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Secretaría
Jurídica Distrital

Documento de Relatoría: Doctrina Distrital

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DOCTRINA DISTRITAL
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Dirección Distrital de Doctrina y Asuntos Normativos

No. Concepto ó Radicación
Descriptor
Fecha
2202319630 de 2023   CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS - Normas Aplicables 
Profiere concepto sdobre la naturaleza jurídica de la multa en los contratos estatales, precisando que la multa se deriva de la facultad sancionatoria con que cuenta el Estado, en ejercicio del deber de control y vigilancia con que cuentan las entidades estatales con el fin de conminar al contratista a cumplir con sus obligaciones, por lo que son las llamadas a hacerlas efectivas, una vez hayan sido pactadas en el contrato y conforme al procedimiento contemplado en el artículo 86 de la Ley 1474 de 2011. 
2023-09-19 
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Dirección Distrital de Política Jurídica

No. Concepto ó Radicación
Descriptor
Fecha
2202221797 de 2022   SECRETARÍA JURÍDICA DISTRITAL - Conceptos 
Conceptúa sobre la vigencia del Decreto Distrital 093 de 2020, donde se precisa que perdió vigencia por disposición expresa del mismo decreto, bajo la causal 4° del artículo 91 de la Ley 1437 de 2011 - CPACA “Cuando se cumpla la condición resolutoria a que se encuentre sometido el acto”, el artículo 26 del Acuerdo Distrital 761 de 2020 mantuvo la vigencia del Sistema Bogotá Solidaria así como sus mecanismos de focalización, financiamiento, operación y arreglo institucional definidos en los Decretos Distritales 93 y 108 de 2020; en tal sentido, y tal como lo expresa la Secretaría Distrital de Hacienda “(…) como el Decreto Distrital 93 de 2020 había incluido las donaciones denominadas “aportes voluntarios” del Decreto 797 de 2018 dentro de los mecanismos de financiamiento del Sistema, se considera vigente dicha destinación” 
2022-10-01 
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Secretaría Distrital de Hacienda

No. Concepto ó Radicación
Descriptor
Fecha
1261 de 2019   NORMAS - Aplicación 
Explica que "las modificaciones introducidas en los artículos 48, 49, 51 y 52 del Decreto 2106 del 22 de noviembre de 2019, sobre la liquidación de intereses bancarios y moratorios y la liquidación provisional, son normas de orden público y de obligatorio cumplimiento, conforme lo establece el artículo 13 del Código General del Proceso, dichos cambios son viables jurídicamente para la Administración Tributaria Distrital y su aplicación es inmediata" 
2019-12-12 
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