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Acuerdo 38 de 1975 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
10/12/1975
Fecha de Entrada en Vigencia:
18/12/1975
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 38 DE 1975

(Diciembre 18)

"Por el cual se aprueban los proyectos de Presupuesto de las Empresas Descentralizadas y Fondos Rotatorios del Distrito Especial de Bogotá".

EL CONCEJO DE BOGOTA DISTRITO ESPECIAL

Ver el Acuerdo Distrital 7 de 1982 , Ver el Decreto Distrital 1138 de 2000

ACUERDA:

ARTICULO 1. Apruébanse los proyectos de Presupuesto de las Empresas Descentralizadas y Fondos Rotatorios del Distrito Especial de Bogotá, reajustando las transferencias de la Administración Centra de acuerdo con el monto real de las partidas incluidas en el Presupuesto Ordinario, con las recomendaciones aprobadas por la Comisión de Presupuesto así:

Empresa de Energía Eléctrica

$2.772.424.000

Empresa de Acueducto y Alcantarillado

2.282.3000.000

(incluido déficit presupuestal de 355´900.000)

 

Empresa de Teléfonos de Bogotá

1.830.640.000

Instituto de Desarrollo Urbano

1.343.248.700

Empresa Distrital de Transportes Urbanos

763.728.934

(incluidos déficit presupuestal de 355´467.848)

 

Caja de Previsión Social Distrital

422.024.000

Lotería de Bogotá

338.709.149

(incluido déficit presupuestal de 25´263.473)

 

Empresa de Servicios Públicos

332.039.627

Caja de Vivienda Popular

206.390.549

Favidi

151.051.577

Universidad Francisco José de Caldas

89.606.724

Centro de Sistematización y Servicios Técnicos

46126.775

Fondo de Ventas Populares

33.038.972

Orquesta Filarmónica de Bogotá

24.736.144

Fondo Rotatorio de Secretaría de Educación

12.120.560

Instituto Distrital de Turismo

7.834.385

Fondo de Desarrollo Popular Deportivo y Cultural

7.015.000

Fondo Rotatorio Laboratorio y Suelos

898.600

ARTÍCULO 2. Este Acuerdo rige desde la fecha de su sanción.

Dado en Bogotá, D.E., a los diez (10) días del mes de Diciembre de mil novecientos setenta y cinco (1975).

CECILIA SALAZAR DE OWEN

ALVARO AYALA M,.

Presidente

Secretario

Alcaldía Mayor del Distrito Especial de Bogotá, Diciembre 18 de 1975

LUIS PRIETO OCAMPO

Alcalde Mayor del Distrito Especial de Bogotá

JESID CASTAÑO GONZÁLEZ

JOSE BONILLA ROMERO

Secretario de Hacienda

Secretario General