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RESOLUCIÓN 006 DE 2022
(Agosto 10)
Por la cual se aprueba una adición al Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre del año 2022 de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá –ESP
EL CONSEJO DISTRITAL DE POLÍTICA ECONÓMICA Y FISCAL - CONFIS
En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas en el artículo 10 del Decreto Distrital 714 de 1996, y el artículo 27° del Decreto Distrital 662 de 2018, modificado por el artículo 3° del Decreto Distrital 191 de 2021, y
CONSIDERANDO:
Que conforme a lo estipulado en el artículo 10° literal (e) del Decreto Distrital 714 de 1996, corresponde al CONFIS aprobar y modificar mediante resolución el Presupuesto de Ingresos y Gastos de las Empresas Industriales y Comerciales del Distrito Capital y de las Sociedades de Economía Mixta con el régimen de aquellas.
Que conforme a lo estipulado en el artículo 27° del Decreto Distrital 662 de 2018, modificado por el artículo 3° del Decreto Distrital 191 de 2021 corresponde al CONFIS Distrital aprobar las modificaciones presupuestales que afecten el valor total de los ingresos, gastos de funcionamiento, servicio de la deuda y gastos de inversión, previo concepto favorable de la Junta o Consejo Directivo de la empresa y de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto.
Que de acuerdo con el numeral 4° del reglamento interno adoptado en la sesión del 31 de enero de 2020, le corresponde al CONFIS mediante resolución suscrita por la Secretaria Técnica y el Secretario Distrital de Hacienda notificar las decisiones aprobatorias aplicables a las Empresas Distritales.
Que la Corporación Autónoma Regional de Cundinamarca -CAR, multó a la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá - E.S.P. por captación ilegal de agua (Ríos Bogotá, Teusacá, Tunjuelito, San Francisco y San Cristóbal), entre los años 1988 y 1999, debido a que no se tenían concesiones vigentes para el uso de aguas en el territorio de jurisdicción de la Corporación.
Que mediante la Resolución No. 0656 del 19 de abril de 2000 la CAR, resolvió de fondo un trámite administrativo sancionatorio e impuso una multa a la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá –E.S.P., por valor de $136.332.520.451.
Que en la Resolución No. 0574 del 11 de abril de 2001, la CAR confirmó la Resolución anterior y corrigió la cuantía de la sanción, fijándola en la suma de $134.348.648.028.
Que mediante el fallo emitido por el Consejo de Estado el 28 de abril de 2022, se declara la nulidad parcial de las Resoluciones No. 0656 del 19 de abril de 2000 y No. 574 del 11 de abril de 2001, exclusivamente en lo que se refiere a la tasación de la multa impuesta, quedando establecida en $122.552.988.202. Que, el Fondo Cobertura de Obligaciones Contingentes es un fondo extra presupuestal y fue creado por la Junta Directiva de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá -E.S.P. con el objeto de destinar recursos para cubrir de manera efectiva la posibilidad de fallos y sentencias judiciales adversas, el cual presenta a la fecha un valor de $191.000.323.943, conforme al Estado de Tesorería y Situación Fiscal a 31 de diciembre de 2021.
Que la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá -E.S.P. requiere incorporar al Presupuesto 2022 recursos por valor de $122.552.988.202, del Fondo Cobertura de Obligaciones Contingentes, para efectuar el pago de la multa impuesta por la CAR por la captación de aguas entre los años 1988 a 1999 sin tener concesiones vigentes como lo determina la ley.
Que con el fin de efectuar oportunamente el pago de la sentencia, la Dirección de Presupuesto de la Empresa, realizó una modificación presupuestal mientras se efectuaba la aprobación de la incorporación de estos recursos en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y Gastos e Inversiones para la vigencia 2022.
Que, una vez se incorporen los recursos al Presupuesto de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá -E.S.P., estos serán devueltos a los rubros correspondientes que fueron afectados por la modificación descrita.
Que la Junta Directiva de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá -E.S.P., mediante Acuerdo de Junta Directiva No. 114 del 3 de junio del 2022, emitió concepto favorable a la adición presupuestal en el Presupuesto de Gastos e Inversiones de la vigencia 2022, descrita anteriormente.
Que el CONFIS Distrital en sesión No. 13 realizada el 26 de julio de 2022, de acuerdo con el análisis de las justificaciones aportadas y las recomendación de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, aprobó una adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de la vigencia 2022 de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá -E.S.P.
Que en la sesión No. 013 del CONFIS Distrital, que se llevó a cabo el martes 26 de julio de 2022, se designó como Secretario Técnico Ad-Hoc de la sesión al Doctor Juan Mauricio Ramírez Cortés, Secretario Distrital de Hacienda. Lo anterior, dada la ausencia justificada de la Doctora María Mercedes Jaramillo Garcés, Secretaria Técnica del CONFIS de la Secretaría Distrital de Planeación.
Que la observancia de los procedimientos legales y presupuestales a que haya lugar por efecto de las modificaciones presupuestales aprobadas, es responsabilidad y competencia exclusiva de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá -E.S.P.
RESUELVE:
Artículo 1. Aprobar una adición en el Presupuesto de Rentas e Ingresos, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre del año 2022 de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá -E.S.P., por valor de $122.552.988.202, conforme al siguiente detalle:
Pesos
Artículo 2. Aprobar una adición el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1º de enero y el 31 de diciembre del año 2022 de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá -E.S.P., por valor de $122.552.988.202, conforme al siguiente detalle:
Pesos
Artículo 3. La presente resolución rige a partir del día siguiente a la fecha de publicación en el Registro Distrital.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá, D.C., a los 10 días del mes de agosto del año 2022.
JUAN MAURICIO RAMÍREZ CORTÉS
Secretario Técnico de CONFIS Ad-Hoc Secretario Distrital de Hacienda |