RÉGIMEN LEGAL DE BOGOTÁ D.C.

© Propiedad de la Secretaría Jurídica Distrital de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

Secretaría
Jurídica Distrital

Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Acuerdo 1 de 2003 Empresa de Transporte del Tercer Milenio - Transmilenio S.A

Fecha de Expedición:
05/08/2003
Fecha de Entrada en Vigencia:
02/10/2003
Medio de Publicación:
Registro Distrital 2959 de octubre 2 de 2003
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 01 DE 2003

(Agosto 5)

Derogado por el art. 12, Acuerdo J.D. Transmilenio 1 de 2004

"Por el cual se establece la Estructura Organizacional y las Funciones de las dependencias de TRANSMILENIO S.A."

LA JUNTA DIRECTIVA DE TRANSMILENIO S.A

en ejercicio de sus facultades legales y estatutarias, y

CONSIDERANDO

Que TRANSMILENIO S.A como Sociedad por Acciones entre Entidades Públicas del Orden Distrital, tiene como objeto la gestión, organización y planeación del servicio de transporte público masivo urbano de pasajeros en el Distrito Capital y su área de influencia , bajo la modalidad de transporte terrestre automotor, en las condiciones que señalan las normas vigentes, las autoridades competentes y los Estatutos.

Que mediante Acuerdo No. 01 de 1999, modificado por el Acuerdo No. 02 de 2000 y a su vez derogados por el Acuerdo No. 01 de 2001, la Junta Directiva de TRANSMILENIO S.A estableció la Estructura Organizacional y las funciones de las dependencias de TRANSMILENIO S.A.

Que el numeral 11 del artículo 39 de los Estatutos de la Sociedad, establece como una de las funciones de la Junta Directiva, aprobar la estructura interna del organismo, su planta de personal, el régimen de remuneraciones y la clasificación de los empleos.

Que en aras de lograr el mejoramiento de los niveles de eficacia, eficiencia, economía celeridad en la gestión de la entidad y teniendo en cuenta las conclusiones del estudio técnico, se hace necesario crear una dependencia y modificar unas funciones en algunas dependencias de TRANSMILENIO S.A.

Que en sesión de Agosto cinco (05) de 2003, la Junta Directiva, aprobó la creación de la Dirección Comercial.

Que por lo anteriormente expuesto, se

ACUERDA

CAPITULO I

ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL

ARTICULO 1.- La organización interna de TRANSMILENIO S.A, Sociedad por Acciones entre Entidades Públicas del Orden Distrital, se ajustará a la siguiente estructura organizacional:

1. JUNTA DIRECTIVA

2. GERENCIA GENERAL

2.1. OFICINA ASESORA DE CONTROL INTERNO

2.2. OFICINA ASESORA DE ASUNTOS LEGALES

3. SUBGERENCIA GENERAL

3.1. DIRECCIÓN DE PLANEACION DE TRANSPORTE

3.2. DIRECCIÓN DE OPERACIONES

3.3. DIRECCIÓN FINANCIERA

3.4. DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA

3.5. DIRECCIÓN COMERCIAL

CAPITULO II

FUNCIONES GENERALES POR DEPENDENCIA DE LA JUNTA DIRECTIVA

ARTICULO 2.- La Junta Directiva cumplirá las funciones establecidas en los estatutos de la Sociedad.

CAPITULO III

DE LA GERENCIA GENERAL

ARTICULO 3.- La Gerencia General tendrá las siguientes funciones:

1. Ejecutar los Acuerdos y decisiones de la Asamblea General y de la Junta Directiva.

2. Vigilar el cumplimiento de las disposiciones legales aplicables a la sociedad.

3. Someter a consideración de la Junta Directiva los balances de prueba y los demás estados financieros destinados a la administración, y suministrarle los informes que ella le solicite en relación con la sociedad y con sus actividades.

4. Efectuar los nombramientos y fijar la remuneración y funciones de los empleados de TRANSMILENIO S.A de acuerdo a las autorizaciones de la Junta Directiva

5. Presentar a la Asamblea General de Accionistas, en su reunión ordinaria, el informe sobre la forma como haya llevado a cabo su gestión, y las medidas cuya adopción recomiende a la Asamblea.

6. Cumplir con las facultades y responsabilidades que le han sido asignadas por los Estatutos de la Sociedad y demás normas legales vigentes.

