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Resolución 7519-T de 2020 Instituto de Desarrollo Urbano - IDU

Fecha de Expedición:
09/12/2020
Fecha de Entrada en Vigencia:
11/12/2020
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 6988 del 11 de diciembre de 2020.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 7519-T DE 2020

 

(Diciembre 09)

 

Por la cual se prorroga la suspensión de términos en algunas actuaciones administrativas en el Instituto de Desarrollo Urbano –IDU-

 

EL DIRECTOR GENERAL DEL INSTITUTO DE DESARROLLO URBANO – IDU,

 

En uso de sus atribuciones legales, en especial las contempladas en los Acuerdos 001 y 002 de 2009 y 002 de 2017 del Consejo Directivo, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante la Resolución 001-T de 2020 se declaró la contingencia informática en el Instituto de Desarrollo Urbano, del 03 al 09 de diciembre de 2020 y/o hasta cuando dure la interrupción de los servicios informáticos que presta el Instituto.

 

Que dado que la situación de contingencia con la plataforma informática del Instituto no se ha solucionado de manera definitiva, esto impide o dificulta el normal funcionamiento de algunos procesos administrativos, por tanto deberá mantenerse las acciones y las medidas alternas y transitorias hasta el momento adoptadas, hasta tanto se encuentren los sistemas estabilizados.

 

Que en consecuencia, es pertinente prorrogar los términos de la declaratoria de contingencia informática, establecidos en la Resolución 0001-T de 2020, hasta el día 11 de diciembre de 2020.

 

Que la suspensión de términos legales, a repuestas a derechos de petición, a las actuaciones administrativas se reanudarán una vez vencido el término previsto en el inciso anterior.

 

Que en estos términos este Despacho,

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1º. Sobre la declaratoria de contingencia informática. El artículo 1º de la Resolución 001-T de 2020 quedará así:

 

“Artículo 1º. Declaratoria de contingencia informática. Declárese la contingencia informática en el Instituto de Desarrollo Urbano, desde el 03 hasta 11 de diciembre de 2020 y/o hasta cuando dure la interrupción de los servicios informáticos que presta el Instituto.

 

En virtud de esta contingencia se requiere implementar acciones que garanticen el óptimo manejo de la información y la continuidad en la prestación del servicio, en los procesos propios de la Entidad y en el cumplimiento de las diferentes obligaciones, por parte de usuarios internos y externos.”

 

ARTÍCULO 2º. Ampliación de los términos de suspensión por contingencia informática. Ampliar hasta el 11 de diciembre de 2020, los términos de suspensión previstos en los artículos 3º, 4º, 5º, 6º y 10º de la Resolución 001-T de 2020.

 

ARTÍCULO 3º. Sobre la vigencia de la resolución de declaratoria de contingencia informática. Se mantienen vigentes los demás artículos de la Resolución 001-T de 2020.

 

ARTÍCULO 4º. Vigencia. La presente resolución rige a partir de su publicación en el Registro Distrital y modifica los artículos 1º, 3º, 4º, 5º, 6º y 10º de la Resolución 001-T de 2020.

 

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 09 días del mes de diciembre del año 2020.

 

DIEGO SÁNCHEZ FONSECA

 

Director General