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RESOLUCIÓN 437 DE 2022
(Julio 07)
Por la cual se adiciona el presupuesto de gastos e inversión de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte para la vigencia 2022
EL SECRETARIO DE DESPACHO LA SECRETARÍA DISTRITAL DE CULTURA, RECREACIÓN Y DEPORTE
En uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el Acuerdo Distrital 257 de 2006 y el Decreto Distrital 340 de 2020 y,
CONSIDERANDO:
Que el Acuerdo Distrital 257 de 2006 en su artículo 90 establece para el Sector Cultura, Recreación y Deporte como misión garantizar las condiciones para el ejercicio efectivo, progresivo y sostenible de los derechos a la cultura, a la recreación y al deporte de los habitantes del Distrito Capital, así como fortalecer los campos cultural, artístico, patrimonial y deportivo.
Que el Decreto Distrital 340 de 2020 en concordancia con el artículo 94 del Acuerdo Distrital 257 de 2006 señala como objeto de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - SCRD el de “…orientar y liderar la formulación concertada de políticas, planes y programas en los campos cultural, patrimonial, recreativo y deportivo del Distrito Capital en coordinación con la Secretaría Distrital de Planeación y con la participación de las entidades a ella adscritas y vinculadas y la sociedad civil.”
Que el Decreto Distrital 192 de 2021 “Por medio del cual se reglamenta el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital y se dicta otras disposiciones” establece en el parágrafo del artículo 11 sobre la modificación de las apropiaciones lo siguiente: “Artículo 11°. Modificaciones de las apropiaciones. Cuando fuere necesario aumentar o reducir la cuantía de las apropiaciones, además de lo establecido en el Estatuto Orgánico de Presupuesto Distrital, los establecimientos públicos deberán entregar a la Secretaría Distrital de Hacienda el Acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos con el concepto previo favorable de la adición o reducción presupuestal solicitada. Parágrafo. Cuando se trate de modificaciones de gastos de inversión, se requerirá además que las entidades del Distrito cuenten con el concepto favorable de la Secretaría Distrital de Planeación.”
Que la Resolución SDH No 191 del 22 de septiembre de 2017, mediante la cual se expide el Manual Operativo Presupuestal del Distrito Capital, en el numeral 3.2.1.4. establece lineamientos para realizar los ajustes presupuestales derivados de traslados presupuestales.
Que, como iniciativa distrital, en el 2020 se crea el Programa "Apoyo y fortalecimiento de las actividades económicas del sector cultural y creativo de Bogotá para la adaptación y transformación productiva”, también denominado “Es Cultura Local - ECL”, en el marco de la Estrategia de Mitigación y Reactivación Económica Local, con el objetivo de fortalecer los procesos productivos de los agentes que desarrollan actividades en los campos relacionados con la cultura y la creatividad en las localidades.
Que se estableció articular los esfuerzos de la Secretaría Distrital de Gobierno, los Fondos de Desarrollo Local y las entidades del Sector Cultura para iniciar una segunda versión del programa denominado: Es Cultura y Deporte Local en 2021, orientado en dos componentes: i) Convocatorias a través del Programa Distrital de Estímulos y ii) Ejecución de las iniciativas financiadas con Presupuestos Participativos.
Que la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte - SCRD, las entidades adscritas, la vinculada y los Fondos de Desarrollo Local - FDL, suscribieron el Convenio Interadministrativo Marco No. 331 celebrado entre la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte -SCRD- La Fundación Gilberto Alzate Avendaño -FUGA-, el Instituto Distrital De Las Artes -IDARTES, la Orquesta Filarmónica de Bogotá - OFB, el Instituto Distrital de Patrimonio Cultural - IDPC- Canal Capital y el Fondo de Desarrollo Local de Chapinero; el Fondo de Desarrollo Local de Suba; el Fondo de Desarrollo Local de Barrios Unidos; el Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo; el Fondo de Desarrollo Local de Engativá; el Fondo de Desarrollo Local de Usaquén; el Fondo de Desarrollo Local de Santa Fe; el Fondo de Desarrollo Local de Mártires; el Fondo de Desarrollo Local Ciudad Bolívar; el Fondo de Desarrollo Local de San Cristóbal; el Fondo de Desarrollo Local de Kennedy; el Fondo de Desarrollo Local de Fontibón; el Fondo de Desarrollo Local de Usme; el Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe; el Fondo de Desarrollo Local de Bosa; el Fondo de Desarrollo Local Antonio Nariño; el Fondo de Desarrollo Local de Puente Aranda; el Fondo de Desarrollo Local de Tunjuelito y el Fondo de Desarrollo Local de Sumapaz; y los Convenios Interadministrativos No. 356 de 2021 suscrito entre la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, la Fundación Gilberto Alzate Avendaño – FUGA el Fondo de Desarrollo Local de los Martires y el Fondo de Desarrollo Local de Santa Fe y 359 del 2021, suscrito entre la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, el Instituto Distrital de las Artes – IDARTES y el Fondo de Desarrollo Local de Bosa, el Fondo de Desarrollo Local de Suba, el Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe, el Fondo de Desarrollo Local de Usaquén, el Fondo de Desarrollo Local de Puente Aranda, el Fondo de Desarrollo Local de Chapinero, el Fondo de Desarrollo Local de Barrios Unidos, el Fondo de Desarrollo Local de Kennedy, el Fondo de Desarrollo Local de Fontibón, el Fondo de Desarrollo Local de San Cristóbal, el Fondo de Desarrollo Local de Antonio Nariño, el Fondo de Desarrollo Local de Usme, el Fondo de Desarrollo Local de Engativá, el Fondo de Desarrollo Local de Ciudad Bolivar y el Fondo de Desarrollo Local de Sumapaz con el objetivo principal de aunar esfuerzos técnicos, administrativos y financieros con el fin de desarrollar acciones articuladas entre las partes, orientadas a fomentar la generación y circulación de bienes y servicios culturales, artísticos y patrimoniales en el marco del programa "Es Cultura Local 2021”, para los componentes A (presupuestos participativos) y B (fomento).
