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Acuerdo 057 de 2020 Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá -ESP - Junta Directiva

Fecha de Expedición:
29/10/2020
Fecha de Entrada en Vigencia:
29/10/2020
Medio de Publicación:
Registro Distrital 6961 del 13 de noviembre de 2020.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 057 DE 2020

 

(Octubre 29)

 

Por medio del cual se emite concepto favorable a una solicitud de autorización para asumir obligaciones que afectan el presupuesto de vigencias futuras Excepcionales de unos proyectos en Gastos de Inversión de la EAAB – ESP

 

LA JUNTA DIRECTIVA DE LA EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE BOGOTÁ – E.S.P.,

 

en ejercicio de sus facultades legales y estatuarias consagradas en el literal d, numeral 3 del artículo 11 del acuerdo 05 de 2019 y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que es función de la Junta Directiva, por disposición del literal D del numeral 3 del artículo 11 del Acuerdo de Junta No. 05 del 17 de enero de 2019, evaluar las solicitudes de autorización para adquirir obligaciones que afecten el presupuesto de vigencias futuras y emitir concepto de acuerdo con los procedimientos legales y distritales.

 

Que el Decreto 777 de 2019, “Por medio del cual se reglamenta el estatuto orgánico del presupuesto distrital y se dictan otras disposiciones”, en el artículo 67 modificatorio del artículo 39 del Decreto Distrital 662 de 2018, en el tema de vigencias futuras excepcionales, establece:

 

“ART. 39.-Vigencias futuras excepcionales. El Confis Distrital en casos excepcionales para obras de infraestructura y para actividades que de no ejecutarse pueden causar inevitablemente la parálisis o afectación en la prestación de un servicio que se deba satisfacer y garantizar por mandato constitucional, así como para las garantías a las concesiones y solamente en aquellos casos en que el Consejo de Gobierno los declare de importancia estratégica, podrá autorizar que se asuman obligaciones que afecten el presupuesto de vigencias futuras, sin que se requiera apropiación en el presupuesto del año en que se concede la autorización. Esta vigencia futura excepcional podrá concederse en el último año de gobierno. El monto máximo de las mismas deberá ser consistente con el plan financiero y las metas establecidas en el marco fiscal de mediano plazo del Distrito Capital.

 

PAR. - Las operaciones de crédito público, sus asimiladas y conexas no requieren la autorización del Confis Distrital para asumir obligaciones que afecten presupuestos de vigencias futuras.

 

Dichos contratos se regirán por las normas que regulan las operaciones de crédito público”.


Que la Empresa requiere desarrollar unos proyectos en Gastos de Inversión que, de no contratarse, podría ocasionar parálisis o afectación en la prestación del servicio de acueducto y alcantarillado, por lo cual se hace necesario solicitar una autorización de Vigencias Futuras en Gastos de Inversión por valor de $32.418.674.145, como se detalla a continuación:

 

 

Que conforme al escenario de aprobaciones de vigencias futuras y al de financiación que se muestran a continuación, la autorización de vigencias futuras para Gastos de Inversión está cubierta por los techos de gasto establecidos en el Plan Financiero Plurianual, el cual contempla los lineamientos de política económica y fiscal y el Marco Fiscal de Mediano Plazo, aplicables a las Empresas Industriales y Comerciales del Distrito.

 

ESCENARIO DE APROBACIONES DE VIGENCIAS FUTURAS

 

$ Millones

 

Escenario De Financiación De Las Vigencias Futuras

 

$ Millones corrientes

Fuente: Plan Financiero Plurianual

* Incluyen las CX P reflejadas en Plan Financiero

** Cupo Global de Convenios, Fdo Plan Expansión, Fondo Obligaciones Contingentes, Fondo Equipos Siniestrados, Fondo C X P Liberadas, T. A dmón Cent. Rio Bogotá, Patrimonio Autónomo Pensional,Transferencias Otras Empresas

 

Que en sesión No. 2606 de la Junta Directiva de la EAAB-ESP, realizada el 30 de septiembre de 2020, por unanimidad los miembros de Junta emiten concepto favorable para solicitar al CONFIS Distrital autorización para asumir compromisos que afectan el presupuesto de vigencia futura 2021, con carácter excepcional por MIL DOSCIENTOS VEINTICUATRO MILLONES SETECIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL QUINIENTOS CUARENTA Y TRES PESOS M./CTE. ($1.224.798.543), correspondiente a los estudios y diseños de renovación de redes de las UGAS 196, 198, 199 Zona 3.

 

Que en sesión No. 2608 de la Junta Directiva de la EAAB – ESP, adelantada el 29 de octubre de 2020, por unanimidad los miembros de Junta emiten concepto favorable para solicitar al CONFIS Distrital autorización para asumir compromisos que afectan el presupuesto de vigencias futuras 2021, 2022 y 2023, con carácter excepcional por TREINTA Y UN MIL CIENTO NOVENTA Y TRES MILLONES OCHOCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL SESCIENTOS DOS PESOS M./CTE. ($31.193.875.602). Para un total de TREINTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS DIECIOCHO MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL CIENTO CUARENTA Y CINCO PESOS M/CTE ($32.418.674.145).

 

Que en mérito de lo expuesto,

 

ACUERDA:

 

ARTÍCULO PRIMERO: Emitir concepto favorable para solicitar al CONFIS Distrital autorización para asumir compromisos que afectan el presupuesto de vigencias futuras 2021, 2022 y 2023, con carácter de excepcionales, por TREINTA Y DOS MIL CUATROCIENTOS DIECIOCHO MILLONES SEISCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL CIENTO CUARENTA Y CINCO PESOS M/CTE ($32.418.674.145), conforme al siguiente detalle:

 

 

ARTÍCULO SEGUNDO: El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su expedición.

 

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá D.C., a los 29 días del mes octubre del año 2020.

 

NADYA MILENA RANGEL RADA

 

Presidente

 

HEYBY POVEDA FERRO

 

Secretaria