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ACUERDO 001 DE 2021(Enero 14)
Por medio del cual se realiza redistribución de los recursos asignados en el Presupuesto de Gastos e Inversiones del Fondo Distrital para la Gestión de Riesgos y Cambio Climático de Bogotá D.C.- FONDIGER 2021
LA JUNTA DIRECTIVA DEL FONDO DISTRITAL PARA LA GESTIÓN DE RIESGOS Y CAMBIO CLIMÁTICO DE BOGOTÁ, D. C. – FONDIGER,
En ejercicio de sus facultades en especial las conferidas en los numerales 3 y 6 del Artículo 8 del Decreto 174 de 2014.
CONSIDERANDO:
Que en el parágrafo 1 del artículo 1 de la Ley 1523 de 2012 “Por el cual se adopta la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y se establece el sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y se dictan otras disposiciones”, se prevé que la gestión del riesgo se constituye en una política de desarrollo indispensable para asegurar la sostenibilidad, la seguridad territorial, los derechos e intereses colectivos, mejorar la calidad de vida de las poblaciones y las comunidades en riesgo.
Que el artículo 12 del Acuerdo 546 de 2013 crea el Fondo Distrital para la Gestión de Riesgos y Cambio Climático – FONDIGER como una cuenta especial del Distrito Capital con independencia patrimonial, administrativa, financiera, contable y estadística, como lo establece el Decreto Ley 1421 de 1993, administrado por el IDIGER, sin personería jurídica para el cumplimiento del objeto y alcance del Sistema Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático - SDGR-CC.
Que el artículo 2° del Decreto 174 de 2014 “Por medio del cual se reglamenta el funcionamiento del Fondo Distrital para la Gestión de Riesgos y Cambio Climático de Bogotá, D.C, - FONDIGER”, establece que éste, tendrá como objeto general obtener, recaudar, administrar, invertir, gestionar y distribuir los recursos necesarios para la operación del Sistema Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático, bajo esquemas interinstitucionales de cofinanciación, concurrencia y subsidiariedad, para el desarrollo de los procesos de gestión de riesgos y cambio climático, conforme al artículo 13 del Acuerdo 546 de 2013.
Que el artículo 4 del Decreto 174 de 2014, en su numeral 3 relaciona como función del director del IDIGER: “Presentar para aprobación de la Junta Directiva del FONDIGER, el proyecto de presupuesto del Fondo, los objetos generales de gastos y sus modificaciones, de acuerdo con las directrices del Consejo Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático – CDGR-CC”.
Que el artículo 8 del Decreto 174 de 2014, en su numeral 6 establece dentro de las funciones de la Junta Directiva: “Aprobar el Proyecto de Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos del Fondo, y sus modificaciones, de acuerdo con las orientaciones del Consejo Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático — CDGRCC y con los instrumentos de Gestión de Riesgos y Cambio Climático” Que la Alcaldesa mayor profirió el Decreto Distrital 087 del 16 de marzo de 2020 “Por el cual se declara la calamidad pública con ocasión de la situación epidemiológica causada por el Coronavirus (COVID-19) en Bogotá D.C.” el cual en el artículo primero determinó”, a fin de decretar la situación de Calamidad Pública en Bogotá, D.C. hasta por el término de seis (6) meses...”
Que el Consejo Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático, en sesión de fecha 24 de agosto de 2020, estudió los escenarios que debe enfrentar la ciudad en los próximos seis meses en el marco de la emergencia causada por la situación epidemiológica, atendiendo tanto a las consideraciones de salud pública, como a las correspondientes a la situación económica derivadas de las medidas de aislamiento que se han tenido que adoptar en el Distrito Capital y recomendó a la alcaldesa mayor prorrogar la situación de calamidad pública declarada mediante Decreto Distrital 087 de 2020, por el término de seis meses contados a partir de la terminación del plazo inicialmente establecido, conforme a lo cual, la Alcaldía Mayor expidió el Decreto 192 de 2020.
Que conforme a la prórroga de la situación de calamidad pública declarada mediante Decreto Distrital 192 del 25 de agosto de 2020, el Consejo Distrital para la Gestión del Riesgo y Cambio Climático en sesión del 28 de septiembre de 2020, aprobó la Versión 2 del Plan de Acción Específico PAE, el cual reúne el conjunto de acciones de planificación, organización y de gestión para la fase de preparación y atención de la emergencia, con miras a proteger los derechos y las condiciones de calidad de vida de los habitantes de la ciudad y contener la extensión de sus efectos en el mediano y largo plazo.
Que la Junta Directiva del FONDIGER mediante el Acuerdo 008 del 28 de diciembre de 2020 aprobó e incorporó el Presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones del Fondo Distrital para la Gestión de Riesgos y Cambio Climático de Bogotá D.C. – FONDIGER 2021, distribuyó recursos y realizó una reducción presupuestal.
