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Decreto 831 de 2022 Nivel Nacional

Fecha de Expedición:
24/05/2022
Fecha de Entrada en Vigencia:
24/05/2022
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7441 del 24 de mayo de 2022.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 831 DE 2022

 

(Mayo 24)

 

Por el cual se modifica el Decreto 822 del 20 de mayo de 2022 "Por el cual se designan delegados presidenciales para procurar por el normal desarrollo de las elecciones de Presidente y Vicepresidente de la República que se realizarán el 29 de mayo de 2022 y se dictan otras disposiciones"

 

EL MINISTRO DEL INTERIOR DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA, DELEGATARIO DE FUNCIONES PRESIDENCIALES MEDIANTE DECRETO 803 DEL 16 DE MAYO DE 2022,

 

En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el artículo 2 del Decreto Ley 2241 de 1986, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante Decreto 822 del 20 de mayo de 2022, se designaron delegados presidenciales para procurar por el normal desarrollo de las elecciones de Presidente y Vicepresidente de la República que se realizarán el 29 de mayo de 2022 y las garantías para el pleno ejercicio de los derechos de los ciudadanos en el territorio nacional, durante esta jornada electoral.

 

Que de conformidad con el artículo 2 ibídem, la doctora María del Rosario Oviedo Rojas, Viceministra de Conectividad y Eduardo José González Ángulo, Director Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres; fueron las personas designadas para realizar el acompañamiento y seguimiento del referido proceso electoral, en calidad de delegados presidenciales, para los departamentos de Boyacá y Nariño, respectivamente.

 

Que se hace necesario el apoyo de la doctora María del Rosario Oviedo Rojas en la ciudad de Bogotá D.C. para el día 29 de mayo de 2022, comoquiera que deberá atender asuntos relativos a la jornada electoral en mención, los cuales se deben desarrollar en el Distrito Capital y, asimismo, cabe precisar que el doctor Eduardo José González Ángulo, se encuentra en periodo de vacaciones en el exterior.

 

Que por lo anterior, se hace necesario modificar el artículo 2 del Decreto 822 del 20 de mayo de 2022, en el sentido de indicar que los delegados presidenciales para procurar por el normal desarrollo de las elecciones de Presidente y Vicepresidente de la República que se realizarán el 29 de mayo de 2022, en los departamentos de Boyacá y Nariño serán la doctora Ana Cristina Moreno Palacios, Presidente Agencia de Desarrollo Rural y el doctor Ramón Alberto Rodríguez Andrade, Director Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas, respectivamente.

 

En mérito de lo expuesto,

 

DECRETA:

 

Artículo 1. Modificación. Modificar el artículo 2 del Decreto 822 del 20 de mayo de 2022, el cual quedará así:

 

“Artículo 2. Delegados. Para el cumplimiento de los propósitos señalados en el artículo primero del presente decreto, se designan los siguientes funcionarios en el distrito capital de Bogotá y en cada uno de los departamentos que se citan a continuación, para que realicen el acompañamiento y seguimiento del proceso electoral:


 



Artículo 2. Vigencia. El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá D.C. a los 24 días del mes de mayo del año 2022.

 

EL MINISTRO DEL INTERIOR

 

DANIEL ANDRÉS PALACIOS MARTÍNEZ