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CIRCULAR 021 DE 2021
(Noviembre 24)
PARA: RECTORES Y RECTORAS DE INSTITUCIONES EDUCATIVAS OFICIALES Y DIRECTORES Y DIRECTORAS LOCALES DE EDUCACIÓN
DE: SECRETARIA DE EDUCACIÓN DEL DISTRITO
FECHA: 24 DE NOVIEMBRE DE 2021
ASUNTO: ORIENTACIONES PARA VALIDAR LA EJECUCIÓN DE LOS PLANES INSTITUCIONALES DE REPOSICIÓN POR PARTE DE RECTORES Y RECTORAS DE LAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS OFICIALES
Respetados rectores, rectoras, directores y directoras locales, reciban un cordial saludo.
Atendiendo lo definido en la Circular No.17 del 4 de julio de 2021 del Ministerio de Educación Nacional (MEN), especialmente lo relacionado con la orientación i) Plan de reposición de tiempo de trabajo académico presencial con los estudiantes, sobre el cumplimiento y completitud de los programas y aprendizajes según el Proyecto Educativo Institucional (PEI) de cada Institución Educativa Distrital (IED); la Secretaría de Educación del Distrito (SED) invita a los rectores y rectoras a validar el cumplimiento efectivo de los planes construidos por las y los docentes, en atención a la Circular No.17 del 14 de agosto de 2021, emitida por esta entidad, con el fin de orientar la construcción de los planes institucionales de reposición 2021.
Como se señaló en la Circular No. 17 del 14 de agosto de 2021: “el Plan Institucional de reposición es una oportunidad para fortalecer el trabajo pedagógico de la comunidad educativa del Distrito en el marco del cese de actividades, para responder a los desafíos educativos y avanzar con la implementación de propuestas innovadoras para posicionar la Educación de Bogotá en primer lugar”. En ese sentido, consideramos de vital importancia conocer a través de los rectores y rectoras, como líderes de las IED, si la ejecución de los planes se realizó según lo acordado a nivel institucional. Al indicar que el “Plan individual de reposición” se cumplió, se entiende que según el caso de los y las docentes, directivos docentes o docentes orientadores, se implementaron las acciones acordadas, en los tiempos previstos y con el nivel de desarrollo esperado para aportar al plan institucional de reposición.
En relación con lo anterior y para apoyar el proceso de validación, reconociendo el rol de liderazgo de las y los rectores de las IED, como garantes de la planeación y ejecución de las actividades pedagógicas, la Secretaría de Educación atentamente les solicita el uso del aplicativo “Plan de Reposición” (https://acortar.link/9Dfv0T), conforme las siguientes orientaciones:
Se dispone de una opción en el aplicativo en la que se solicita que cada rectora o rector ingrese e indique si el o la docente, directivo docente, docente orientador cumplió en su totalidad, con lo acordado en el “Plan individual de reposición”.
Para orientar el proceso de validación y uso del aplicativo, se anexa a esta circular el instructivo para acceder al aplicativo y se detalla la funcionalidad de los botones dispuestos para informar sobre el cumplimiento del “Plan individual de reposición”.
Esta opción se encontrará disponible y habilitada desde el 26 de noviembre y hasta el 3 diciembre de 2021.
Con respecto al resultado de la validación de cumplimiento del “Plan individual de reposición”, el rector o la rectora de la IED deberá reportar a la Oficina de Personal la situación particular con el tiempo no recuperado. Esto a través del “Reporte de Ausentismo Laboral no Justificado” que se explica en la Circular No. 011 del 18 de junio de 2021 expedida por la Secretaría de Educación del Distrito.
Para el caso de los “Planes individuales de reposición” que fueron rechazados durante los meses de agosto, septiembre y octubre, cada rectora o rector deberá atender al procedimiento que se indicó en la Circular No. 011 del 18 de junio de 2021 relacionado con “Reporte de Ausentismo Laboral no Justificado” a la Oficina de Personal.
El proceso de validación de cumplimiento o incumplimiento de los “Planes individuales de reposición”, así como la implementación del procedimiento que se indicó en la Circular No. 011 del 18 de junio de 2021, relacionado con “Reporte de Ausentismo Laboral no Justificado” a la Oficina de Personal, se adelantarán hasta el día 3 de diciembre de 2021, fecha en la que se cierra el proceso, atendiendo a los tiempos del calendario escolar establecidos en el ARTÍCULO 4º. Vacaciones de las y los directivos(as) docentes y de las y los docentes, de la Resolución No. 1739 del 30 de octubre de 2020. Es importante resaltar que el reporte de ausentismo debe ser realizado por el rector o la rectora de la respectiva Institución, siguiendo estrictamente el trámite dispuesto en la Circular antes mencionada.
Reiteramos el agradecimiento por la dedicación con la que cada actor de las IED formuló y realizó seguimiento a los planes individuales de reposición, sumando entre todos esfuerzos que nos permiten garantizar el derecho a la educación de los y las estudiantes de la ciudad.
Cordial saludo,
EDNA CRISTINA BONILLA SEBÁ
Secretaria de Educación del Distrito |