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Resolución 047 de 2022 Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología - ATENEA

Fecha de Expedición:
24/06/2022
Fecha de Entrada en Vigencia:
24/06/2022
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7487 del 26 de julio de 2022.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 047 DE 2022

 

(Junio 24)

 

Por la cual se establece el día del servidor público en la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología “Atenea”

 

EL DIRECTOR GENERAL DE LA AGENCIA DISTRITAL PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR, LA CIENCIA Y LA TECNOLOGÍA “ATENEA”

 

En uso de sus facultades legales, en especial las que le confiere el artículo 11 del Decreto Distrital 273 de 2020, el artículo 9 del Acuerdo 2 del Consejo Directivo de ATENEA, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Decreto Nacional 2865 de 2013, que posteriormente fue compilado por el Decreto Nacional 1083 de 2015 “Por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Función Pública”, en su artículo 2.2.15.1. señala:

 

“Declarase el 27 de junio de cada año, como día nacional del servidor público. En este día las entidades deberán programar actividades de capacitación y jornadas de reflexión institucional dirigidas a fortalecer su sentido de pertenencia, la eficiencia, la adecuada prestación del servicio, los valores y la ética del servicio en lo público y el buen gobierno. Así mismo, las entidades deberán adelantar actividades que exalten la labor del servidor público”.

 

Que la Resolución 1550 de 2009 de la Secretaría de Educación del Distrito, entidad que funge como cabeza del Sector Administrativo de Educación de Bogotá D.C., establece como día del servidor administrativo el último viernes de junio de cada año.

 

Que la Alcaldesa Mayor de Bogotá D.C., en ejercicio de las facultades otorgadas por el artículo 132 del Acuerdo Distrital 761 de 2020, -Plan de desarrollo económico, social, ambiental y de obras públicas del Distrito Capital 2020-2024 “Un nuevo contrato social y ambiental para la Bogotá del siglo XXI”,- expidió el Decreto Distrital 273 de 2020, mediante el cual se creó la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología “Atenea”.

 

Que el artículo 11 del referido Decreto Distrital estableció dentro de las funciones del Director General de la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología “Atenea”, definir los lineamientos en materia de recursos humanos, financieros, materiales técnicos y tecnológicos, de acuerdo con la ley y los estatutos, ordenar el estricto cumplimiento de las normas vigentes de administración de talento humano y dictar las disposiciones necesarias para su administración, así como expedir los actos administrativos necesarios para cumplir lo dispuesto en el ordenamiento jurídico, los estatutos y las decisiones del Consejo Directivo.

 

Que según el numeral 15 de las consideraciones del Convenio marco de coadyuvancia y colaboración entre la Secretaría de Educación del Distrito -SED- y la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología “Atenea”, suscrito el 12 de noviembre de 2021, la Agencia Atenea, como entidad descentralizada, operará bajo la orientación de la SED y coadyuvará al cumplimiento de metas y objetivos del sector, garantizando la prestación de servicios y ejecución de proyectos, tal como lo prevé el artículo 27 del Acuerdo Distrital 257 de 2006 y el artículo 6º del Decreto Distrital 273 de 2020.

 

En mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

Artículo 1. Establecer el último viernes del mes de junio de cada vigencia como el día del servidor público de la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología “ATENEA”, para lo cual propiciará un espacio de integración.

 

Parágrafo. El espacio de integración podrá ser definido por la Subgerencia de Gestión Administrativa de la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología “ATENEA”, en la misma fecha establecida en este artículo o en fecha posterior a aquella.

 

Artículo 2. Los jefes inmediatos garantizarán que el personal administrativo participe de las actividades organizadas por la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología “ATENEA”.

 

Artículo 4(sic). La presente Resolución rige a partir de su expedición.

 

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 24 días del mes de junio del año 2022.

 

GERMÁN BARRAGÁN AGUDELO

 

Director General