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Acuerdo Local 2 de 2001 Junta Administradora Local de Antonio Nariño

Fecha de Expedición:
14/09/2001
Fecha de Entrada en Vigencia:
21/09/2001
Medio de Publicación:
Registro Distrital 2478 de septiembre 21 de 2001
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

Acuerdo Local Número 002

ACUERDO LOCAL 002 DE 2001

(Septiembre 14)

"Por el cual se adopta el plan de Desarrollo Económico, Social y de Obras Públicas para la Localidad 15 de Antonio Nariño.

LA JUNTA ADMINISTRADORA LOCAL DE ANTONIO NARIÑO

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las que le confiere la Constitución Política en el articulo 324, el Decreto Ley 1421 de 1993 en su articulo 69 numeral 1 y el artículo 22 del Acuerdo 13 de 2000

ACUERDA:

I PARTE

PARTE ESTRATEGICA GENERAL

TITULO I

VISION, OBJETIVO DE LA ACCION LOCAL A CORTO Y MEDIANO PLAZO

ARTÍCULO 1o. VISIÓN DE LA LOCALIDAD

La Localidad Antonio Nariño convertida en el Centro Industrial jardín comercial y cultural del sur de la ciudad, construida de manera incluyente, participativa y democrática, capaz de generar compromisos y articulación entre lo público y lo privado por el desarrollo, basados en el respeto, la solidaridad y la equidad entre sus habitantes, en el marco de un ecosistema productivo y sostenible que fortalece el sentido de pertenencia por lo local.

ARTÍCULO 2o. OBJETIVOS LOCALES

El Plan de Desarrollo Local propende crear condiciones económicas, políticas y sociales para incrementar el capital social como base de desarrollo, mediante estrategias que garanticen la construcción colectiva de localidad, iniciando por comprometer a los sectores sociales, generando respeto por lo público y apropiación del entorno.

ARTÍCULO 3o. ESTRUCTURA DEL PLAN

Para el cabal cumplimiento de la gestión encomendada por la ciudadanía a la Administración Local, contenida en el presente plan de desarrollo, se buscará en el marco de sus competencias que los organismos de la administración Distrital presentes en la localidad contribuyan en su logro. La gerencia pública se caracteriza por la eficacia en la planeación, ejecución, control, gestión, cooperación, cofinanciación, coordinación interinstitucional y en el establecimiento de alianzas estratégicas en lo local, distrital, nacional e internacional para el desarrollo de proyectos.

1. La Ciudadanía y su participación en las decisiones serán el eje de la gestión

2. Se privilegiarán la inversión en programas sociales

3. La generación de riqueza colectiva como base para el desarrollo local

4. La inversión local se hará previa consideración de los costos generados por su mantenimiento y operación

5. La administración local será promotora de las iniciativas sustentadas y apoyadas de manera colectiva.

6. Los proyectos priorizados deberán tener coordinación con las políticas del Distrito.

7. Todas las inversiones que se inician se deben terminar; la Administración local deberá garantizar la inversión de los proyectos que lo requieran.

TITULO II

LOS OBJETIVOS, SUS CORRESPONDIENTES ESTRATEGIAS, PROGRAMAS Y METAS

ARTÍCULO 4o. OBJETIVOS:

El Plan de Desarrollo articula programas intersectoriales de acción publica y privada y tiene como objetivos los siguientes:

1. CULTURA CIUDADANA: Aumentar el cumplimiento voluntario de normas, la capacidad de celebrar y cumplir acuerdos y la mutua ayuda para actuar según la propia conciencia, en armonía con la ley. Promover la comunicación y la solidaridad entre los ciudadanos

2. PRODUCTIVIDAD: Incrementar la generación sostenible de riqueza y prosperidad colectiva en la localidad a través de la acción conjunta entre lo público y lo privado.

