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RESOLUCION
007 DE 2020 (Febrero 17) Por medio de la cual se delega la
representación de la alcaldesa mayor de Bogotá, D.C., en el Comité Civil de
Convivencia Distrital LA
ALCALDESA MAYOR DE BOGOTA, D.C. En uso de
sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 40 del
Decreto Ley 1421 de 1993, el artículo 17 del Acuerdo Distrital 257 de 2006, el artículo
2 del Decreto Distrital 560 de 2012 y, CONSIDERANDO: Que
ci artículo 209 de la Constitución Política establece que la función
administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento
en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad,
imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la
desconcentración de funciones. Que
el artículo 3 del Decreto Ley 1421 de 1993 "Por medio del cual se dicta el
régimen especial para el Distrito Capital de Santafé de Bogotá ", faculta
a la alcaldesa mayor como autoridad distrital para expedir las normas
necesarias con el objeto de garantizar la seguridad ciudadana y ci desarrollo
armónico de la ciudad capital. Que
el artículo 40 de la citada norma dispone: "...el Alcalde Mayor podrá
delegar las funciones que se asigne la Ley y los Acuerdos, en otros
funcionarios distritales, de conformidad con las delegaciones previstas en
leyes orgánicas y demás leyes que regulen la materia Que
el artículo 92 de la Ley 136 de 1994 "Por la cual se dictan normas
tendientes a modernizar la organización y el funcionamiento de los
municipios" modificado por el artículo 30 de la Ley 1551 de 2012,
prescribe que la alcaldesa podrá delegar en los secretarios de la alcaldía y en
los jefes de los departamentos administrativos las diferentes funciones a su
cargo, excepto aquellas respecto de las cuales exista expresa prohibición
legal. Que,
en armonía con lo anterior, ci artículo 9 de la Ley 489 de 1998 "Por la
cual se dictan normas sobre la organización y funcionamiento de las entidades
del orden nacional, se expiden las disposiciones, principios y reglas generales
para el ejercicio de las atribuciones previstas en los numerales Ahí 16 del artículo
189 de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones" estableció
que las autoridades administrativas podrán, mediante acto de delegación,
transferir ci ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades,
y el articulo 10 ídem, precisa que, en el acto de la delegación, que siempre se
ha descrito, se determinara la autoridad delegataria y las funciones o asuntos específicos
cuya atención y decisión se transfieren. Que
ci artículo 17 del Acuerdo Distrital 257 de 2006 "Por el cual se dictan
normas básicas sobre la estructura, organización y funcionamiento de los
organismos y de las entidades de Bogotá, Distrito Capital, y se expiden otras
disposiciones ", señala que las autoridades administrativas del Distrito
Capital, podrán denegar ci ejercicio de sus funciones a sus colaboradores o a
otras autoridades, de conformidad con la Constitución y la Ley, especialmente
con la Ley 489 de 1998. Que
ci artículo 19 de la Ley 1801 de 2016, "Por la cual se expide el Código
Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana ", creo los Comités Civiles
de Convivencia, cuyo objeto es “. analizar hechos y fenómenos que afectan la convivencia,
así como tramitar las quejas, denuncias, peticiones o reconocimientos
reportados en relación con la función y la actividad de Policía en su respectiva
jurisdicción priorizando los casos relacionados con actuaciones donde hubieren
podido verse afectados los intereses colectivos ". Que
ci Decreto Distrital 562 de 2017, reglamento para la ciudad de Bogotá el Comité
Civil de Convivencia Distrital, como una instancia en donde se observarán y
tomarán medidas frente a situaciones que afectan la convivencia en la ciudad, así
como la relación de la ciudadanía con la Picia. Que
el artículo 2 de la citada norma establece que el Comité Civil de Convivencia
Distrital estará conformado, entre otros funcionarios, por la alcaldesa mayor o
su delegado. Que
conforme a lo anterior se considera pertinente designar como delegada de la
alcaldesa mayor ante el Comité Civil de Convivencia Distrital, en la sesión que
se llevará a cabo el 17 de febrero de 2020, a la secretaria distrital de la
mujer. RESUELVE: Artículo 1°. - Delegar la representación
de la alcaldesa mayor de Bogotá, D.C., en el Comité Civil de Convivencia
Distrital, en la secretaria distrital de la mujer, doctora Diana Rodríguez
Franco, para la sesión que se Elevará a cabo el 17 de febrero de 2020. Artículo 2°. - Comunicar el presente acto
al titular de despacho de la Secretarla Distrital de la Mujer, por intermedio
de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Secretarla General de la Alcaldía
Mayor de Bogotá, D.C. Artículo 3°. - El presente decreto
rige a partir del día de su expedición. COMUNÍQUESE
Y CÚMPLASE Dada en
Bogotá D.C., a los 17 días del mes de febrero del año 2020 CLAUDIA
NAYIBE LÓPEZ HERNÁNDEZ Alcaldesa
Mayor |