Documentos para BIENES DE DOMINIO PÚBLICO :: Bienes Fiscales o Patrimoniales
Año   Documento   Restrictor  
2012   Fallo 21699 de 2012 Consejo de Estado  

Los bienes fiscales o patrimoniales, son aquellos que pertenecen a sujetos de derecho público de cualquier naturaleza u orden y que, por lo general, están destinados al cumplimiento de las funciones públicas o servicios públicos, tales como los terrenos, edificios, fincas, granjas, equipos, enseres, acciones, rentas y bienes del presupuesto, etc., es decir, afectos al desarrollo de su misión y utilizados para sus actividades, o pueden constituir una reserva patrimonial para fines de utilidad común. Su dominio corresponde a la República, pero su uso no pertenece generalmente a los habitantes, de manera que el Estado los posee y los administra en forma similar a como lo hacen los particulares con los bienes de su propiedad. Los mismos a su vez se pueden subdividir en bienes fiscales propiamente dichos y bienes fiscales adjudicables o baldíos34; estos últimos corresponden a los predios de la Nación que pueden ser adjudicados a las personas que reúnan las condiciones y requisitos establecidos en la legislación.
 

 
2016   Circular Conjunta 1 de 2016 Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público - Dadep  

Imparte instrucciones para el tratamiento contable de los Bienes Inmuebles en aplicación del Nuevo Marco Normativo expedido por la Contaduría General de la Nación, en tal sentido se establecen los lineamientos que los entes públicos distritales deben cumplir para el adecuado reconocimiento de la propiedad inmobiliaria de Bogotá, D.C. representada en bienes fiscales y de uso público. La circular es aplicable a los organismos y dependencias de la administración central, a los Fondos de Desarrollo Local, y a las entidades del sector descentralizado.
 

 
2016   Ley 1801 de 2016 Congreso de la República de Colombia  

Expide el Código Nacional de Policía y Convivencia. Para efectos del citado Código se entiende por bienes fiscales, además de los enunciados por el artículo 674 del Código Civil, los de propiedad de entidades de derecho público, cuyo uso generalmente no pertenece a todos los habitantes y sirven como medios necesarios para la prestación de las funciones y los servicios públicos, tales como los edificios, granjas experimentales, lotes de terreno destinados a obras de infraestructura dirigidas a la instalación o dotación de servicios públicos y los baldíos destinados a la explotación económica. (Art. 139)
 

 
2022   Concepto 202211 de 2022 Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público - Dadep  

Conceptúa sobre las condiciones y requisitos de la permuta y/o enajenación de bienes fiscales, específicamente para el caso de la Secretaria Distrital de educación y la Fiscalía General de la Nación.
 

 
2023   Concepto 202311 de 2023 Departamento Administrativo de la Defensoría del Espacio Público - Dadep  

Conceptúa sobre si existe o no impedimento sobre la viabilidad de incorporación de las adiciones y mejoras de la Estación de policía de Usaquén, indica, que si actualmente el DADEP ostenta el derecho de propiedad de un bien inmueble y la naturaleza de este es la de un bien fiscal, no existe posibilidad de que el particular que edificó la construcción lo pueda poseer para prescribirlo, así mismo, si el DADEP decide incorporar la construcción será necesario establecer si el edificio fue construido antes o después de la adquisición del bien inmueble, y si existió algún tipo de autorización previa para la construcción del edificio.
 

 

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