3. JUSTICIA SOCIAL: Mejorar el acceso de las personas en situación de vulnerabilidad al afecto y a condiciones mínimas de nutrición, salud, educación y habitación con criterios de responsabilidad compartida e imparcialidad.

4. EDUCACION: Elevar el conocimiento y la capacidad de aprender e interpretar de las personas, movilizando el potencial educativo de la localidad, desde los objetivos del plan..

5. AMBIENTE: Mejorar en forma socialmente responsable los factores ambientales de la localidad que inciden en el bienestar de las personas, la sostenibilidad de los ecosistemas y la productividad en la localidad y arraigar culturalmente comportamientos de respeto y admiración por el medio natural construido hacia una nueva relación sociedad ambiente

6. FAMILIA Y NIÑEZ: Crear condiciones para que la población infantil puedan vivir su niñez y apoyar los comportamientos solidarios de las diferentes formas de familia y de sus integrantes.

7. GESTION PUBLICA ADMIRABLE: Elevar la confianza y el respeto del ciudadano hacia las instituciones y los organismos distritales y el compromiso de los servidores públicos y de los ciudadanos con una gestión efectiva y transparente.

CAPITULO I CULTURA CIUDADANA

ARTÍCULO 5o. DEFINICION

Aumentar el cumplimiento voluntario de normas, la capacidad de celebrar y cumplir acuerdos y la mutua ayuda para actuar según la propia conciencia, en armonía con la ley. Promover la comunicación y la solidaridad entre los ciudadanos

ARTÍCULO 6o. ESTRATEGIAS

1. Propiciar cultura democrática, realizar debates públicos sobre temas de interés local y distrital.

2. Propiciar la comunicación y la solidaridad entre los ciudadanos mediante el uso de los espacios públicos y el fomento de las actividades conjuntas entre entidades publicas y privadas de los diferentes sectores sociales para la convivencia ciudadana.

3. Propiciar la participación de las expresiones culturales en el diseño de un plan de convivencia local.

ARTÍCULO 7o. PROGRAMAS

A. Apreciar las normas y admirar lo bueno: Difundir las normas y propiciar su acatamiento voluntario, poniendo en evidencia su fundamento democrático y los beneficios obtenidos al cumplirlas.

METAS

1. Realizar una escuela de participación ciudadana por año, que permita al ciudadano el reconocimiento de los derechos y deberes, fortaleciendo el tejido social.

2. Realizar un semillero de convivencia por barrio y fortalecer las labores de seguridad y convivencia que brindan las diferentes instituciones de la localidad.

3. Crear una escuela ambiental permanente donde se formen gestores ambientales en tres años.

B. Comunicar vida y jugar limpio: Fomentar arte, cultura y esparcimiento en espacios públicos para potenciar las capacidades creativas y comunicativas de los actores culturales y de los ciudadanos, aumentando el disfrute colectivo de la Localidad. Ampliar el conocimiento y la apropiación social de la localidad, con el fin de fortalecer el sentido de pertenencia. Promover el uso y apropiación de los espacios de la localidad

METAS

1. Crear una escuela de formación artística local.

2. Crear una escuela de formación deportiva local.

3. Desarrollar por año dos eventos recreodeportivos.

4. Desarrollar tres eventos culturales por año.

5. Realizar el festival local de cultura por año

6. Programar, impulsar y consolidar los espacio comunales y culturales prioritarias en la localidad, para utilizarlos en eventos culturales y recreo-deportivos

CAPITULO II PRODUCTIVIDAD

ARTÍCULO 8o. DEFINICION

Incrementar la generación sostenible de riqueza y prosperidad colectiva en la localidad a través de la acción conjunta entre lo público y lo privado

ARTÍCULO 9o. ESTRATEGIA

1. Impulsar procesos integrales de educación y cultura para la productividad.

2. Fomento a la pequeña y mediana empresa local.

3. Integrar productivamente los gremios existentes con la gestión local para activar la comercialización de productos en el ámbito regional.

