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RESOLUCIÓN 243 DE 2021
(Abril 29)
Por medio de la cual se conforma en el Instituto Distrital de las Artes-Idartes el grupo de Gestores de Integridad para la vigencia 2021
LA DIRECTORA GENERAL DEL INSTITUTO DISTRITAL DE LAS ARTES–IDARTES
En ejercicio de las atribuciones constitucionales y legales, en especial las otorgadas por el Acuerdo Distrital 440 de 2010, Acuerdo 2 de 2017 y el Acuerdo 06 de 2020 expedidos por el Consejo Directivo del Idartes y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 209 de la Constitución Política de Colombia establece que “La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones”.
Que el citado artículo dispone que “Las autoridades administrativas deben coordinar sus actuaciones para el adecuado cumplimiento de los fines del Estado. La administración pública, en todos sus órdenes, tendrá un control interno que se ejercerá en los términos que señale la ley”.
Que considerando la obligación del Distrito por definir los principios y valores éticos institucionales que deben inspirar la conducta, el que hacer de todas las servidoras y servidores públicos distritales en el ejercicio de sus funciones, el Concejo de Bogotá, expidió el Acuerdo Distrital 244 de 2006 “Por medio del cual se establecen y desarrollan los principios y valores éticos para el ejercicio de la función pública en el Distrito Capital”, y en el artículo primero determinó que: “Los principios y valores éticos del Distrito Capital, serán asumidos y cumplidos de manera consciente y responsable por las servidoras y servidores públicos del Distrito Capital en todos los niveles y jerarquías bajo cualquier modalidad de vínculo laboral o prestación de servicios, permanente o temporal; sin perjuicio de las normas, códigos o manuales vigentes.”
Que la Alcaldía Mayor de Bogotá mediante el Decreto 489 de 2009 creó la Comisión Intersectorial de Gestión Ética del Distrito Capital con el fin de adelantar procesos de gestión ética en las entidades y organismos del Distrito Capital.
Que el artículo 2.2.22.3.2. del Capítulo 3 del Decreto 1499 de 2017 “Por medio del cual se modifica el Decreto 1083 de 2015, Decreto Único Reglamentario del Sector Función Pública, en lo relacionado con el Sistema de Gestión establecido en el artículo 133 de la Ley 1753 de 2015”, define el Modelo Integrado de Planeación y Gestión MIPG señalando: “Definición del Modelo Integrado de Planeación y Gestión – MIPG. El Modelo Integrado de Planeación y Gestión – MIPG es un marco de referencia para dirigir, planear, ejecutar, hacer seguimiento, evaluar y controlar la gestión de las entidades y organismos públicos, con el fin de generar resultados que atiendan los planes de desarrollo y resuelvan las necesidades y problemas de los ciudadanos, con integridad y calidad en el servicio.”
Que así mismo, mediante el Decreto 118 de 2018 “Por el cual se adopta el Código de Integridad del Servicio Público, se modifica el Capítulo II del Decreto Distrital 489 de 2009, “por el cual se crea la Comisión Intersectorial de Gestión Ética del Distrito Capital”, y se dictan otras disposiciones de conformidad con lo establecido en el Decreto Nacional 1499 de 2017”.
Que el Instituto Distrital de las Artes- Idartes, adoptó el Código de Integridad del Servicio Público, mediante la Resolución N° 747 del cinco (05) de julio de 2018, la cual está vigente a la fecha y mediante Resolución Nº 502 del veintiséis (26) de abril de 2019 conformó el grupo de Gestores de Integridad, en cumplimiento de las normas legales vigentes para la vigencia 2019.
Que en cumplimiento de lo señalado en el artículo 4° del Decreto 118 de 2018 expedido por la Alcaldía Mayor de Bogotá “Por el cual se adopta el Código de Integridad del Servicio Público, se modifica el Capítulo II del Decreto Distrital 489 de 2009, “por el cual se crea la Comisión Intersectorial de Gestión Ética del Distrito Capital”, y se dictan otras disposiciones de conformidad con lo establecido en el Decreto Nacional 1499 de 2017”, la Subdirección Administrativa y Financiera – Talento Humano del Instituto Distrital de las Artes-Idartes, mediante convocatoria del quince (15) de abril de 2021, invitó a través de la intranet a todos los funcionarios y contratistas de la Entidad a hacer parte del equipo de Gestores de Integridad el cual se encarga de apoyar la difusión y apropiación de los valores institucionales, para la vigencia 2021.
Que como resultado de esta convocatoria, varios funcionarios expresaron su voluntad de hacer parte del referido grupo, habiéndose recibido un total de cinco (5) manifestaciones en tal sentido, como da cuenta el acta del veintidós (22) de abril de 2021 que se elaboró por parte de la Subdirección Administrativa y Financiera–Talento Humano, la cual hace parte integral del presente acto administrativo.
Que de acuerdo con lo anterior, la entidad procederá a la conformación del grupo de gestores de integridad con funcionarios, para la vigencia 2021 tal y como se indica en la parte resolutiva de la presente.
Que, en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1. Conformar el Grupo de Gestores de Integridad del Instituto Distrital de las Artes – Idartes, para la vigencia 2021, el cual contará con la participación de los siguientes funcionarios:
Artículo 2. RESPONSABILIDADES DEL GRUPO DE GESTORES DE INTEGRIDAD:
a. Apropiar, conocer y difundir el Código de Integridad con sus cinco valores: Honestidad, Respeto, Compromiso, Justicia y Diligencia.
b. Participar en el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de los planes de gestión de la integridad en su respectiva entidad.
c. Identificar promotores de prácticas de integridad en las distintas dependencias y motivar su participación en actividades pedagógicas y comunicativas.
d. Promover la participación de los servidores públicos en las actividades de formación pro gramadas por la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C o por la entidad.
e. Promover la implementación de las estrategias, metodologías y herramientas de apropiación de Valores del Servicio Público y fortalecimiento de la cultura de integridad en sus entidades.
f. Formar parte activa de la Red de Gestores de Integridad, para el intercambio de experiencias y la creación de canales comunicativos que fortalezcan la identidad distrital, más allá de las particularidades de cada entidad.
g. Promover la apropiación y aplicación del Código de Integridad del Distrito en su respectiva entidad.
h. Llevar a cabo permanentemente ejercicios participativos para la divulgación y apropiación de los valores y principios de acción del Código de Integridad del Distrito.
i. Compartir con los servidores públicos conocimientos y experiencias que permitan fortalecer la Gestión de Integridad.
j. Promover que el contacto de los servidores con el Código sea experiencial de tal manera que surjan en ellas reflexiones acerca de su quehacer y rol como servidores públicos que eventualmente conduzcan a cambios en su comportamiento.
Artículo 3. Comunicar el presente acto administrativo a la Subdirección Administrativa y Financiera–Talento Humano del Instituto, para lo de su competencia, así como a los funcionarios que se citan en el artículo primero del presente.
Artículo 4. Publicar el presente acto administrativo en la página web y la Intranet del Instituto Distrital de las Artes-Idartes.
Artículo 5. La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga la Resolución N° 484 del veintiocho (28) de mayo de 2020 y demás disposiciones que le sean contrarias.
COMUNIQUESE, PUBLÍQUESE, Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá D.C., a los 29 días del mes de abril del año 2021.
CATALINA VALENCIA TOBÓN
Directora General |