Que conforme a la aprobación e incorporación del Presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones del Fondo Distrital para la Gestión de Riesgos y Cambio Climático de Bogotá D.C. – FONDIGER 2021 en el marco del Acuerdo 008 de 2020, se realizó la desagregación del presupuesto del FONDIGER 2021 por valor CUARENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS CUARENTA Y UN MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y SIETE PESOS M/CTE. ($ 43.441.549.867), y una Reducción en el presupuesto del FONDIGER, el cual quedó de la siguiente manera:
Que, conforme a la evolución de la pandemia, al corte del 13 de enero de 2021, el observatorio de Salud de Bogotá reportó que el 28,9% de los casos registrados en Colombia de Covid-19 se encuentran en Bogotá D.C., de tal manera que en la ciudad se han presentado 530.336 casos de los cuales 4.714 fueron confirmados el 13-01-2021.
Que de igual manera, el observatorio de Salud de Bogotá reportó que las localidades con mayor reporte de casos positivos son: Suba con 14,9% de los casos de la ciudad (n= 71.697), seguido por Kennedy con 13,5% (n=65.269), Engativá con 11,3% (n=54.658), Bosa con 7,9% (n=38.076) y Usaquén que presenta el 7,0% (n=34.030); estas cinco localidades aportan el 54,6% de los casos confirmados en el Distrito, además se registran 47.548 casos “Sin dato” de localidad que están en investigación epidemiológica. El 7,3% de los casos se encuentran en estado leve, el 1,2% moderado, el 0,2% en estado grave. Se han recuperado 471.883 personas (89%) y han fallecido 10.829 (2,0%). El 98,6% de los casos se encuentran en casa, el 1,2% en hospitalización general y el 0,24% en Unidades de Cuidado Intensivo-UCI. Del total de unidades de cuidado intensivo destinadas para Covid-19, el 92,7% están ocupadas.
Que en el marco del Plan de Acción Específico de la Calamidad Pública por COVID-19 - Decreto 192 de 2020, en sesión del Consejo Distrital de Gestión del Riesgo y Cambio climático efectuada el día 14 de enero de 2021, se sustentó por parte de la Secretaría Distrital de Hacienda la necesidad de contar con los recursos para complementar las ayudas prioritarias y así atender las necesidades de la población pobre y vulnerable en el marco de la cuarentena estricta que se desarrolla en diferentes localidades del Distrito Capital; para lo cual se requiere un total de 35,003 millones, registrándose un faltante de 16, 897 millones, los cuales se apalancarían con recursos de FONDIGER a cargo de la vigencia 2021.
Que el Secretario de Hacienda, en se calidad de miembro de la Junta Directiva de FONDIGER expone los requerimientos así:
En mérito de lo expuesto acuerda, ACUERDA:
Artículo 1. Conforme a la parte considerativa del presente Acuerdo, se aprueba la reasignación de recursos por valor de ONCE MIL CUATROCIENTOS SESENTA Y CUATRO MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y OCHO MIL QUINIENTOS NOVENTA Y SEIS PESOS M/CTE ($11.464.938.596) a la Secretaría Distrital de Hacienda en la Subcuenta de Manejo de Emergencias, los cuales fueron asignados al IDIGER, mediante el Acuerdo No. 008 de 2020 de la Junta Directiva de Fondiger, en las Subcuentas de Adaptación al Cambio Climático, Reducción del Riesgo, Recuperación y Protección Financiera, de la siguiente manera:
Parágrafo único. Estos recursos serán destinados según lo dispuesto por el Consejo Distrital de Gestión del Riesgo y Cambio Climático en sesión del día 14 de enero de 2021, para la financiación del Numeral 5.9 a cargo de la Secretaría Distrital de Integración Social - Transferencias monetarias – Medios de vida para la atención de la población en el marco de la pandemia del PAE del Decreto 192 de 2020, y serán ejecutados por parte de la Secretaría Distrital de Hacienda.
Artículo 2. Comunicar a las dependencias del IDIGER relacionadas con los procesos financieros con el fin de atender las decisiones adoptadas por la Junta Directiva.
Artículo 3. El presente acuerdo rige a partir de la fecha de su aprobación.
Artículo 4. Publíquese en la gaceta de la Imprenta Distrital.
Dado en Bogotá, Distrito Capital, a los 14 días del mes de enero del año 2021.
CAROLINA URRUTIA VÀSQUEZ
Delegada Alcaldesa Mayor
Presidente GUILLERMO ESCOBAR CASTRO
Director General IDIGER Secretario Técnico |
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