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CIRCULAR EXTERNA No. 20 DE 2020
(Diciembre 18) Corregida por la Circular Externa 31 de 2021
PARA: REPRESENTANTES LEGALES, MIEMBROS DEL CONSEJO DE ADMINISTRACIÓN O JUNTAS DIRECTIVAS, MIEMBROS JUNTA DE VIGILANCIA O COMITÉ DE CONTROL SOCIAL, REVISORES FISCALES Y ASOCIADOS DE ORGANIZACIONES DE LA ECONOMÍA SOLIDARIA.
DE: RICARDO LOZANO PARDO - SUPERINTENDENTE.
ASUNTO: Expedición Circular Básica Jurídica
FECHA: Bogotá D.C., 18 de diciembre de 2020
1.- Presentación
La Superintendencia de la Economía Solidaria, consciente de los diferentes cambios que se han generado en materia normativa que inciden en el sector solidario, se propuso hacer una revisión y actualización al contenido de la Circular Básica Jurídica.
Por lo anterior, presentamos hoy la actualización de la Circular Básica Jurídica, para proveer la consulta integral de las diferentes instrucciones en materia jurídica emitidas por esta Entidad, así como los requisitos exigidos, que además, incorpora una simplificación de los diferentes trámites que se adelanten ante esta Superintendencia, de acuerdo con los lineamientos dados por el Gobierno Nacional.
La Circular Básica Jurídica que hoy se expide se logró con los aportes que realizaron los gremios, las distintas organizaciones solidarias, la ciudadanía y por el grupo profesional de esta Superintendencia.
La Circular Básica está dividida en títulos, los cuales se publicarán de manera independiente para facilitar su consulta temática, podrá ser consultada por el público en nuestra página web www.supersolidaria.gov.co
Las instrucciones incorporadas deberán observarse de manera complementaria con lo establecidas en la Circular Básica Contable y Financiera y la reglamentación concordante para las organizaciones supervisadas.
Con la expedición de esta Circular Básica, la Superintendencia cumple el objetivo de contar a nivel de instrucciones con un marco regulatorio unificado, que recopila las principales normas que debe cumplir el sector vigilado.
2. Vigencia y derogatorias.
La presente Circular se expide con fundamento en las facultades consagradas en los numerales 2, 3 y 22 del artículo 36 de la Ley 454 de 1998; en consecuencia, deberá ser acatada y observada por todas las organizaciones de la economía solidaria, sujetas a la supervisión de esta Superintendencia, de conformidad con los objetivos y finalidades previstos en el artículo 35 de la Ley 454 de 1998.
La Circular Básica Jurídica que aquí se expide empezará a regir a partir de su publicación en el Diario Oficial, la cual, sustituye y deroga la Circular Básica Jurídica del año 2015[1]. Adicionalmente las circulares y reglamentación emitida por esta Superintendencia que le sean contrarias para tal efecto se entenderán derogadas. En la medida en que se impartan nuevas instrucciones, se harán los ajustes pertinentes por parte de la Superintendencia.
Así las cosas, las entidades supervisadas deben tener en cuenta, además de la Circular Básica Jurídica, la legislación cooperativa y solidaria vigente.
De acuerdo con las anteriores instrucciones, se adjunta el texto completo por cada uno de los títulos de la Circular Básica Jurídica, que hace parte integral de la presente circular.
Adicionalmente, se publica como antecedente la matriz de comentarios realizados por la ciudadanía con las respectivas respuestas.
Las referencias que en otras instrucciones de la Superintendencia se realicen a las contenidas en la Circular Básica Jurídica 06 de 2015, se entenderán hechas de aquí en adelante a las que correspondan dentro del nuevo texto de la circular.
Las actuaciones administrativas adelantadas por esta Superintendencia que se encuentren en curso a la fecha de entrada en vigencia de la presente Circular y que tengan como sustento las instrucciones contenidas en la Circular Básica Jurídica de 2015, continuarán su procedimiento hasta su terminación con base en las disposiciones vigentes al momento de la ocurrencia de los hechos.
Cordialmente,
RICARDO LOZANO PARDO
Superintendente
Anexo: -Memoria justificativa de la circular. -Texto completo por títulos de la Circular Básica Jurídica. -Matriz consolidada de comentarios. -Fichas técnicas de los trámites contenidos en la circular. -Formatos y anexos.
Proyectó: Daniela Rojas Estupiñan
Revisó: Juan Carlos López Gómez Katherine Luna Patiño Martha Nury Beltran Misas Gustavo Serrano Amaya Johanna Paola Restrepo Sierra.
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