Que, en desarrollo de los mencionados convenios, en la vigencia 2021 se incorporan a la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte el valor de $8.592.164.193 para llevar a cabo el programa de ECL 2021. Que, al cierre de la vigencia 2021 de estos recursos incorporados a la SCRD se presenta un saldo sin ejecutar por $1.564.336.935.
Que, de acuerdo con lo establecido en las Cláusulas Quintas de los Convenios 356 y 359 de 2021, se adelantaron las sesiones de los respectivos comités técnicos ordinarios, desarrollados el 23 y 25 de marzo de 2022, en las cuales se aprobó, por mayoría, la prórroga de los mismos hasta el 30 de diciembre de 2022. Así mismo, se aprobaron las propuestas planteadas por la SCRD, con el fin de contar con alternativas de fortalecimiento a los beneficiarios de ECL 2021, basado en el cumplimiento de las obligaciones establecidas en los Convenios y con la optimización de los recursos dispuestos para tal fin, que para el caso corresponde a los saldos sin comprometer al cierre de la vigencia 2021. Con base en ello, cada FDL definió la utilización e implementación de los saldos, donde se presentan acciones a desarrollar y distribución de los recursos a incorporar por parte de la SCRD y de igual manera los recursos a reintegrar a los FDL, de la siguiente manera: Reintegro a FDL $222.424.684 adicionar a la SCRD $1.341.912.251.
Que, con lo anterior, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte requiere adicionar al presupuesto los recursos por valor de MIL TRES CUARENTA Y UN MILLONES NOVECIENTOS DOCE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y UN PESOS M/Cte. ($1.341.912.251), en el marco del Plan Distrital de Desarrollo “Un Nuevo Contrato Social y Ambiental para la Bogotá del Siglo XXI”.
Que, los MIL TRES(sic) CUARENTA UN MILLONES NOVECIENTOS DOCE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y UN PESOS M/Cte. ($1.341.912.251) se requiere adicionar recursos de la siguiente manera: por valor de setecientos un millón ochocientos treinta y tres mil novecientos cincuenta y cinco pesos, M/cte. ($701.833.955) al proyecto de inversión No.7884 Formación y cualificación para agentes culturales y ciudadanía en Bogotá, con el fin de adelantar el proceso de selección de agentes culturales de los Fondos de Desarrollo Local, la identificación de las experiencias, el proceso de intercambio de experiencias con los constructores locales, seleccionados, así como la gestión administrativa necesaria.
Que desde el proyecto 7881 Generación de desarrollo social y económico sostenible a través de actividades culturales y creativas en Bogotá, se requieren adicionar recursos para el proceso de fortalecimiento y cualificación de beneficiarios ECL 2021- el valor de seiscientos cuarenta millones setenta y ocho mil doscientos noventa y seis pesos M/Cte. ($640.078.296) para fortalecer aproximadamente a ciento cincuenta y ocho (158) agentes.
Que mediante comunicación con radicado 2-2022-81143 del 28 de junio de 2022, la Secretaría Distrital de Planeación conceptuó favorablemente sobre la adición propuesta al Presupuesto de Gastos e Inversiones de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte para la presente vigencia fiscal, el cual hace parte integral del presente acto administrativo.
Que, en mérito de lo anterior,
RESUELVE:
Artículo 1. Adicionar al Presupuesto de Gastos e Inversiones de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte para la vigencia 2022, por valor de MIL TRES CUARENTA Y UN MILLONES NOVECIENTOS DOCE MIL DOSCIENTOS CINCUENTA Y UN PESOS M/Cte. ($1.341.912.251), según el siguiente detalle:
CRÉDITOS
Artículo 2. Ordenar a la Oficina Asesora de Planeación de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte remitir copia de la presente resolución a la Secretaría Distrital de Hacienda y a la Secretaría Distrital de Planeación.
Artículo 3. Ordenar al Grupo Interno de Trabajo de Gestión Financiera publicar la presente resolución en la Página Web de la entidad, en el sitio de presupuesto general del link de transparencia.
Artículo 4. Ordenar a la Dirección de Gestión Corporativa de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte publicar el presente acto administrativo en la Gaceta Distrital y en Régimen Legal de Bogotá.
Artículo 5. La presente Resolución rige a partir de la fecha de la aprobación de la operación presupuestal por parte de la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda y contra ella no proceden los recursos de Ley, de conformidad con el artículo 75 de la Ley No. 1437 de 2011.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá D.C., a los 07 días del mes de julio del año 2022.
NICOLÁS FRANCISCO MONTERO DOMÍNGUEZ
Secretario de Despacho
Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte |