Documentos para PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA :: Reglamentación
Año   Documento   Restrictor  
1991   Decreto 1174 de 1991 Nivel Nacional  

Reglamenta el numeral 2º del articulo 132 del Código Sustantivo del Trabajo y el Estatuto Tributario.
 

 
1995   Decreto 2336 de 1995 Nivel Nacional  

Reglamentan parcialmente los artículos 271 y 272 del Estatuto Tributario, modificados por la Ley 223 del 20 de diciembre de 1995
 

 
1995   Decreto 2346 de 1995 Nivel Nacional  

Reglamenta una disposición del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero. Dicta disposiciones referentes al estado de liquidez de las sociedades fiduciarias.
 

 
1996   Decreto 1777 de 1996 Nivel Nacional  

Reglamenta parcialmente la Ley 160 de 1994, en lo referente a las Zonas de Reserva Campesina, las cuales se constituirán y delimitarán por la Junta Directiva del lncora, en zonas de colonización, en las regiones en donde predomine la existencia de tierras baldías y en las áreas geográficas cuyas características agroecológicas y socioeconómicas requieran la regulación, limitación y ordenamiento de la propiedad o tenencia de predios rurales y su objetivo es fomentar y estabilizar la economía campesina.
 

 
1999   Decreto 2691 de 1999 Nivel Nacional  

Reglamenta parcialmente el literal a) del artículo 320 del Estatuto Orgánico del Sistema Financiero Por decisión de la asamblea general de accionistas o del órgano que haga sus veces, las entidades financieras en cuyo capital participe el Fondo de Garantías de Instituciones Financieras podrán disponer, como medida complementaria del proceso de saneamiento patrimonial que se vaya a efectuar, la transferencia de los activos objeto de saneamiento a un patrimonio autónomo constituido en una sociedad fiduciaria
 

 
2003   Decreto 690 de 2003 Nivel Nacional  

Reglamenta parcialmente el artículo 24 de la Ley 795 de 2003
 

 
2020   Decreto 218 de 2020 Nivel Nacional  

Establece que, la Unidad Administrativa Especial de Alimentación Escolar creada en el artículo 189 de la Ley 1955 de 2019, es una entidad adscrita al Ministerio de Educación Nacional, con autonomía administrativa, personería jurídica y patrimonio independiente, la cual se denominará - Alimentos para Aprender - cuya sede será la ciudad de Bogotá D.G. y sus objetivos son: Fortalecer los esquemas de financiación , definir esquemas para promover la transparencia en la contratación, ampliar su cobertura y garantizar la continuidad con criterios técnicos de focalización, garantizar la calidad e inocuidad de la alimentación escolar y proponer modelos de operación para fortalecer la territorialidad en esta materia.
 

 
2023   Decreto 2104 de 2023 Nivel Nacional  

Sustituye el Título 6 de la Parte 2 del Libro 2 del Decreto número 1082 de 2015, referente al Sistema Unificado de Inversión Pública (SUIP). Este sistema está constituido por lineamientos, metodologías, herramientas informáticas, procesos y procedimientos para la gestión de la inversión pública orientada a resultados. El ámbito de aplicación del SUIP incluye entidades del Presupuesto General de la Nación, entidades territoriales y otros actores relacionados con la gestión de la inversión pública. La administración del SUIP corresponde al Departamento Nacional de Planeación (DNP). Además, se establecen principios para la gestión de la información de los proyectos de inversión pública, se define qué se entiende por inversión pública y se menciona la Plataforma Integrada de Inversión Pública (PIIP) como la herramienta informática que soporta la gestión de los proyectos de inversión pública.
 

 
2023   Directiva Presidencial 06 de 2023 Presidencia de la República  

Referencia a la responsabilidad de los ministros y directores de departamentos administrativos en la formulación de políticas públicas, dirección de la actividad administrativa y ejecución de la ley en Colombia. Se menciona que las entidades encargadas de ejecutar las políticas públicas deben tener la capacidad para contratar y ejecutar eficientemente los recursos del Presupuesto General de la Nación. Además, se insta a que los ministerios y entidades adscritas y vinculadas ejecuten directamente sus recursos y eviten recurrir a intermediarios.
 

 
2023   Resolución 036 de 2023 Presidencia de la República  

Reconoce la existencia de negociaciones y diálogos de carácter político con el Ejército de Liberación Nacional ELN - tendientes a facilitar su desarme y desmovilización
 

 
2023   Resolución 194 de 2023 Presidencia de la República  

Declara la existencia de negociaciones y diálogos de carácter político con la organización armada rebelde Ejército de Liberación Nacional ELN, como organización armada rebelde, se encuentra adelantando negociaciones y diálogos de carácter político con una agenda de paz tendiente a construir salidas estructurales en el marco de la democracia para la superación de la violencia, a través de acuerdos de paz en los siguientes puntos incorporados en el Acuerdo de México suscrito el 10 de marzo de 2023 como Acuerdo Nro. 6: 1) la participación de la sociedad en la construcción de la paz; 2) democracia para la paz; 3) transformaciones para la paz; 4) víctimas; 5) fin del conflicto; y 6) plan general de ejecución de los acuerdos suscritos.
 

 
2024   Decreto 047 de 2024 Nivel Nacional  

Reglamenta el parágrafo 6° del artículo 240-1 del Estatuto Tributario y se modifica parcialmente el Decreto número 2147 de 2016.
 

 
2024   Decreto 267 de 2024 Nivel Nacional  

Fondo de Fuentes Alternativas de Pago para el Desarrollo de la Infraestructura (FIP).
 

 
2024   Decreto 684 de 2024 Nivel Nacional  

Reglamenta el Sistema Nacional de Seguimiento y Monitoreo para la Superación del Hambre y la Malnutrición (SNSMSHM), el Sistema Nacional para la Garantía Progresiva del Derecho a la Alimentación (SNGPDA), el Programa Hambre Cero PHC y el Observatorio del Derecho a la Alimentación y Nutrición ODAN.
 

 
2026   Decreto 383 de 2026 Nivel Nacional  

Modifica el Decreto Único Reglamentario del Sector de Función Pública (1083 de 2015) para dar cumplimiento a los acuerdos alcanzados en la Negociación Nacional Estatal de 2025. El objetivo central es fortalecer la Mesa para el empleo público y la formalización laboral, redefiniendo su objeto para asegurar de manera permanente la actualización y ampliación de las plantas de personal en la Rama Ejecutiva, con el fin de reducir los contratos de prestación de servicios en al menos un 30% durante la vigencia del acuerdo. Entre los cambios normativos, se destaca la reestructuración de la mesa, la cual será presidida por el Ministro del Trabajo e incluirá una representación ampliada de diez delegados de las organizaciones sindicales, además de facultar a las entidades territoriales para instalar mesas similares que permitan coordinar la creación de empleos dignos y permanentes en el nivel local.
 

 

Total: 15 documentos encontrados para PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA :: Reglamentación