16621 de 2019 |
MULTAS Y COMPARENDOS - Normas Aplicables |
Resuelve sobre la viabilidad de incluir en un acuerdo de pago una obligación respecto de la cual no se había proferido resolución de fallo en cuanto a la responsabilidad contravencional. Aclara la entidad que "para otorgar dichas facilidades en aplicación del parágrafo 2 del artículo 99 de la Ley 1450 de 2011, la sanción tuvo que ser impuesta antes del 15 de marzo de 2010, es decir, tuvo que haber un documento que preste merito ejecutivo antes de la fecha mencionada, que en este caso es el reconocimiento de la infracción y de la obligación por parte del deudor a favor de la Secretaría Distrital de Movilidad"
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2019-02-22 |
171452 de 2019 |
SECRETARÍA DISTRITAL DE MOVILIDAD - Acuerdos de Voluntades, de Colaboración, Cartas de Intención, Declaraciones, Manifiestos, Memorandos de Entendimiento y Protocolos |
El acuerdo o facilidad de pago que otorga la administración suspende el procedimiento de cobro coactivo adelantado contra el deudor y le otorga un plazo para cumplir con sus obligaciones, que, de ser incumplido, la administración procederá a revocar el acuerdo mediante resolución, sin que ello signifique que con el acuerdo de pago se esté novando o extinguiendo las obligaciones que dieron lugar al acuerdo, tan solo se modifica el plazo para su cumplimiento. Concluye que el acuerdo o facilidad de pago no constituye un nuevo título ejecutivo independiente, si se tiene en cuenta que no se dan los presupuestos para hablar de sustitución de una obligación por otra.
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2019-08-12 |