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Resolución 008 de 2022 Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal - CONFIS

Fecha de Expedición:
10/08/2022
Fecha de Entrada en Vigencia:
13/08/2022
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7504 del 12 de agosto del 2022.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 008 DE 2022

 

(Agosto 10)

 

Por la cual se aprueba una adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre del año 2022 de la Empresa Lotería de Bogotá

 

EL CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL - CONFIS

 

En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas en el artículo 10° del Decreto Distrital 714 de 1996 y el artículo 27° del Decreto Distrital 662 de 2018, modificado por el artículo 3° del Decreto Distrital 191 de 2021, y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que conforme a lo estipulado en el artículo 10° literal (e) del Decreto Distrital 714 de 1996, corresponde al CONFIS aprobar y modificar mediante resolución el Presupuesto de Ingresos y Gastos de las Empresas Industriales y Comerciales del Distrito Capital y de las Sociedades de Economía Mixta con el régimen de aquellas.

 

Que conforme a lo estipulado en el artículo 27° del Decreto Distrital 662 de 2018, modificado por el artículo 3° del Decreto Distrital 191 de 2021 corresponde al CONFS Distrital aprobar las modificaciones presupuestales que afecten el valor total de los ingresos, gastos de funcionamiento, servicio de la deuda y gastos de inversión, previo concepto favorable de la Junta o Consejo Directivo de la empresa y de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto.

 

Que de acuerdo con el numeral 4° del reglamento interno adoptado en la sesión del 31 de enero de 2020, le corresponde al CONFIS mediante resolución suscrita por la Secretaria Técnica y el Secretario Distrital de Hacienda notificar las decisiones aprobatorias aplicables a las Empresas Distritales.

 

Que el Consejo Distrital de Política Económica y Fiscal - CONFIS, mediante Resolución No. 016 del 30 de octubre de 2021, aprobó “el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de las Empresas Industriales y Comerciales del orden distrital - EICD: Aguas de Bogotá E.S.P., Empresa de Renovación y Desarrollo Urbano, Canal Capital, Lotería de Bogotá, Transmilenio S.A., Empresa Metro de Bogotá S.A. y Capital Salud EPS-S”

 

Que según la Resolución citada en precedencia, se aprobó el Presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones de la Empresa Lotería de Bogotá en $191.640.911.000, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2022.

 

Que la Empresa Lotería de Bogotá, requiere efectuar una adición al Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones vigencia 2022 por valor total de $15.535.547.000, teniendo en cuenta que en lo corrido del año 2022, la Empresa ha presentado un nivel de recuperación de las ventas post pandemia mejor al esperado al momento de realizar las proyecciones del presupuesto inicial del año 2022.

 

Que la Junta Directiva de la Lotería de Bogotá, mediante Acuerdo No. 13 del 30 de Junio del 2022, dio concepto favorable a la adición presupuestal, al Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones para la vigencia 2022 por valor total de $15.535.547.000, de la siguiente manera.

 

 

Que el CONFIS Distrital en sesión N° 13 del 26 de julio de 2022, de acuerdo con el análisis de las justificaciones aportadas y la recomendación de la Secretaria Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto aprobó una adición al Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la vigencia 2022 de la Empresa Lotería de Bogotá, por valor total de $15.535.547.000, con el fin de apropiar los ingresos que la Empresa percibirá como adicionales por concepto de la venta de lotería, apuestas permanentes o chance y por premios no reclamados, teniendo en cuenta el mayor recaudo presentado a junio de 2022 y que la proyección de recaudo a 31 de diciembre muestra un incremento superior de la apropiación estimada durante el proceso de programación presupuestal, debido a los niveles de recuperación de las ventas post pandemia.

 

De igual forma, la Empresa Lotería de Bogotá requiere fortalecer las acciones comerciales y de mercadeo que permitan mantener el comportamiento creciente de las ventas, desarrollar nuevas alianzas comerciales para distribuir la Lotería tradicional en puntos no tradicionales de comercialización, efectuar un sorteo redistribuido, realizar alianza comercial con la Lotería del Huila para la realización de sorteos extraordinarios y transferir los recursos correspondientes al sector salud.

 

Que en la sesión No. 013 del CONFIS Distrital, que se llevó a cabo el martes 26 de julio de 2022, se designó como Secretario Técnico Ad-Hoc de la sesión al Doctor Juan Mauricio Ramírez Cortés, Secretario Distrital de Hacienda. Lo anterior, dada la ausencia justificada de la Doctora María Mercedes Jaramillo Garcés, Secretaria Técnica del CONFIS de la Secretaría Distrital de Planeación.

 

Que la observancia de los procedimientos legales y presupuestales a que haya lugar por efecto de la presente adición aprobada en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones vigencia 2022, es responsabilidad y competencia exclusiva de la Empresa Lotería de Bogotá.

 

RESUELVE:

 

Artículo 1. Aprobar una adición al Presupuesto de Rentas e Ingresos de la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre del año 2022 de la Empresa Lotería de Bogotá, por valor total de $15.535.547.000 conforme al siguiente detalle:

 

 

Artículo 2. Aprobar una adición al Presupuesto de Gastos e Inversiones de la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre del año 2022 de la Empresa Lotería de Bogotá, por valor total de $15.535.547.000 conforme al siguiente detalle:

 

 

Artículo 3. La presente resolución rige a partir del día siguiente a la fecha de publicación en el Registro Distrital.

.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 10 días del mes de agosto del año 2022.

 

JUAN MAURICIO RAMÍREZ CORTÉS

 

Secretario Técnico de CONFIS Ad-Hoc

 

Secretario Distrital de Hacienda