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Documento |
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Restrictor |
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| 2012 |
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Decreto 450 de 2012 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
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Prohíbe el expendio y consumo de bebidas embriagantes en sitios públicos o abiertos al público el día 30 de septiembre de 2012, a partir de las 3:00 a.m. y hasta las 12:00 p.m. del día 30 de septiembre de 2012. |
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| 2019 |
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Ley 2000 de 2019 Congreso de la República de Colombia
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Establece parámetros de vigilancia del consumo y porte de sustancias psicoactivas en lugares habitualmente concurridos por menores de edad como el espacio público y prohíbe consumir bebidas alcohólicas en el espacio público o lugares abiertos al público ubicados dentro del área circundante a un centro educativo. |
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| 2019 |
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Sentencia C-253 de 2019 Corte Constitucional de Colombia
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Declara INEXEQUIBLES las expresiones bebidas alcohólicas y psicoactivas o contenidas en el Artículo 140 (numeral 7) del Código Nacional de Policía y Convivencia (Ley 1801 de 2016). |
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| 2020 |
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Concepto 220201 de 2020 Secretaría Jurídica Distrital - Dirección Distrital de Política Jurídica
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Profiere concepto de vigencia sobre el Decreto Distrital 489 de 1998, "Por el cual se limita el expendio y consumo de bebidas alcohólicas en parques y escenarios recreativos o deportivos" precisando que no se encuentra vigente dado que la Ley 1801 de 2016 derogó expresamente el Decreto Ley 1355 de 1970 y a su vez las normas que lo reglamentaban, entre ellos el Decreto citado. |
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| 2020 |
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Decreto 142 de 2020 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
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Prohíbe el consumo de bebidas embriagantes en espacios abiertos y establecimientos de comercio en las localidades de Bosa, Engativá, Suba, y Ciudad Bolívar a partir de las cero horas (00:00 a.m.) del día 16 de junio de 2020, hasta las cero horas (00:00 a.m.) del día 01 de julio de 2020. |
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| 2020 |
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Decreto 263 de 2020 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
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Prohíbe el consumo de bebidas embriagantes en establecimientos de comercio y espacios abiertos, en el marco de la emergencia sanitaria por causa del Coronavirus COVID-19. La venta de bebidas alcohólicas por parte de establecimientos de comercio estará restringida en el horario comprendido entre las 10:00 p.m. y las 10:00 a.m., aunque de manera excepcional se autoriza el consumo de bebidas embriagantes cuando se realice como complemento a platos servidos a la mesa por parte de establecimientos y locales gastronómicos. |
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| 2021 |
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Decreto 477 de 2021 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
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Establece el horario de funcionamiento para el ejercicio de actividades económicas que involucren el expendio o consumo de bebidas alcohólicas y/o embriagantes en el Distrito Capital. |
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| 2025 |
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Decreto 293 de 2025 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
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Establece el horario de funcionamiento para el ejercicio de actividades económicas que involucren el expendio y consumo de bebidas alcohólicas y/o embriagantes en Bogotá, incluyendo zonas focalizadas, y crea el Índice de Seguridad, Convivencia y Orden Urbano - ISCOU como herramienta de medición y seguimiento de las medidas adoptadas con el propósito de generar insumos que orienten la toma de decisiones en materia de modificación de los horarios para el ejercicio de estas actividades económicas. |
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| 2025 |
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Decreto 644 de 2025 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
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Prohibición: No está permitido el consumo de bebidas alcohólicas en el espacio público que se encuentre en un perímetro de 200 metros alrededor de centros educativos [Art. 99]. |
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| 2025 |
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Resolución Conjunta 001 de 2025 Secretaría Distrital de Gobierno
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Reglamenta el artículo 98° del Decreto Distrital 644 de 2025 Decreto Único del Sector Seguridad, Convivencia y Justicia y se determinan las Zonas Focalizadas de Expendio y Consumo Extendido que serán objeto de evaluación y seguimiento con el fin de determinar si continuarán habilitadas en el horario extendido de expendio de bebidas alcohólicas y/o embriagantes, así como para efectos de habilitar nuevas zonas. |
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Consumo en Espacios Públicos
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