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Resolución Reglamentaria 055 de 2003 Contraloría de Bogotá D.C.

Fecha de Expedición:
25/11/2003
Fecha de Entrada en Vigencia:
25/11/2003
Medio de Publicación:
Registro Distrital 2998 de diciembre 1 de 2003
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 055 DE 2003

(Noviembre 25)

Derogada por el art. 6, Resolución Contraloría Distrital 023 de 2007

Derogada parcialmente por la Resolución de la Contraloría Distrital 02 de 2006 

Por la cual se modifican y adoptan procedimientos relacionados con el Proceso de Gestión Humana de la Contraloría de Bogotá, D. C.

EL CONTRALOR DE BOGOTA, D.C.

En ejercicio de sus atribuciones legales y en especial las que le confiere el Artículo 10 del Acuerdo 24 de 2001; y

CONSIDERANDO:

De conformidad con los literales b) y l) del artículo 4 de la Ley 87 de 1993 "Por la cual se establecen normas para el ejercicio de control interno en las entidades y organismos del Estado y se dictan otras disposiciones", se deben implementar como elementos del sistema de control interno institucional la definición de políticas como guías de acción y procedimientos para la ejecución de procesos, así como, la simplificación y actualización de normas y procedimientos.

Que el artículo 10 del Acuerdo 24 de 2001 del Concejo de Bogotá, D. C., "Por el cual se organiza la Contraloría de Bogotá D.C., se determinan las funciones por dependencias, se fijan los principios generales inherentes a su organización y funcionamiento y se dictan otras disposiciones", fija la estructura organizacional y faculta para establecer y reglamentar la organización interna, la forma de ejercer las funciones a su cargo y el funcionamiento de la Entidad, en armonía con los principios consagrados en la Constitución, la Ley y los Acuerdos.

Que el numeral trece del artículo 42 ibídem, consagra como una de las funciones de la Dirección de Planeación, "Elaborar y actualizar el manual de procedimientos de la Contraloría en coordinación con las demás dependencias".

Que el numeral noveno del artículo 38 ibídem, establece que es función de la Oficina Asesora de Asuntos Disciplinarios "Fijar procedimientos operativos disciplinarios para que los procesos se desarrollen con sujeción a los principios de economía, celeridad, eficacia, imparcialidad y publicidad, buscando así salvaguardar el derecho de defensa y el debido proceso".

Que el numeral primero del artículo 43 ibídem, establece que es función de la Dirección de Generación de Tecnologías, Cooperación Técnica y Capacitación, "Asistir al Contralor de Bogotá y por su conducto a la administración de la Contraloría de Bogotá D.C., en el diseño de la política de capacitación en el área misional".

Que los numerales primero, segundo, cuarto, quinto, sexto y noveno del artículo 49 ídem, establecen las funciones de la Dirección de Talento Humano de dirigir y coordinar los actos administrativos relacionados con las novedades de administración de personal.

Que se requiere contar con un documento que oriente las actividades y operaciones que ejecutan la Oficina Asesora de Asuntos Disciplinarios, la Dirección de Talento Humano y la Dirección de Generación de Tecnologías, Cooperación Técnica y Capacitación

Que la racionalización de los trámites, métodos y procedimientos se constituye en una herramienta fundamental para el sistema de gestión de la calidad y el mejoramiento de la función pública, al facilitar el cumplimiento de las funciones y objetivos institucionales, la delimitación de responsabilidades, la inducción del empleado en su puesto de trabajo, la definición de controles internos y el desarrollo de los sistemas de información en los procesos misionales y administrativos de la Entidad.

Que mediante Resolución Reglamentaria No. 033 del 30 de mayo de 2003 se adoptó el "Procedimiento para la planificación de la capacitación y evaluación de su eficacia".

Que mediante Resolución Reglamentaria No. 014 del 11 marzo de 2003 se adoptó el "Procedimiento para la selección y vinculación de funcionarios a la Contraloría de Bogotá D.C." el cual una vez implementado requiere ser modificado con el propósito de hacerlo más funcional, dentro del proceso de racionalización y mejoramiento continuo de la organización.

Que los procedimientos modificados fueron objeto de revisión y aprobación por la Dirección de Talento Humano y la Dirección de Generación de Tecnologías, Cooperación Técnica y Capacitación, asimismo los nuevos procedimientos que se adoptan fueron objeto de revisión y aprobación por la Oficina Asesora de Asuntos Disciplinarios.

RESUELVE:

ARTICULO PRIMERO.- Adoptar la versión 1.0 de los procedimientos relacionados con el Proceso de Gestión Humana, los cuales se incorporan a este acto administrativo para todos los efectos legales, como se enuncia a continuación:

1. Procedimiento para el traslado de funcionarios del nivel directivo y asesor dentro de las diferentes dependencias de la Contraloría de Bogotá D.C. Versión 1.0

2. Procedimiento ordinario para el trámite del Proceso Disciplinario. Versión 1.0

3. Procedimiento verbal para el trámite del Proceso Disciplinario. Versión 1.0

ARTICULO SEGUNDO.- Adoptar los siguientes procedimientos por cambios de versión, los cuales se incorporan a este acto administrativo para todos los efectos legales, como se enuncian a continuación:

1. Procedimiento para la planificación de la capacitación y evaluación de su eficacia. Versión 3.0

2. Procedimiento para la selección y vinculación de funcionarios a la Contraloría de Bogotá D.C. Versión 2.0

ARTICULO TERCERO.- Delegar en la Dirección de Planeación en coordinación con la Dirección de Talento Humano la actualización de los procedimientos adoptados.

ARTÍCULO CUARTO.- Es responsabilidad del Contralor Auxiliar, Directores y Jefes de Oficinas Asesoras velar por la administración, divulgación, presentación, capacitación y mejoramiento de los procedimientos adoptados.

ARTICULO QUINTO.- La presente Resolución Reglamentaria rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial la Resolución Reglamentaria No. 014 del 10 de marzo de 2003 en la parte correspondiente y la Resolución Reglamentaria No. 033 del 30 de marzo de 2003.

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Bogotá, D.C., a los 25 días del mes de Noviembre de 2003

JUAN ANTONIO NIETO ESCALANTE

Contralor de Bogotá

Nota: Publicado en el Registro Distrital 2998 de diciembre 1 de 2003.