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RESOLUCIÓN REGLAMENTARIA 028 DE 2021
(Octubre 21)
Por la cual se adopta la nueva versión del procedimiento para entrega y recibo de bienes en comodato en la Contraloría de Bogotá, D.C.
EL CONTRALOR DE BOGOTÁ, D.C. (E.F.)
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial las conferidas en el Acuerdo 658 de 2016; modificado por el Acuerdo 664 de 2017, expedidos por el Concejo de Bogotá, D.C., y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 269 de la Constitución Política de Colombia, establece como obligación de las autoridades, diseñar y aplicar en las entidades públicas, métodos y procedimientos de control interno, según la naturaleza de sus funciones, de conformidad con la ley.
Que el artículo 4° de la Ley 87 de 1993[1] , señala entre otros, como elementos del sistema de control interno institucional, la definición de políticas como guías de acción y procedimientos para la ejecución de procesos[2] , así como, la simplificación y actualización de normas y procedimientos[3].
Que según lo señalado en el artículo 6° del Acuerdo 658 de 2016[4], a la Contraloría de Bogotá, D.C., le corresponde definir todos los aspectos relacionados con el cumplimiento de sus funciones en armonía con los principios consagrados en la Constitución, las Leyes y el citado Acuerdo y a la Dirección de Planeación[5], realizar estudios, propuestas e investigaciones de carácter técnico sobre desarrollo administrativo, métodos de trabajo, simplificación, agilización y modernización de trámites y procedimientos y demás asuntos relacionados con la organización, tendientes al mejoramiento de la gestión y de los demás sistemas implementados en la Entidad.
Que mediante Resolución Reglamentaria No. 038 del 08 de octubre de 2018, se actualizó el Modelo Estándar de Control Interno - MECI en la Contraloría de Bogotá, D.C., de conformidad con lo establecido en el artículo 2 del Decreto 1499 de 2017[6], con el fin de incorporar la estructura definida en la Dimensión No. 7[7], Control Interno del Manual Operativo del Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG.
Que mediante Resolución Reglamentaria No. 006 del 09 de febrero de 2018[8], se adoptó la versión 3.0 del Procedimiento para entrega de bienes en comodato, código PGAF-18, el cual requiere ser ajustado para incorporar cambios orientados a actualizar el nombre, definiciones, actividades, registros, puntos de control y observaciones, así como, ampliar el alcance al recibo de bienes en comodato, conforme con el informe de auditoría interna de calidad, vigencia 2019.
Que en mérito de lo expuesto, el Contralor de Bogotá, D.C.,
RESUELVE:
Artículo 1. Adoptar la nueva versión del siguiente procedimiento del Proceso Gestión Administrativa y Financiera:
Artículo 2. Es responsabilidad de los Directores, Subdirectores, Jefes de Oficina y Gerentes, velar por la administración, divulgación y cumplimiento del procedimiento adoptado. Artículo 3. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga las disposiciones que le sean contrarias, en especial el procedimiento identificado en el numeral 2 del artículo primero de la Resolución Reglamentaria Nº 006 de 09 de febrero de 2018.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá D.C., a los 21 días del mes de octubre del año 2021.
JOSÉ ENRIQUE GARCÍA SUÁREZ
Contralor de Bogotá, D.C. (E.F.)
NOTA: Ver Anexo.
NOTAS DE PIE DE PAGINA: [1] Por la cual se establecen normas para el ejercicio de control interno en las entidades y organismos del estado y se dictan otras disposiciones. [2] Literal b. [3] Literal l. [4] Por el cual se dictan normas sobre organización y funcionamiento de la Contraloría de Bogotá, D.C., se modifica su estructura orgánica e interna. se fijan las funciones de sus dependencias. se modifica la planta de personal. y se dictan otras disposiciones [5] Numeral 9 del artículo 38 del precitado Acuerdo. [6] Modificatorio del Decreto 1083 de 2015 [7] Dimensión de obligatorio cumplimiento y aplicación para las entidades y organismos a que hace referencia el artículo 5° de la Ley 87 de 1993 [8] Modificada por la Resolución Reglamentaria N° 003 del 21-01-2019 |