,00

3.3.1.11.07.33

Administración a la medida

800.000.000,00

3.3.1.11.07.34

POT: Orden para la armonía

66.000.000,00

3.3.1.11.07.35

Cultura de la probidad y del control social

66.000.000,00

3.3.1.11.07.36

Servimos al ciudadano

66.000.000,00

3.3.6

OBLIGACIONES POR PAGAR

3.200.000.000,00

3.3.6.01

Reservas Presupuestales

2.950.000.000,00

3.3.6.03

Pasivos Exigibles F.D.L.

250.000.000,00

4

DISPONIBILIDAD FINAL (Cuenta de Resultado)

- 0 -

TOTAL GASTOS MAS DISPONIBILIDAD FINAL

7.989.500.000.00

 

PARÁGRAFO TRANSITORIO. El valor correspondiente al rubro 1 "Disponibilidad Inicial" no se asignará hasta tanto no se haga el cierre presupuestal de la vigencia fiscal 2002, cuyo valor será certificado por la Dirección Distrital de Presupuesto, una vez se haya efectuado el respectivo cierre presupuestal por el Fondo de Desarrollo Local. Los valores correspondientes a los rubros 2.2.4.06.02 "Vigencia Anterior", 3.3.6.01 "Reservas Presupuéstales" y 3.3.6.03 "Pasivos Exigibles F.D.L." serán modificados de acuerdo con la información que sea suministrada por la Secretaría de Hacienda Distrital el 31 de Diciembre, al cierre de la vigencia fiscal de 2002.

ARTÍCULO SEGUNDO.- El presente Acuerdo rige a partir del primero (1º.) de Enero de dos mil tres (2003).

Dado en Bogotá D.C., a los quince (15) días del mes de Diciembre de dos mil dos (2002).

ANSELMO BARRETO CUÉLLAR

Presidente Junta Administradora Local

MARÍA MAGDALENA VARÓN AGUIRRE

Vicepresidente Junta Administradora Local

FAUSTINO CHAVEZ

Secretario Junta Administradora Local

Se recibe a los diecinueve (19) días del mes de Diciembre de dos mil dos (2002).

La Alcaldesa Local de Barrios Unidos, sanciona a los veinte (20) días del mes de diciembre de dos mil dos (2002) éste Acuerdo.

ELIZABETH GIL NARANJO

Alcaldesa Local de Barrios Unidos

NOTA: Publicado en el Registro Distrital No. 2787 de Diciembre 27 de 2002.