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Resolución 220 de 2021 Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal - IDPAC

Fecha de Expedición:
19/08/2021
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 220 DE 2021

 

(Agosto 19)

 

Por la cual se ordena la apertura del proceso de selección en la modalidad de licitación pública – LP-IDPAC-003-2021

 

EL SECRETARIO GENERAL DEL INSTITUTO DISTRITAL DE LA PARTICIPACIÓN Y ACCIÓN COMUNAL

 

En ejercicio de sus facultades legales conferidas por la Ley 80 de 1993, Ley 1474 de 2011, Decreto 1082 de 2015, normas concordantes y la Resolución 081 del 21 de febrero de 2020, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante el Acuerdo Distrital No. 257 del 30 de noviembre de 2006, se transformó el Departamento Administrativo de Acción Comunal en el Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal –IDPAC- con personería jurídica, autonomía administrativa y patrimonio propio, adscrito a la Secretaría Distrital de Gobierno; asimismo, en el artículo 1° ibídem se estableció que el objeto del IDPAC es: "(...) garantizar el derecho a la participación ciudadana y propiciar el fortalecimiento de las organizaciones sociales, atendiendo las políticas, planes y programas que se definan en estas materias (...)”.

 

Que según el Acuerdo 006 de 2007 mediante el cual se modifica el Acuerdo Número 002 del 2 de enero de 2007 “Por el cual se determina el objeto estructura organizacional y las funciones del Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal y se dictan otras disposiciones” establece en su artículo 9. Secretaría General. Son funciones de la Secretaría general las siguientes:

 

“…c Establecer políticas y procedimientos en materia de contratación, manejo de recursos físicos y financieros, que permitan el cumplimiento de la misión institucional…

 

…i Ejecutar programas de Bienestar Social, Salud Ocupacional y Seguridad Industrial tendientes al mejoramiento

del clima organizacional, de conformidad con los requerimientos institucionales…

 

…t Responder por la prestación del servicio de vigilancia, aseo, cafetería y mantenimiento preventivo y correctivo de instalaciones, equipos, vehículos, bienes en general y demás asuntos relacionados con los servicios generales que demande la entidad…

 

…aa Dirigir y ejecutar el proceso de contratación administrativa de acuerdo con los planes, programas y proyectos que manejen las dependencias y efectuar su seguimiento de acuerdo con las normas legales vigentes…”

 

Que el IDPAC, por razones de la emergencia sanitaria, austeridad del gasto, acceso y atención a la ciudadanía cerró la Sede A ubicada en la Calle 35 con Carrera 5, trasladando las actividades administrativas, de dirección y misionales a la Sede B, ubicada en la Avenida Calle 22 # 68C-51, unificando las dependencias en estas instalaciones.

 

Que la vocación del predio es dotacional en el marco del artículo 344 del Decreto 190 de 2004 de servicio de la administración pública como sede de la entidad, que permite la atención al público en el cumplimiento de la misionalidad del Instituto. Se encuentra constituido por cuatro bloques con 6 edificaciones entre 1 y 2 niveles sin sótanos que se construyeron entre las décadas de 1980 y el 2000 en un lote de aproximadamente 13.375m²; tres de las edificaciones son porticadas con elementos de concreto y estructura metálica para la cubierta, las restantes se construyeron a partir de elementos prefabricados en concreto y madera. Dispone de un área de parqueaderos, zonas duras, una cancha múltiple con graderías y zonas verdes arborizadas.

 

Que para el cumplimiento de su función administrativa y misional el Instituto cuenta con 534 colaboradores: 108 funcionarios y 426 contratistas. Estos se distribuyen en la Dirección General, Secretaría General, 4 oficinas asesoras y 6 gerencias que dependen de 3 subdirecciones. Con el fin de adelantar la unificación de dos de las sedes del IDPAC, el predio en mención se adecuó de manera temporal para garantizar la continuidad del servicio, lo cual implicó que alrededor de 200 personas que desempeñaban sus actividades en la denominada sede A, los equipos de soporte tecnológico y gestión documental fueran trasladados a esta sede; sin embargo, la capacidad de las edificaciones limitó o redujo los servicios físicos, tecnológicos, personales y documentales que habitualmente se ofrecían en la entidad.

 

Que durante la emergencia sanitaria el personal de recursos físicos del Instituto ha realizado actividades de mantenimiento y adecuación de manera paulatina de los espacios de trabajo y reunión, en la medida de su capacidad técnica y operativa, por medio de arreglos de menor complejidad como traslado de mobiliario y documentos de archivo, instalación de equipos audiovisuales, pintura y limpieza, no obstante, durante el desarrollo de estas actividades y por causa de las fuertes temporadas de invierno se han evidenciado nuevas necesidades que no se tenían contempladas y requieren atención inmediata. para garantizar el cuidado de los bienes y condiciones adecuadas para sus trabajadores.

 

Que el Decreto 580 de 2021 “Por el cual se imparten instrucciones en virtud de la emergencia sanitaria generada por la pandemia del Coronavirus COVID - 19, Y el mantenimiento del orden público, se decreta el aislamiento selectivo con distanciamiento individual responsable y la reactivación económica segura”.

