| Cargando el Contenido del Documento | |
| Por favor espere... |
|
RESOLUCIÓN 2524 DE 2022
(enero 26)
Por la cual se modifica el artículo primero de la Resolución número 6089 del 30 de junio de 2021
El Registrador Nacional del Estado Civil, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las consagradas en el inciso 2 del artículo 266 de la Constitución Política, numeral 2 del artículo 26 del Decreto Ley 2241 de 1986, artículo 6° de la Ley Estatutaria 1475 de 2011, numeral 11 del artículo 5° del Decreto Ley 1010 de 2000, y
CONSIDERANDO:
Que mediante Resolución número 1041 del 24 de marzo de 2021, por la cual se fija la fecha para la realización de consultas populares, internas o interpartidistas de los partidos y movimientos políticos con personería jurídica y/o de los grupos significativos de ciudadanos, para la adopción de sus decisiones o escogencia de sus candidatos a la Presidencia de la República para el año 2022.
Que en el artículo segundo de la Resolución 1041 de 2021 el Consejo Nacional Electoral estableció: En caso de que se solicite la realización de consultas para la escogencia de candidatos a la Presidencia de la República, los precandidatos podrán inscribirse ante la Registraduría Nacional del Estado Civil hasta el once (11) de febrero de dos mil veintidós (2022).
Que la Registraduría Nacional del Estado Civil, a través del doctor Nicolás Farfán Namén, Registrador Delegado en lo Electoral, remitió el oficio RDE-060 del 21 de enero de 2022, en el cual solicita: (…) se modifique la fecha límite de inscripción de precandidato(as) a la Presidencia de la República para el primero (1°) de febrero de 2022 y así contar con el tiempo suficiente para garantizar el ejercicio del sufragio por parte de los colombianos en el exterior a partir del lunes 7 de marzo (…)”.
Que en atención a dicha solicitud, el Consejo Nacional Electoral convocó a las diferentes organizaciones políticas que manifestaron su interés de participar en las consultas del próximo 13 de marzo con el fin de socializar las razones expuestas por la Registraduría Nacional del Estado Civil.
Que mediante Resolución 0742 del 25 de enero de 2022 el Consejo Nacional Electoral modificó el artículo segundo de la Resolución número 1041 de 2021.
Que en virtud de lo anteriormente expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1°. Modificar el artículo 1° de la Resolución número 6089 del 30 de junio de 2021 “por la cual se establece el calendario electoral para la realización de consultas populares, internas o interpartidistas de los partidos y movimientos políticos con personería jurídica y/o grupos significativos de ciudadanos, para la toma de decisiones interinas o escoger sus candidatos, propios o de coalición, a la Presidencia de la República, a realizarse el 13 de marzo de 2022”, el cual quedará así:
Artículo 2°. La presente Resolución rige a partir de su publicación.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los 26 días del mes de enero del año 2022.
El Registrador Nacional del Estado Civil
Alexánder Vega Rocha
El Secretario General
Benjamín Ortiz Torres |