| Año |
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Documento |
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Restrictor |
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| 1991 |
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Acuerdo 16 de 1991 Concejo de Bogotá, D.C.
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Establece el sistema distrital de atención de urgencias, señala el conjunto de entidades que lo conforman, señala la obligación de prestar la atención inicial de urgencias por parte de las instituciones tanto públicas como privadas que presten servicios de salud, determina la estructura del sistema, clasificación de los organismos y pacientes, organización funcional del sistema, subsistemas, equipos, tarifas, pacientes no amparados por sistemas de seguridad social y sanciones. |
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| 1991 |
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Acuerdo 19 de 1991 Concejo de Bogotá, D.C.
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Artículo 58 Acuerdo 19 de 1991 Se reglamenta el Fondo de Servicios de Urgencias |
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| 1998 |
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Decreto 806 de 1998 Nivel Nacional
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Reglamenta la afiliación al Régimen de Seguridad Social en Salud y la prestación de los beneficios del servicio público esencial de Seguridad Social en Salud y como servicio de interés general, en todo el territorio nacional. Señala que dentro del Sistema General de Seguridad Social en Salud como servicio público esencial existen planes de beneficios como la atención inicial de urgencias, que será asumido por la Entidad Promotora de Salud o administradora del Régimen Subsidiado a la cual se encuentre afiliada la persona o con cargo al Fosyga. |
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| 2020 |
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Circular 048 de 2020 Secretaría Distrital de Salud
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Determina el procedimiento que se debe adelantar en los sistemas de urgencias para dar atención a los pacientes durante la emergencia sanitaria ocasionada por el Covid -19. |
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| 2025 |
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Decreto 641 de 2025 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
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Define formalmente esta figura en el marco del Sistema de Emergencias Médicas (SEM) y establece la obligación de implementar programas de formación para ellos. En el listado general aparece "Subsistema Nacional de Voluntarios de Primera Respuesta", pero no el concepto operativo e individual del "Primer Respondiente" que regula este decreto. |
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| 2026 |
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Acuerdo 1077 de 2026 Concejo de Bogotá, D.C.
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Fortalece la atención oportuna y diferencial, en los servicios de urgencias en la Red Hospitalaria del Distrito Capital, para las personas mayores de sesenta (60) años. |
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Servicio de Urgencias
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