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Resolución 318 de 2003 Secretaría Distrital de Tránsito y Transporte

Fecha de Expedición:
04/07/2003
Fecha de Entrada en Vigencia:
25/07/2003
Medio de Publicación:
Registro Distrital 2916 de julio 25 de 2003
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

Definición de vínculos para la Norma:

RESOLUCIÓN 318 DE 2003

(Julio 4)

"Por la cual se adopta el informe especial para las infracciones de transporte público y se codifican las sanciones".

EL SECRETARIO DE TRANSITO Y TRANSPORTE DE BOGOTÁ D.C.

En ejercicio de sus facultades legales y en especial las consagradas en los Decretos 354 de 2001 y 112 de 2003, y en los artículos 2o y 3º del Código Contencioso Administrativo, y

CONSIDERANDO

Que el Decreto 176 de 2001 estableció las obligaciones y prohibiciones de carácter general para las Empresas de Transporte Público Terrestre Automotor.

Que los Decretos 175, 174, 173, 172,171 y 170 de 2001 además de reglamentar cada una de las diferentes modalidades para la prestación del servicio público terrestre automotor de pasajeros, estableció obligaciones específicas para cada una de ellas.

Que mediante el artículo 9º del Decreto 112 de 2003, se asignó a la Secretaria de Tránsito y Transporte de Bogotá el deber de implementar el "Informe Especial para las Infracciones de Transporte Público".

Que en virtud de lo anterior y con el objeto de facilitar la aplicación de las normas por parte de la autoridades de transporte, se hace necesario establecer una codificación de las conductas que constituyen violación a las normas de transporte para incorporarlas en el informe de infracción de que tratan los artículos 50 inciso 1º de la Ley 336 de 1996 y 26 del Decreto 176 de 2001.

Que en mérito de lo expuesto este Despacho,

RESUELVE

ARTÍCULO 1º. Adoptase el Informe para las Infracciones de Transporte Público ordenado mediante el Decreto 112 de 2003, documento por medio del cual se informará a la Autoridad de Transporte Competente sobre la comisión de las infracciones a las normas de transporte para que abra la investigación correspondiente e imponga las sanciones que resulten pertinentes.

ARTÍCULO 2º. Ordénase la elaboración y distribución del Informe Especial para las Infracciones de Transporte Público a las autoridades designadas para el control de cumplimiento de las normas de transporte, cumpliendo las características y diseño establecidos en el formato anexo de esta resolución y la codificación correspondiente aquí señalada.

ARTÍCULO 3º. Asignase a las infracciones de transporte previstas por la Ley y Decretos Reglamentarios y recogidos por el Decreto 112 de 2003, la siguiente codificación para ser utilizada en el registro y sistematización de las conductas constitutivas de infracción identificadas por la autoridad de vigilancia y control:

ARTÍCULO 4º. Las circunstancias de tiempo, modo y lugar en la comisión de las conductas aquí codificadas, que impliquen signos de agravación, deberán estar señaladas por la autoridad de tránsito que las conoce en el campo de observaciones del correspondiente Informe especial para las infracciones de transporte público.

ARTÍCULO 5º. Además de las conductas aquí codificadas podrán establecerse otras, que de conformidad con las normas legales permitan identificar obligaciones a cargo de las empresas, conductores, propietarios o demás sujetos prestadores del servicio público terrestre automotor de pasajeros

ARTÍCULO 6º. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga la Resolución 667 del 16 de octubre de 2001.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá D.C., a los cuatro (4) días del mes de julio de dos mil tres (2003)

JAVIER HERNÁNDEZ LÓPEZ.

Secretario de Tránsito y Transporte

NOTA: Publicado en el Registro Distrital No. 2916 de Julio 25 de 2003.