Documentos para COMUNIDADES NEGRAS, AFROCOLOMBIANAS, RAIZALES Y PALENQUERAS :: Comisión Consultiva Local
Año   Documento   Restrictor  
2019   Decreto 474 de 2019 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.  

Crea la Comisión Consultiva de las Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras de Bogotá, D.C., la cual tendrá como objeto la representación, concertación, asesoría y coordinación en tomo al desarrollo económico, social y cultural, la formulación y desarrollo de la política pública, el Plan Integral de acciones afirmativas, y los planes, programas y proyectos para estas comunidades en el Distrito Capital.
 

 
2024   Decreto Local 003 de 2024 Alcaldía Local de Santa Fe  

Modifica parcialmente el artículo 9 del Decreto Local 025 de 2023 referente a la elección de los representantes a las Comisiones Consultivas Locales de Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras de la localidad de Santa Fe, en la medida que se requiere adelantar la Asamblea Local de socialización del Decreto y el proceso electoral, las inscripciones de los candidatos, subsanaciones, publicación del listado de inscritos, la Asamblea General de comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras de elección popular, publicación de resultados y el acto de posesión y acreditación por parte del alcalde local de estos representantes.
 

 
2024   Sentencia T-393 de 2024 Corte Constitucional de Colombia  

Revoca la sentencia del dieciocho (18) de diciembre de dos mil veintitrés (2023) proferida por el Tribunal Administrativo del Sucre que confirmó la decisión adoptada el 28 de noviembre de 2023 por el Juzgado Cuarto Administrativo Oral de Sincelejo que negó la presente solicitud de amparo. En su lugar, concederá la protección de los derechos invocados por la ANUM. En ese sentido, ordenará a la DANCP del Ministerio del Interior que, en el marco de sus competencias constitucionales y legales y en un término no mayor a diez (10) días, convoque a la comunidad accionante para adelantar el proceso de consulta previa, en relación con el proyecto de energía que adelanta Celsia. Este proceso deberá respetar los principios que rigen la consulta previa, en los términos indicados en los fundamentos de esta providencia. Su propósito será: (i) determinar los impactos ambientales, culturales, económicos y sociales que el proyecto energético ha ocasionado y podrá ocasionar sobre el colectivo étnico, asegurando que los mismos sean mitigados en lo que resta de tiempo para la ejecución total de proyecto; y, (ii) crear mecanismos que garanticen el diálogo permanente y efectivo con la comunidad actora mientras el proyecto se encuentre en ejecución. De igual manera, en el marco de la precitada orden y tomando en consideración que el proyecto que adelanta Celsia ya reporta un avance importante en su ejecución, se dispondrá que, bajo un proceso de dialogo con la comunidad demandante, se adopten las medidas de necesarias para reparar, recomponer, restaurar o recuperar la afectación al tejido cultural, social, económico o ambiental, según el daño que hasta el momento ha sufrido la comunidad étnica accionante. Al respecto se precisa que las medidas reparatorias deben realizarse con un enfoque diferencial que tome en cuenta las particularidades del pueblo afectado (etno-reparaciones). Asimismo, exhortará a la DANCP del Ministerio del Interior para que, en lo sucesivo, adelante los procesos de certificación de presencia de grupos étnicos no solo con base en la información que reposa en la base de datos de la entidad; sino que alimente su estudio con consultas en las distintas entidades públicas y, si fuera necesario, efectúe una visita de campo al lugar de influencia del proyecto. Igualmente, se instará a la Defensoría del Pueblo para que apoye, acompañe y vigile el cumplimiento del presente fallo, con el fin de garantizar los derechos protegidos y la efectiva materialización de las órdenes adoptadas. A esos efectos, dicha entidad deberá rendir los respectivos informes ante el juez de primera instancia y brindar el acompañamiento a la comunidad accionante, en caso de que esta lo solicite.
 

 
2025   Resolución Local 049 de 2025 Alcaldía Local de Santa Fe  

Instala la Comisión Consultiva de Comunidades Negras, Afrocolombianas, Raizales y Palenqueras de la Localidad de Santa Fe, como instancia de participación formal de la misma, con el objetivo de representar, concertar, asesorar y coordinar en torno al desarrollo económico, social y cultural, la formulación y desarrollo de la política pública, el plan integral de acciones afirmativas, y los planes, programas y proyectos para estas comunidades en la localidad de Santa Fe.
 

 

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