7. Citar a la Junta Directiva cuando lo considere necesario o conveniente y mantenerla informada del desempeño general de la empresa.

8. Manejar las relaciones interinstitucionales de la empresa con las compañías de transporte, los entes gubernamentales, la comunidad y los medios de comunicación.

9. Proponer, desarrollar y comunicar los planes y programas de desarrollo estratégico del sistema de transporte masivo a cargo de la empresa.

10. Proponer a la Junta Directiva el presupuesto de gastos de inversión.

11. Hacer cumplir las decisiones de la Asamblea y la Junta Directiva.

12. Proponer ante las entidades competentes las tarifas para el servicio de transporte masivo en autobús, de acuerdo con las políticas fijadas para el efecto por la Junta Directiva.

13. Ejercer en segunda instancia las funciones de Control Interno Disciplinario de conformidad con lo establecido en las normas vigentes.

14. Establecer las políticas para la implementación y desarrollo del Sistema de Control Interno.

15. Formular las políticas de personal y decidir sobre las situaciones administrativas del personal de la entidad, de acuerdo con la ley y las normas estatutarias vigentes.

16. Dirigir la gestión de las dependencias para el cumplimiento de la misión de la entidad.

17. Establecer los mecanismos que permitan verificar y controlar la atención oportuna de las solicitudes formuladas por la ciudadanía y los funcionarios de la Entidad.

18. Aplicar los sistemas de control de gestión para los procesos que se requieran en la dependencia.

19. Las demás que le sean delegadas por la Asamblea General, la Junta Directiva o le sean conferidas en los Estatutos o la Ley.

ARTICULO 4: OFICINA ASESORA DE CONTROL INTERNO: La Oficina Asesora de Control Interno tendrá las siguientes funciones:

1. Verificar que el Sistema de Control Interno esté formalmente establecido dentro de la Sociedad y que su ejercicio sea intrínseco al desarrollo de las funciones de todos los cargos y, en particular en aquellos que tengan responsabilidad de mando.

2. Verificar que los controles definidos para los procesos y actividades de la sociedad, se cumplan por los responsables de su ejecución, en especial, que las áreas o empleados encargados de la aplicación del régimen disciplinario ejerzan adecuadamente esta función.

3. Verificar que los controles asociados con todas y cada una de las actividades de la Sociedad, estén adecuadamente definidos, sean apropiados y se mejoren permanentemente.

4. Velar por el cumplimiento de las leyes, normas, políticas procedimientos, planes, programas, proyectos y metas de la sociedad y recomendar los ajustes necesarios.

5. Verificar los procesos relacionados con el manejo de los recursos, bienes y los sistemas de información de la sociedad y recomendar los correctivos que sean necesarios.

6. Fomentar en toda la organización la formación de una cultura de autocontrol que contribuya al mejoramiento continuo en el cumplimiento de la misión institucional.

7. Evaluar y verificar la aplicación de los mecanismos de participación ciudadana, que en desarrollo del mandato constitucional y legal, diseñe la sociedad.

8. Vigilar que la atención de las quejas y reclamos se presten en debida forma, de acuerdo con las normas legales vigentes y rendir un informe semestral sobre el particular.

9. Mantener permanentemente informadas a las Directivas acerca del estado del sistema de control interno dentro de la Sociedad.

10. Verificar que se implanten las medidas recomendadas por esta Oficina.

11. Ejercer los controles establecidos para las Empresas Comerciales e industriales del Estado.

12. Realizar auditorias internas para verificar el cumplimiento del servicio y de la normatividad interna y Distrital.

13. Generar reportes de los estándares internos y externos cuyo cumplimiento sea una obligación de la empresa.

14. Sugerir correctivos o acciones para cumplir con estándares.

15. Evaluar y dar seguimiento a estas acciones.

16. Dar respuesta a las solicitudes de información que le soliciten las entidades Distritales o Nacionales relacionadas con el funcionamiento o monitoreo de la empresa.

17. Aplicar los sistemas de control de gestión para los procesos que se requieran en la dependencia.

18. Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.

ARTICULO 5: OFICINA ASESORA DE ASUNTOS LEGALES: La Oficina Asesora de Asuntos Legales tendrá las siguientes funciones:

1. Asesorar en materia jurídica y legal a la Gerencia General y a todas las dependencias de la Sociedad.

2. Coordinar los asuntos jurídicos y legales de la Sociedad.

3. Responder por los procesos judiciales y extrajudiciales en los que esté comprometida la Sociedad.

4. Asesorar y coordinar los procesos legales de contratación que adelante la Sociedad.

5. Responder por la actualización de los archivos de toda la contratación con formalidades plenas que celebre la Sociedad.

6. Garantizar la legalidad de todos los actos administrativos de la Sociedad, y velar por su publicación, comunicación, o notificación según sea el caso.

7. Asesorar en el diseño de los pliegos de condiciones o términos de referencia de los procesos de contratación administrativa que requiera la Sociedad.

8. Asesorar el proceso de expedición de normas y reglamentos internos de la Sociedad.

9. Expedir certificaciones y constancias sobre la ejecución de los contratos que celebre la Sociedad.

10. Aplicar los sistemas de Control de Gestión para los procesos que se requieren en la dependencia.

11. Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.

CAPITULO IV

DE LA SUBGERENCIA GENERAL

ARTICULO 6.- La Subgerencia General tendrá las siguientes funciones:

1. Dirigir las labores de las Direcciones de la Sociedad y enfocarlas hacia el logro de las metas corporativas.

2. Dirigir la ejecución de la estrategia corporativa fijada por la Gerencia General.

3. Realizar las labores de Secretaria General de la Sociedad.

4. Analizar los indicadores de gestión de cada área y los generales para detectar problemas corporativos.

5. Analizar, comunicar y dirigir las acciones de mejoras preventivas y/o correctivas generales de la Sociedad, en conjunto con las Direcciones y las Oficinas Asesoras.

6. Participar con la Gerencia General y las Direcciones en la solución de los procesos críticos de la Sociedad.

7. Ejercer las funciones de Control Interno Disciplinario de conformidad, con las normas vigentes.

8. Responder por la aplicación del sistema de quejas y reclamos en los términos establecidos por la Ley.

9. Responder por los derechos de petición, consulta, copia e información en los términos de ley, en los asuntos de su competencia, además de lo general como atención al usuario.

10. Monitorear las relaciones de la Sociedad con los operadores del Sistema de Transporte de Transmilenio.

11. Dirigir y coordinar la estrategia comercial y de mercadeo de la Sociedad.

12. Establecer y coordinar mecanismos de comunicación interna.

13. Presentar estrategias al Gerente General, para que la Sociedad cumpla con el presupuesto aprobado por la Junta Directiva.

14. Responder por la planeación y asesoría en lo relacionado con los sistemas computacionales y tecnológicos de la empresa.

15. Formular y proponer alternativas para que la Sociedad y principalmente los centros de control y recaudo se adapten permanentemente a los cambios tecnológicos en materia de sistemas, equipos, sistemas de información, programas, estructuras y estrategias de manejo, actualización y almacenamiento de la información.

16. Responder por el mantenimiento técnico y la solución de problemas de los equipos de los sistemas de control, recaudo y de la red local.

17. Desarrollar coordinadamente con la Gerencia General, las estrategias aprobadas por la Asamblea General y la Junta Directiva.

18. Aplicar los sistemas de Control de Gestión para los procesos que se requieren en la dependencia.

19. Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.

CAPITULO V

DE LA DIRECCIÓN DE PLANEACION DE TRANSPORTE

ARTICULO 7.- La Dirección de Planeación de Transporte tendrá las siguientes funciones:

1. Formular las estrategias de crecimiento del Sistema y coordinar con los diferentes entes Distritales su ejecución.

2. Proponer los estudios sobre la proyección de la demanda del sistema de transporte masivo.

3. Coordinar la elaboración de estudios sobre nuevas troncales / alimentadoras y estudios de expansión y adecuación del sistema, incluyendo otras tecnologías de transporte.

4. Responder por el diseño e implementación de nuevas troncales / alimentadoras

5. Determinar los recursos necesarios para la expansión o adecuación del Sistema y asesorar en la aprobación de estos proyectos.

6. Coordinar con entes Distritales las interfaces del Sistema con los otros sistemas de transporte y proponer nuevas alternativas acordes con las condiciones y la estructura del Sistema.

7. Responder por la supervisión de la construcción de proyectos urbanísticos y de infraestructura del sistema, y el control de gastos de dichos proyectos.

8. Dirigir el diseño de estudios que permitan identificar las necesidades de los usuarios del Sistema para la mejora del servicio.

9. Dirigir los procesos de formulación y seguimiento de los proyectos de inversión de la Sociedad.

10. Responder por la organización y actualización del Banco de Proyectos de la Sociedad.

11. Dirigir y coordinar la ejecución de los demás proyectos relacionados con la competencia de esta Dirección.

12. Participar en la implementación de procesos de mejoramiento organizacionales.

13. Presentar los informes que sean requeridos por los diferentes organismos de control y canalizados a través de la Oficina de Control Interno.

14. Aplicar los sistemas de Control de Gestión para los procesos que se requieren en la dependencia.

15. Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.

CAPITULO VI

DE LA DIRECCIÓN DE OPERACIONES

ARTICULO 8.- La Dirección de Operaciones tendrá las siguientes funciones:

1. Dirigir y supervisar las actividades del Centro de Control.

2. Evaluar el desempeño de los operadores en cada ruta / bus para realizar una mejor programación y coordinar con la Dirección Financiera el proceso de contratación de operadores.

3. Responder por la adecuada programación de los operadores y por el buen servicio al cliente.

4. Coordinar con los operadores el desempeño técnico, proporcionando una correcta información sobre el sistema, permitiendo así una evaluación objetiva de su servicio.

5. Responder por el proceso de control de la operación, efectuando las modificaciones y ajustes necesarios a este proceso para atender las situaciones anormales que se presenten o se puedan presentar.

6. Dirigir el proceso de inspección de infraestructura para gestionar su oportuna corrección.

7. Formular e implementar mecanismos que permitan un eficiente y oportuno servicio al cliente.

8. Proponer soluciones a las contingencias operativas del Sistema .

9. Dirigir y coordinar la ejecución de los proyectos de competencia de esta Dirección.

10. Participar en la implementación de procesos de mejoramiento organizacionales.

11. Aplicar los sistemas de Control de Gestión para los procesos que se requieren en la dependencia.

12. Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.

CAPITULO VII

DE LA DIRECCIÓN FINANCIERA

ARTICULO 9: La Dirección Financiera tendrá las siguientes funciones:

1. Coordinar los estudios sobre competencia, condiciones económicas, costos y demás necesarios para establecer la estructura y estrategia tarifaría del Sistema TransMilenio.

2. Evaluar el desempeño financiero y analizar la solidez de los agentes del Sistema.

3. Responder y administrar los contratos de concesión de recaudo del Sistema Transmilenio.

4. Coordinar el proceso de conciliación de venta de los medios de pago utilizados por los usuarios del Sistema Transmilenio.

5. Formular y coordinar los sistemas de control de administración de ingresos y análisis de flujos de efectivo al fideicomiso asociado a la operación del Sistema Transmilenio.

6. Formular y coordinar los proyectos relacionados con la competencia de esta Dirección, que generen nuevos recursos para la Entidad.

7. Coordinar la liquidación previa de los pagos a efectuar a los agentes del Sistema Transmilenio.

8. Coordinar las labores de Tesorería de la Sociedad.

9. Establecer las estrategias de control de los concesionarios de recaudo.

10. Dirigir y coordinar la ejecución de los proyectos relacionados con la competencia de esta Dirección.

11. Participar en la implementación de procesos de mejoramiento organizacionales.

12. Definir la colocación de los recursos de la Sociedad.

13. Ejercer la planeación y seguimiento presupuestal de la Sociedad a partir de los informes mensuales presentados por la Dirección Administrativa.

14. Estructurar los negocios que sirvan para generar recursos adicionales para la Sociedad.

15.Aplicar los sistemas de Control de Gestión para los procesos que se requieren en la dependencia.

16. Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.

CAPITULO VIII

DE LA DIRECCIÓN COMERCIAL

ARTICULO 10.- La Dirección Comercial tendrá las siguientes funciones:

1. Implementar y desarrollar la estrategia comercial y de mercadeo de la Sociedad.

2. Formular, proponer y presentar estrategias al Gerente General para el desarrollo de proyectos de explotación colateral que aseguren recursos para el cumplimiento de los compromisos de la entidad.

3. Desarrollar coordinadamente con la Gerencia General, las estrategias aprobadas en temas comerciales por la Asamblea General y la Junta Directiva.

4. Formular las estrategias comerciales del Sistema.

5. Proponer los estudios de mercado con el fin de determinar clientes potenciales para la comercialización del Sistema y desarrollar productos acorde a los segmentos objetivo.

6. Coordinar con la Subgerencia General la divulgación de la información al público, relaciones con medios de comunicación, entidades gubernamentales y otras entidades a nivel nacional e internacional, relacionados con los proyectos de la Dependencia.

7. Presentar ante la Gerencia General el portafolio de proyectos y productos que la Sociedad puede ofrecer para negociaciones colaterales y comerciales a nivel nacional e internacional, para la toma de decisiones.

8. Dirigir y coordinar la ejecución de los demás proyectos relacionados con la competencia de esta Dirección.

9. Participar en la implementación de procesos de mejoramiento organizacionales.

10.Aplicar los sistemas de Control de Gestión para los procesos que se requieren en la dependencia.

11. Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.

CAPITULO IX

DE LA DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA

ARTICULO 11.- La Dirección Administrativa tendrá las siguientes funciones:

1. Coordinar con las dependencias de la sociedad, el proceso de evaluación, seguimiento y control de los resultados presupuestales y contables.

2. Presentar al Gerente la propuesta sobre las políticas generales de funcionamiento de la Dirección Administrativa.

3. Dirigir los procesos de administración y desarrollo de personal, suministros, presupuesto y contabilidad.

4. Suministrar al Gerente General y al Subgerente General la información administrativa, presupuestal y contable requerida para la toma de decisiones y adelantar las acciones necesarias para asegurar el oportuno cumplimiento de las mismas.

5. Presentar al Gerente General y al Subgerente General la formulación de las políticas, planes y programas de tipo administrativo.

6. Proponer al Gerente General y al Subgerente General la definición de mecanismos de control para el desarrollo y administración de todos los recursos asignados a su cargo.

7. Implementar las políticas, estrategias, planes y programas aprobados por la Gerencia General en materia de administración de recursos.

8. Vigilar la presentación oportuna de los estados contables y presupuestales para someterlos a consideración del Gerente General y la Junta Directiva.

9. Proponer soluciones oportunamente a las quejas relacionadas con las funciones del cargo, cuando el área de quejas y reclamos lo requiera.

10. Dirigir y Coordinar los procedimientos para la adecuada adquisición de los Recursos Físicos de la sociedad.

11. Formular políticas y mecanismos que permitan el cumplimiento de la normatividad vigente para la administración de los bienes de la sociedad.

12. Adelantar los trámites precontractuales, contractuales y postcontractuales relacionados con la contratación de la cuantía mínima sin formalidades plenas.

13. Dirigir el manejo, actualización y custodia del archivo de la contratación sin formalidades plenas de menor cuantía que celebre la Sociedad.

14. Rendir los informes que sean requeridos por los diferentes organismos de control, vigilancia y entidades que lo requieran.

15. Participar en la implementación de procesos de mejoramiento organizacionales.

16. Coordinar, orientar y dirigir la oportuna prestación de los servicios de aseo, vigilancia y mantenimiento de las instalaciones donde funciona la sociedad.

17. Presentar al Gerente General y con la periodicidad requerida, los informes en el ámbito administrativo que se requieran para la toma de decisiones de la sociedad.

18. Dirigir y coordinar el manejo, actualización y custodia del archivo general de la sociedad.

19. Expedir los certificados de ingresos y retenciones de los funcionarios de la Entidad.

20. Ejercer la cultura de autocontrol en los funcionarios de la dependencia a su cargo.

21. Aplicar los sistemas de Control de Gestión para los procesos que se requieren en la dependencia.

22. Las demás que le sean asignadas de acuerdo con la naturaleza de la dependencia.

ARTICULO   12.- El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación y deroga el Acuerdo No. 01 de 2001.

Dado en Bogotá, D.C., a los cinco (5) días del mes de agosto de dos mil tres (2003)

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

ANTANAS MOCKUS SIVICKAS

Presidente

ROSA ANGELICA CASTRO R.

Secretario Ad-hoc

NOTA: Publicado en el Registro Distrital No. 2959 de octubre 2 de 2003.