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Resolución 011 de 2022 Secretaría de Educación del Distrito - SED - Subsecretaría de Integración Interinstitucional

Fecha de Expedición:
17/05/2022
Fecha de Entrada en Vigencia:
25/05/2022
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7442 del 25 de mayo de 2022.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 011 DE 2022

 

(Mayo 17)

 

Por la cual se modifica la Resolución 2565 de 28 de agosto de 2002, concediendo al Colegio Instituto Técnico Internacional IED la ampliación del servicio educativo mediante la conversión de la educación Media Académica en educación Media Técnica y se autoriza la expedición del título de Bachiller Técnico, en las especialidades de Auxiliar Administrativo, Auxiliar de Aduanas y Auxiliar de Redes y Telecomunicaciones

 

El SUSCRITO SUBSECRETARIO DE INTEGRACIÓN INTERINSTITUCIONAL (E) DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DEL DISTRITO

 

En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por la Ley 115 de 1994, Ley General de Educación, Ley 715 de 2001, el Decreto 1075 de 2015, el Decreto Distrital 330 de 2008 modificado por el Decreto Distrital 598 de 2019, la Resolución 2684 de 2019, y la Resolución No. 3079 de 2019,

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 2° del Decreto 598 de 2019 establece que, en virtud del literal i), del artículo 5° del Decreto Distrital 330 de 2008, en lo que respecta a la expedición de actos administrativos que se generen a partir de la normativa vigente y en desarrollo de las políticas del Sector Educativo, el despacho del Secretario de Educación del Distrito o su delegado atenderá los trámites de expedición o modificación del Reconocimiento de Carácter Oficial.

 

Que mediante Resolución 2684 del 8 de octubre de 2019, se delegó en el/la Subsecretaria de Integración Interinstitucional la facultad de expedir y modificar Reconocimientos de Carácter Oficial.

 

Que el 08 de febrero de 1994, la Secretaría de Educación Distrital, expidió la Resolución No. 179, “Por la cual se concede la Aprobación de Estudios a un Instituto Docente de Educación Formal”, en la cual se decidió:

 

“ARTÍCULO PRIMERO. – Conceder la APROBACIÓN DE ESTUDIOS por CUATRO (4) años, a partir del año 1993 y hasta 1994 inclusive, para los grados 6º. 7º. 8º. y 9º. del Nivel de Educación Básica Secundaria, de la Modalidad Académica y así como por el año de 1991 los grados 6º. y 7º. y por el año de 1992 los grados 6º. 7º. y 8º del Nivel de Educación Básica Secundaria, al Instituto Docente de Educación Formal denominado CENTRO EDUCATIVO DISTRITAL INSTITUTO TÉCNICO INTERNACIONAL. De naturaleza público, de carácter mixto, que labora en el Calendario A, de la Jornada de la Mañana, que funciona en la Calle 36 No. 112-43, de propiedad de SANTAFE DE BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL y bajo la dirección de la señora ANA INEIRA GUINEA DE RAMÍREZ

 

Que el 08 de febrero de 1994, la Secretaría de Educación Distrital, expidió la Resolución No. 480, “Por la cual se concede la Aprobación de Estudios a un Instituto Docente de Educación Formal”, en la cual se manifestó:

 

“ARTÍCULO PRIMERO. – Conceder la APROBACIÓN DE ESTUDIOS por CUATRO (4) años, a partir del año 1993 y hasta 1994 inclusive, para los grados 6º. 7º. 8º. y 9º. del Nivel de Educación Básica Secundaria, de la Modalidad Académica y así como por el año de 1991 los grados 6º. y 7º. y por el año de 1992 los grados 6º. 7º. y 8º del Nivel de Educación Básica Secundaria, al Instituto Docente de Educación Formal denominado CENTRO EDUCATIVO DISTRITAL INSTITUTO TÉCNICO INTERNACIONAL. de naturaleza público, de carácter mixto, que labora en el Calendario A, de la Jornada de la Tarde, que funciona en la Calle 36 No. 112-43, de propiedad de SANTAFE DE BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL y bajo la dirección de la señora LIGIA MORENO DE TRONCOSO.

