2024IE00819101 de 2024 |
SECRETARIA DISTRITAL DE HACIENDA - Conceptos |
Imparte concepto referido al impuesto al consmo específicamente en lo que tiene que ver con sujeción al gravamen de las cervezas clasificadas como alimentos, precisando que las cervezas que se encuentran gravadas son aquellas clasificadas como bebida alcohólica en los términos establecidos en el Decreto 1686 de 2012, (modificado por el Decreto 162 de 2021), es decir, aquellas cuyo contenido del alcohol está comprendido entre los 2,5 y los 12 grados alcoholimétricos, lo cual excluye a aquellas cervezas que esa misma norma clasifica como un alimento.
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2024-03-18 |