4. Racionalizar los costos de hacer, mantener y operar la localidad y elevar su funcionalidad y la calidad de vida de sus ciudadanos.

ARTÍCULO 10o. PROGRAMAS

A. Prosperidad colectiva: Promover el desarrollo empresarial a través del reconocimiento de los distintos agentes en las cadenas productivas y la modernización y consolidación de las mismas, mediante la modernización y reconversión económica, técnica, social y ambiental de las plazas de mercado CARLOS E. RESTREPO y del barrio SANTANDER.

METAS

1. Desarrollo de alternativas para la generación de empleo.

2. Apoyar la organización, capacitación y consolidación de fami-empresas y microempresas de la localidad.

3. Fortalecer los programas de capacitación para empleo de mujeres y/o padres cabeza de familia y adultos mayores.

4. Adecuar y remodelar las infraestructuras de plazas de mercado.

5. Impulsar la reubicación y formalización de vendedores ambulantes y estacionarios.

6. Implementar parques empresariales y reconversión de plazas de mercado de la localidad.

B. Movilidad Inteligente: Recuperación y mantenimiento de la malla vial y andenes de la localidad.

METAS

1. Recuperar la malla vial de la localidad en gestión compartida con las entidades Distritales

2. Recuperar andenes de la localidad en gestión compartida con las entidades Distritales.

C. ANTONIO NARIÑO CRECE CON RAZON: Renovar redes de acueducto y alcantarillado de la localidad.

METAS

1. Renovar las redes del acueducto y alcantarillado de la localidad.

CAPITULO III JUSTICIA SOCIAL:

ARTÍCULO 11o. DEFINICION

Mejorar el acceso de las personas en situación de vulnerabilidad al afecto y a condiciones mínimas de nutrición, salud, educación y habitación con criterios de responsabilidad compartida e imparcialidad.

ARTÍCULO 12o. ESTRATEGIAS

1. Identificar el estado de las condiciones de vulnerabilidad de la población (madres solteras, jóvenes, niños, adultos mayores, discapacitados, habitantes de la calle) y sus posibles causas.

2. Conformar la mesa de desarrollo social, con el fin de construir criterios de intervención.

3. Consolidar las organizaciones de grupos vulnerables cuya finalidad es estabilizar las condiciones psicosociales de las familias o las personas que les permita construir tejido social.

ARTÍCULO 13o. PROGRAMAS

A. ANTONIO NARIÑO LOCALIDAD FRATERNA: Proteger a niños y niñas, jóvenes, ancianos, ciudadanas y ciudadanos, buscado fortalecer vínculos familiares, comunitarios y sociales que generarán condiciones de autonomía e impulsen proyectos de vida digna.

METAS

1. Fortalecer la capacitación, rehabilitación y recreación a la población vulnerable de adultos, madres y/o padres cabeza de familia y población juvenil e infantil.

2. apoyo local a población vulnerable.

3. apoyo especial en rehabilitación para población discapacitada.

4. apoyo local a la población vulnerable ( niños de la calle, jóvenes de la calle y habitantes de la calle)

5. coordinación de acciones para la identificación y caracterización de población vulnerable y vida familiar.

6. Mejoramiento del servicio de salud de la localidad 15

CAPITULO IV- EDUCACION

ARTÍCULO 14o. DEFINICION

Elevar el conocimiento y la capacidad de aprender e interpretar de las personas, movilizando el potencial educativo de la localidad, desde los objetivos del plan.