 

Que el 19 de marzo de 1997, la Secretaría de Educación Distrital, expidió la Resolución No. 2587, “Por la cual se concede la aprobación de estudios a un instituto docente de educación formal”, en la cual se resuelve:

 

“ARTÍCULO PRIMERO. – Conceder la aprobación de estudios a partir del año 1995, para los niveles de educación básica secundaria de sexto a noveno y educación media décimo y undécimo, modalidad académica, al instituto docente de educación formal denominado CENTRO EDUCATIVO DISTRITAL INSTITUTO TÉCNICO INTERNACIONAL, de naturaleza pública, carácter mixto, calendario A, jornada mañana, ubicado en la calle 36 No 112-43, de propiedad de SANTA FE DE BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL y bajo la dirección de la señora ANA I. GUINEA DE RAMÍREZ.

 

Parágrafo. - De conformidad con el presente articulo el instituto docente puede otorgar el título de bachiller y el correspondiente diploma en la modalidad autorizada.

 

Que el 19 de marzo de 1997, la Secretaría de Educación Distrital, expidió la Resolución No. 2588, “Por la cual se concede la aprobación de estudios a un instituto docente de educación formal”, en la cual se resolvió:

 

“ARTÍCULO PRIMERO. – Conceder la aprobación de estudios a partir del año 1995, para los niveles de educación básica secundaria de sexto a noveno y educación media décimo y undécimo, modalidad académica, al instituto docente de educación formal denominado CENTRO EDUCATIVO DISTRITAL INSTITUTO TÉCNICO INTERNACIONAL, de naturaleza pública, carácter mixto, calendario A, jornada tarde, ubicado en la calle 36 No 112-43, de propiedad de SANTA FE DE BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL y bajo la dirección de la señora LIGIA MORENO DE TRONCOSO.

 

Parágrafo. - De conformidad con el presente articulo el instituto docente puede otorgar el título de bachiller y el correspondiente diploma en la modalidad autorizada.

 

Que el 13 de noviembre de 1998, la Secretaría de Educación Distrital, expidió la Resolución No. 7455, “Por la cual se reconoce oficialmente unas instituciones de Educación Formal, de Naturaleza Oficial, que prestan el Servicio Público Educativo en Santa Fe de Bogotá D.C.” en la que se dispuso:

 

“ARTÍCULO PRIMERO: Autorizar para otorgar el título de bachiller, hasta nueva determinación, según carácter o modalidad y expedir las certificaciones respectivas a los establecimientos educativos de Naturaleza Oficial pertenecientes a la localidad novena (9) de Santa Fe de Bogotá, D.C. que se relacionan a continuación:

 

 

Que el 28 de agosto de 2002, la Secretaría de Educación Distrital, expidió la Resolución No. 2565, “Por la cual se unifica la ADMINISTRACIÓN DEL CED INSTITUTO TÉCNICO INTERNACIONAL, de la localidad 9 de Fontibón, y se dictan otras disposiciones”, en la cual se estableció:

 

“ARTÍCULO 1º. EL CED INSTITUTO TECNICO INTERNACIONAL se denominará en adelante INSTITUCIÓN EDUCATIVA DISTRITAL “INSTITUTO TÉCNICO INTERNACIONAL”, código DANE 11127900169

 

ARTÍCULO 2º. La INSTITUCIÓN EDUCATIVA DISTRITAL “INSTITUTO TÉCNICO INTERNACIONAL” ofrecerá el servicio educativo en los niveles de educación preescolar, básica y media así:

 

- Un grado de preescolar

 

- Nueve grados de educación básica

 

- Dos grados de educación media La institución organizará la prestación del servicio educativo en las jornadas mañana y tarde, en la planta física ubicada en la siguiente dirección:

 

Cr. 112 No. 35-05

 

ARTÍCULO 3º. Unificación de la administración. Se designará a un rector único para la INSTITUCIÓN EDUCATIVA DISTRITAL “INSTITUTO TÉCNICO INTERNACIONAL”, de acuerdo con el procedimiento establecido en la Resolución No. 2101 del 2002.

 

ARTÍCULO 5º. La presente resolución constituye el reconocimiento de carácter oficial de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA DISTRITAL “INSTITUTO TÉCNICO INTERNACIONAL”

 

Que el 6 de abril de 2006, la Secretaría de Educación de Bogotá D.C., expidió la Directiva 001 de 2006, mediante la cual se solicita acatar las disposiciones contenidas en la Resolución 4702 de 2004 “… y por lo tanto, en adelante el nombre de nuestros establecimientos educativos debe estar precedido por la expresión Colegio. Dicha denominación deberá aparecer en el papel membreteado, pancartas, vallas, o cualquier otra presentación oficial del Colegio adicionando debajo del nombre en tamaño menor la expresión Institución Educativa Distrital o Centro Educativo Distrital, según corresponda.” (sic).

