3 de 2018 |
RENTAS O RECURSOS ENDÓGENOS - Alcance |
Expone que "La consecuencia principal de que un recurso sea clasificado como de carácter endógeno es que, como regla general, limita la disposición que del mismo pueda hacer el nivel Nacional. Sin embargo, como toda regla general se admiten excepciones, las cuales han sido desarrolladas en varios casos por la Corte Constitucional y se pueden clasificar en cuatro criterios, a saber: (i) cuando la intervención ha sido dispuesta directamente por la Constitución; (ii) para conjurar amenazas a la defensa del patrimonio nacional; (iii) cuando se hace necesario mantener la estabilidad macroeconómica interna o externa; y (iv) cuando los asuntos involucrados trascienden el ámbito estrictamente local. Esto, sin olvidar que en todo caso, la intervención del nivel central también debe responder a un criterio de proporcionalidad que no vacíe el núcleo esencial del derecho de autonomía territorial."
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2018-02-01 |