ARTÍCULO 15o. ESTRATEGIAS

1. Articular el sistema educativo a las necesidades de la localidad.

2. Fortalecer la participación de los estamentos educativos en el desarrollo educativo y local.

3. Generar mecanismos de comunicación, información e intercambio entre los actores de la localidad.

4. Acercar la educación a la vida de la localidad.

5. Fortalecer el sistema educativo por medio de herramienta pedagógicas y metodológicas.

ARTÍCULO 16o. PROGRAMAS

A. Educación para la Era del Conocimiento: Apoyar la infraestructura educativa de la localidad y mejorar la tecnología mediante la dotación educativa a los CED

METAS

1. Dotar e implementar de nuevas tecnologías a los CED.

2. Adecuar, ampliar y dotar los CED.

B. Competencias para toda la vida: Evaluar y mejorar las capacidades de saber, hacer y disfrutar de los estamentos educativos de la localidad y en torno al mejoramiento de las competencias básicas, promover la oferta integrada a las instituciones educativas, los programas de nivelación para la excelencia, la formación de los docentes y las innovaciones e investigaciones pedagógicas.

METAS

1. Diseñar e implementar el proyecto educativo local PEL.

C. Todos a leer con gusto: Sostenibilidad de la red de Bibliotecas y fomento a su buen uso para elevar el nivel cultural de los ciudadanos y mejorar sus condiciones de vida.

METAS

1. Terminar y adecuar el cuarto y quinto piso de la biblioteca Pública Carlos E Restrepo

CAPITULO V- AMBIENTE

ARTÍCULO 17o. DEFINICION

Mejorar en forma socialmente responsable los factores ambientales de la localidad que inciden en el bienestar de las personas, la sostenibilidad de los ecosistemas y la productividad en la localidad y arraigar culturalmente comportamientos de respeto y admiración por el medio natural construido hacia una nueva relación sociedad ambiente

ARTÍCULO 18o. ESTRATEGIAS

1. Promover cambios de hábitos y actitud hacia el ambiente.

2. Ejercer acciones de control de la contaminación ambiental y de saneamiento básico que incluyan mecanismos de estímulo, concertación y autogestión para el cumplimiento de las normas.

3. Fortalecer la gestión en recuperación y conservación de la estructura ecológica y del sistema local de espacio público.

ARTÍCULO 19o. PROGRAMAS

Para cada una de las estrategias previstas se proponen los siguientes programas:

A. Localidad Antonio Nariño, Limpia Me Gustas Mas: Mejorar las condiciones de vida de la comunidad a través del saneamiento ambiental y de prácticas de producción limpia. Hacer seguimiento de la calidad ambiental y de prácticas de producción limpia. Hacer seguimiento de la calidad ambiental y controlar actividades productivas, de servicios y de grandes generadores domésticos. Poner en práctica mecanismos para lograr el cumplimiento de la Ley

METAS

1. Realización de un programa de Control de residuos y saneamiento ambiental en la Loc. 15 durante 3 años

B. Localidad Antonio Nariño, Bella, Construida Y Natural: Conservar y mantener la oferta de espacio público natural y construido, adecuadamente arborizado y con cuerpos de agua de buena calidad. Vigilancia de la estructura ecológica y al sistema de espacio público

METAS

1. Conservar, mantener y ampliar la malla verde (bosques, prados, jardineras, parques, exteriores CED, rondas, separadores) de la localidad Antonio Nariño durante 3 años.

2. Dotación y adecuación del lote parque barrio Sevilla.

CAPITULO VI FAMILIA Y NIÑEZ

ARTÍCULO 20o. DEFINICION

Crear condiciones para que la población infantil puedan vivir su niñez y apoyar los comportamientos solidarios de las diferentes formas de familia y de sus integrantes.