 

Que el 25 de marzo de 2009, la Secretaría de Educación de Bogotá D.C., expidió la Resolución No. 730, “Por la cual se autoriza la incorporación de colegios distritales al programa experimental de articulación de la educación media con la educación superior del Distrito capital”, en la cual se resuelve:

 

“ARTÍCULO 1º. Incorporar para todos los efectos legales a la Resolución No. 480 de 2008, con la cual se otorga la condición de experimental a los siguientes colegios:

 

 

Que mediante comunicación dirigida a la Subsecretaría de Integración Interinstitucional con radicado I- 2021- 99190 del 25 de noviembre de 2021, el Rector del Colegio Instituto Técnico Internacional IED presentó: “Solicitud de modificación del reconocimiento de carácter oficial – RCO- del Colegio Instituto Técnico Internacional - Localidad de Fontibón. “, en la cual se refiere la necesidad de ampliación del servicio educativo en el siguiente sentido:

 

(…) “La comunidad educativa conoce de este propósito ya que se ha socializado con ella y con los órganos del gobierno escolar. Fruto de esta puesta en común, hemos decidido ofertar tres especialidades:

 

1. Auxiliar Administrativo.

 

2. Auxiliar en Aduanas.

 

3. Auxiliar en Redes y Tecnologías de la Información.”

 

Que mediante comunicación dirigida a la Dirección de Inspección y Vigilancia de la Secretaría de Educación con radicado I-2021-8762 de 21 de enero de 2022 la Dirección de Construcción y Conservación de Establecimientos Educativos, informó:

 

(…) “no es posible emitir el concepto solicitado, toda vez que dentro de la resolución citada se determina que solo se requiere el pronunciamiento de la Dirección de Construcciones cuando la modificación del reconocimiento de carácter oficial implica la ampliación del servicio con planta física adicional y la apertura de nuevas sedes. Situación que no se presenta en este caso”

 

Que mediante comunicación dirigida a la Dirección de Inspección y Vigilancia de la Secretaría de Educación con radicado I-2021-8255 de 20 de enero de 2022 la Dirección de Cobertura, conceptuó:

 

(…) “Teniendo en cuenta la información anterior, y con el fin de dar celeridad a la solicitud presentada por la IED, la Dirección de Cobertura no encuentra impedimento para que el colegio Instituto Técnico Internacional IED cuente con las nuevas especialidades para su oferta educativa, siempre que tenga en cuenta que:

 

1. La apertura de nuevas modalidades de profundización o especialidades que adopte la IED no deben afectar la proyección de oferta para las vigencias posteriores, según lo definido en los Artículos 16 y 17 de la Resolución 1913 del 2021 “Por la cual se establece el proceso de gestión de la cobertura 2021 – 2022 en el Sistema Educativo Oficial de Bogotá D.C.”.

 

2. La IED debe garantizar la continuidad de los estudiantes que tiene en su matrícula sin importar la profundidad o especialidad que cursen. En caso de no poder hacerlo, deberá coordinar con la Dirección Local de Educación de Fontibón los convenios de continuidad a los que haya lugar, tal como se define en el Numeral 7 del Artículo 13 “Responsabilidades de los rectores y directores de las IED” de la Resolución 1913 del 2021.

 

3. La IED debe dar cumplimiento a los lineamientos de aforo dados por la Dirección de Construcción y Conservación de Establecimientos Educativos – DCCEE y el Plan Maestro de Equipamientos Educativos adoptado mediante el Decreto Distrital 449 de 2006, modificado por los Decretos Distritales 174 de 2013, 475 de 2017 y 052 de 2019.

 

4. Definir junto a la Dirección Local de Educación de Fontibón y la Dirección de Cobertura, los criterios para la asignación de estudiantes nuevos que provengan de Instituciones Educativas con alguna especialidad afín o diferente a las que tiene la IED.”

 

Que mediante comunicación dirigida a la Dirección de Inspección y Vigilancia de la Secretaría de Educación con radicado I-2022-14531 de 04 de febrero de 2022 la Dirección Local de Educación de Fontibón, manifestó:

 

La modificación del reconocimiento de carácter oficial – RCO del Colegio Instituto Técnico Internacional – Fontibón ES VIABLE para la ampliación del servicio educativo en las siguientes especialidades:

 

1. Auxiliar Administrativo.

 

2. Auxiliar en Aduanas.

 

3. Auxiliar en Redes y Tecnologías de la Información.

 

Lo anterior en virtud de que, por un lado, se ha cumplido con los requerimientos y recomendaciones que se han realizado desde la Dirección de Inspección y Vigilancia, tanto en lo que tiene que ver con la infraestructura física, tecnológica y de inventarios, además de la plataforma curricular pertinente para la educación media técnica.