ARTÍCULO 21o. ESTRATEGIAS

1. Poner en marcha acciones integrales para niñez, familia, mujeres y jóvenes.

2. Brindar alternativas de ocupación a los miembros de la familia y en especial a los jóvenes.

3. Promover y apoyar expresiones de solidaridad en las diferentes formas de familia y en la comunidad.

ARTÍCULO 22o. PROGRAMAS

A. Cartas De Navegación Para La Política Social: Conocer e identificar la dinámica del núcleo familiar con el fin de generar un proceso de formación alrededor de la familia como proyecto de vida y propiciar el fortalecimiento del trabajo comunitario de nuestra localidad con relación a la niñez y la familia, con énfasis en la promoción y protección integral de niños y niñas como sujeto de derecho

METAS

1. Desarrollar un proceso de investigación y formación sobre la dinámica social y vida familiar en la localidad.

B. Mundos para la Niñez y la Familia: Crear y adecuar espacios y programas para el uso y disfrute de la ciudad por parte de los niños y niñas y demás miembros de la familia, desarrollando un trabajo de formación a padres e hijos en pautas de apoyo a tareas y los elementos básicos para generar buenas relaciones dentro de la familia, propiciando conductas solidarias y amables.

METAS

1. Adecuar, dotar y montar un espacio lúdico y formativo para fortalecer el proceso de desarrollo integral de niños y niñas de la localidad.

C. Desarmarnos Con Amor: Fomentar conductas solidarias y amables y formas de resolución pacífica de conflictos dentro de las familias y la comunidad, atendiendo de manera prioritaria mujeres, niños y niñas

METAS

1. Fortalecer conductas solidarias para la estructuración de la red del buen trato encaminada a acciones de prevención, promoción y atención del menor y la familia.

CAPITULO VII- GESTION PUBLICA ADMIRABLE

ARTÍCULO 23o. DEFINICION

Elevar la confianza y el respeto del ciudadano hacia las instituciones y los organismos distritales y el compromiso de los servidores públicos y de los ciudadanos con una gestión efectiva y transparente.

ARTÍCULO 24o. ESTRATEGIAS

1. Sensibilizar sobre el papel del servidor publico y su importancia en la construcción de democracia.

2. Mejorar el servicio al ciudadano y generar mecanismos de comunicación efectiva.

3. Fortalecimiento de la descentralización y de los mecanismos de participación local.

4. Garantizar las condiciones de sostenibilidad de la administración local

ARTÍCULO 25o. PROGRAMAS

A. Administración a la medida: Adecuar la estructura, las instancias, los procesos de coordinación de recursos de la Administración, para responder mejor a las necesidades de los ciudadanos y las ciudadanas en el marco de la descentralización. Poner al servicio de la Administración y de los ciudadanos la tecnología informática y la información sistematizada existente en las diferentes entidades. Fortalecer la cultura organizacional de los servidores públicos, con el fin de afianzar su sentido de pertenencia e incrementar su productividad

METAS

1. Formación y actualización para los actores de la Administración Local.

2. Realizar dos encuentros ciudadanos (Acuerdo 13/2000).

3. Montaje del sistema de información local

4. Dotar de la logística necesaria la administración Local para el desarrollo optimo de los procesos locales.

5. Dotar y adecuar la Casa de Gobierno.

6. Cumplimiento Dec. Ley 1421/93

B. Localidades Fuertes: Fortalecer los mecanismos democráticos y la capacidad técnica y administrativa de las localidades con el fin de lograr una gestión efectiva

METAS

1. Fortalecimiento de los procesos de descentralización de las oficinas de planeación y banco de proyectos.

2. Elaborar o actualizar un mapa de riesgos por todo concepto para conformar e implementar un plan de emergencias con participación de los habitantes de la localidad.

II Parte

Plan de Inversiones

Titulo I

ESTRATEGIA Y FINANCIACION

(SIC) Articulo 27o. Proyección de recursos financieros:

El plan Financiero del Plan de Desarrollo Local de Antonio Nariño "Localidad para todos" 2002 - 2004 asciende a ONCE MIL TRECIENTOS CINCUENTA MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS PESOS ($ 11.350.997. 700)

PROYECCIÓN ANUAL DEL PRESUPUESTO

AÑO

TOTAL

2002

3.389.318.100

2003

3.764.203.800

2004

4.197.475.800

TOTALES

11.350.997.700

Como gestión a realizar por parte de la Localidad, tendremos como meta la suma de $9.000'000.000 correspondiente a las rentas propias de la Localidad, la inversión del Distrito (central y descentralizado), la cofinanciación Nacional, internacional, los aportes de la comunidad y otras fuentes de financiación.