 

Por otro lado, se cuenta con los convenios de continuidad para la Educación Superior y se están implementando los espacios para la práctica empresarial de los estudiantes. Sin perjuicio de lo anterior se cuenta con la planta docente disciplinar nombrados por la Secretaría de Educación Distrital, y solo quedaría por nombrar tres (3) docentes de inglés, como quiera que en la modalidad de media técnica es necesario e imperativo intensificar y formar en este idioma según la especialidad, lo cual hace parte fundamental del Proyecto de Bilingüismo, que en la actualidad se implementa en el colegio. (…)

 

Que mediante comunicación dirigida a la Subsecretaría de Integración Interinstitucional con radicado I- 2022- 47406 de 07 de mayo de 2022, la Dirección de Inspección y Vigilancia, remite concepto técnico pedagógico de viabilidad para la expedición del acto administrativo de modificación de Reconocimiento de Carácter Oficial solicitado por el Colegio Instituto Técnico Internacional IED, en el cual señaló:

 

“V. CONCEPTO TÉCNICO PEDAGÓGICO.

 

Verificado el cumplimiento de requisitos para la implementación de la educación media técnica en el COLEGIO INSTITUTO TÉCNICO INTERNACIONAL, IED, se emite concepto de viabilidad para:

 

1. La modificación del Reconocimiento de Carácter Oficial, concedido mediante Resolución 2565 de 2002, por conversión de la educación Media Académica en educación Media Técnica con las especialidades: Auxiliar Administrativo, Auxiliar de Aduanas y Auxiliar de Redes y Telecomunicaciones, al COLEGIO INSTITUTO TÉCNICO INTERNACIONAL IED.

 

2. Autorizar al COLEGIO INSTITUTO TÉCNICO INTERNACIONAL IED, la expedición del título de Bachiller Técnico en las especialidades: 1. Auxiliar Administrativo, 2. Auxiliar de Aduanas, y


3. Auxiliar de Redes y Tecnologías de la Información, a quienes culminen satisfactoriamente la educación Media Técnica a partir del año 2022.

 

3. Las demás partes de la resolución 2565 de 2002, no son objeto de modificación alguna.

 

En mérito de lo expuesto y atendiendo la solicitud de modificación del Reconocimiento de Carácter Oficial (RCO) del COLEGIO INSTITUTO TÉCNICO INTERNACIONAL IED, el Subsecretario de Integración Interinstitucional (E).

 

RESUELVE:

 

Artículo 1. MODIFICAR la Resolución 2565 de 28 de agosto de 2002, en el sentido de AUTORIZAR al COLEGIO INSTITUTO TÉCNICO INTERNACIONAL IED, la ampliación del servicio educativo mediante la conversión de la educación Media Académica en educación Media Técnica para las especialidades de Auxiliar Administrativo, Auxiliar de Aduanas y Auxiliar de Redes y Telecomunicaciones.

 

Artículo 2. AUTORIZAR al COLEGIO INSTITUTO TÉCNICO INTERNACIONAL IED, la expedición del título de Bachiller Técnico en las especialidades de Auxiliar Administrativo, Auxiliar de Aduanas, y Auxiliar de Redes y Tecnologías de la Información, a quienes culminen satisfactoriamente la educación Media Técnica a partir del año 2022. 


Artículo 3. AUTORIZAR al COLEGIO INSTITUTO TÉCNICO INTERNACIONAL IED, para emitir los conceptos de carácter evaluativo integral y expedir las certificaciones respectivas.

 

Artículo 4. De conformidad con lo establecido en la Resolución 4702 de 2004, el nombre de la Institución Educativa es COLEGIO INSTITUTO TÉCNICO INTERNACIONAL IED.

 

Artículo 5. Las demás partes de la Resolución 2565 de 28 de agosto de 2002 no sufren modificación alguna.

 

Artículo 6. Registrar el presente acto administrativo en el Directorio Único de Establecimientos Educativos del SINEB – DUE del Ministerio de Educación Nacional.

 

Artículo 7. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación de conformidad con lo dispuesto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (ley 1437 de 2011, artículo 65) y deberá ser fijada en un lugar visible del Colegio, de la Secretaría de Educación del Distrito y en la página virtual de la Secretaría de Educación del Distrito.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 17 días del mes de mayo del año 2022.

 

EDWIN ALBERTO USSA CRISTIANO

 

Subsecretario de Integración Interinstitucional (E)