Para el logro de recursos de cofinanciación y cooperación, la Administración Local dará prioridad a la planeación y formulación de proyectos, la gestión ante entidades del orden nacional e internacional y las corporaciones publicas y el estimulo y acompañamiento a la gestión comunitaria.

ARTÍCULO 28o DESCRIPCIÓN DE LOS PROGRAMAS CON INDICACIÓN DE OBJETIVOS Y METAS LOCALES

Ver anexo

ARTÍCULO 29o. PLAN PLURIANUAL DE INVERSIONES DEL PLAN DE DESARROLLO LOCAL - PRESUPUESTOS PLURIANUALES

El plan plurianual de inversiones esta conformado así:

1. Presupuesto plurianual de los programas Asciende a $ 3,646,200,001

2. Presupuesto plurianual de los Proyectos de Gran Impacto - PGI Los proyectos que lo conforman tienen un costo de $ 2.243.718.100

3. Presupuesto plurianual de las Propuestas Estratégicas Locales - PEL. La propuesta estratégica en el sector educación se calcula en $185'076.320.oo.

ARTÍCULO 30o. MECANISMOS DE COORDINACIÓN INTERINSTITUCIONAL PREVISTOS PARA SU EJECUCIÓN

La financiación de este plan obliga a la Localidad a mejorar considerablemente su capacidad de gestión y aumentar los índices de cofinanciación y complementariedad con otros niveles; así mismo, se prevé la participación de la comunidad como elemento fundamental no sólo como fuente de financiación, sino como base principal en los procesos de planeación, ejecución y control.

La Cofinanciación Nacional se podrá realizar mediante los diferentes Fondos de cofinanciación (FIS, FINDETER, FIU, entre otros), La cofinanciación correspondiente a organismos Internacionales es posible con recursos del plan Colombia y de la gestión ante organizaciones internacionales en programas sociales y de empleo.

La participación de la comunidad en la financiación del Plan corresponde a $9.000.000.000 para el trienio. Los aportes de la comunidad estarán representados en mano de obra, costos de materiales, costos de infraestructura por facturación, entre otros.

ARTÍCULO 31o. EJECUCIÓN: Se realizará teniendo en cuenta el Plan Operativo Anual de Inversiones, el cual conforme a la asignación establecida anualmente por la Secretaría de Hacienda se ajustará teniendo en cuenta la continuidad de las obras, para la consecución de recursos de cofinanciación y la priorización de los proyectos

ARTÍCULO 32o EVALUACIÓN DEL PLAN DE DESARROLLO LOCAL. El alcalde local a través de la oficina de planeación local efectuará la evaluación de gestión y resultados alcanzados en la ejecución del plan de Desarrollo Local, de acuerdo con los lineamiento del Departamento Administrativo de Planeación Distrital, la cual oficiara ante la JAL en los encuentros ciudadanos en las fechas previstas según el acuerdo 13 de 2000.

ARTÍCULO 33o.- VIGENCIA: El presente Acuerdo local rige desde la fecha de su publicación y deroga, modifica o suspende las disposiciones que le sean contrarias

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dado en Bogotá, D. C. a los (14) días del mes de (Septiembre) de dos mil uno 2001.

LUIS ALFREDO SIERRA GARZA

Presidente JAL

ADELA DIMASS

Vicepresidente JAL

CARLOS ANIBAL PARRA R.

Secretario General JAL

MIGUEL FRANCISCO NAVARRETE SÁNCHEZ

Alcalde Antonio Nariño

NOTA: Publicado en el Registro Distrital No. 2478 de Septiembre de 2001.