 

Que, en este contexto, para la interacción de las personas que concurran a la sede principal del IDPAC, se analizaron alternativas de adecuación de los espacios disponibles así:

 

Ampliar los espacios para garantizar el distanciamiento social recomendado por las autoridades sanitarias, sin embargo, el Instituto presenta insuficiencia en el espacio físico disponible.

 

Alternar horarios de trabajo, tal como algunas industrias lo han adoptado. Sin embargo, esta opción no es del todo factible pues la vocación ciudadana de nuestros servicios demanda atención al público, lo cual resulta imposible en jornadas de 24 horas continuas.

 

Continuar incentivando el trabajo en casa disminuyendo la presión sobre los recursos físicos y optimizando los tiempos de trabajo de sus colaboradores.

 

Que, de acuerdo con lo expuesto anteriormente, se requiere realizar una contratación que garantice la adecuación de los espacios a las necesidades de infraestructura actuales, que cuente con: i) la experiencia, ii) la idoneidad técnica y operativa suficiente en este tipo de iniciativas.

 

Que de conformidad con el artículo 2.2.1.1.2.1.1 del Decreto 1082 de 2015, los estudios previos correspondientes al presente proceso de selección, así como el pliego de condiciones definitivo estarán disponibles para su consulta en el Sistema Electrónico de Contratación Pública SECOP II, a partir de la fecha del presente acto.

 

Que el contrato a suscribir estará sometido a la legislación y jurisdicción colombiana y se rige por la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, la Ley 1474 de 2011, el Decreto Ley 019 de 2012, Decreto 1082 de 2015, Ley 1882 de 2018 y demás normas que las complementen, modifiquen o reglamenten y por las normas civiles y comerciales que regulen el objeto del contrato.

 

Que, dada la naturaleza y cuantía del objeto a contratar, y de conformidad con lo dispuesto en el literal b), numeral 2º del artículo 2º de la Ley 1150 de 2007, en concordancia con el artículo 2.2.1.1.2.1.1. del Decreto 1082 de 2015 se concluye que la modalidad bajo la cual el lDPAC debe adelantar el proceso de selección para la presente contratación es la licitación pública.

 

Que el empleo de la modalidad propuesta garantiza el cumplimiento de los elementos o principios fundamentales del proceso público y abierto como son: i). La libre concurrencia, ii). La igualdad de los oferentes y i). La sujeción estricta al pliego de condiciones.

 

En mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO PRIMERO: Ordenar la apertura del proceso de selección Licitación Pública LP-IDPAC-003-2021, cuyo objeto es “Contratar por el sistema de precios unitarios fijos sin fórmula de ajuste la adecuación, mejoramiento y mantenimiento de la infraestructura de la sede principal del IDPAC”. El procedimiento se efectuará de acuerdo con los términos y disposiciones de la Ley 1150 de 2007, el Decreto 1082 de 2015, Ley 1882 de 2018 y demás normas concordantes.

 

ARTÍCULO SEGUNDO: Ordenar la publicación del Pliego de Condiciones Definitivo y la presente Resolución en el Sistema Electrónico de Contratación Pública SECOP II.

 

Parágrafo: Los interesados en participar podrán consultar el pliego de condiciones de la presente convocatoria en el Sistema Electrónico de Contratación Pública SECOP II.

 

ARTÍCULO TERCERO: El valor del presupuesto oficial asignado es de SETECIENTOS CUARENTA Y NUEVE MILLONES NOVECIENTOS SETENTA Y CINCO MIL SETECIENTOS OCHENTA Y DOS PESOS MCTE ($ 749.975.782) M/CTE incluye todos los costos, gastos, contribuciones, tasas, impuestos y demás tributos a que haya lugar respaldados presupuestalmente de conformidad con el CERTIFICADO DE DISPONIBILIDAD PRESUPUESTAL No. 695 DEL 1 DE JUNIO DE 2021, expedido por el responsable de Presupuesto de la Entidad.

 

ARTÍCULO CUARTO: De conformidad con lo establecido en el artículo 66 de la Ley 80 de 1993 y Ley 850 de 2003, se convoca a las veedurías ciudadanas, a las diferentes asociaciones cívicas, comunitarias, de profesionales, benéficas o de utilidad común, gremiales, universidades y centros especializados de investigación, para que realicen control social al presente proceso de contratación y, de considerarlo procedente, formulen las recomendaciones escritas que estimen necesarias para buscar la eficiencia institucional.

 

ARTÍCULO QUINTO: El cronograma del proceso de selección es el siguiente:


ACTIVIDAD

FECHA

1

Publicación Aviso de Convocatoria Publica

28 de julio de 2021

2

Publicación de los documentos precontractuales

28 de julio de 2021

3

Plazo para presentar observaciones a los documentos precontractuales

Del 29 de julio al 11 de agosto de 2021

4

Primer aviso artículo 224 del Decreto 019 de 2012

Del 29 de julio al 11 de agosto de 2021

5

Respuesta a las observaciones a los documentos precontractuales

18 de agosto de 2021

6

Expedición Acto Administrativo y publicación documentos definitivos

19 de agosto de 2021

7

Audiencia de asignación de riesgo y aclaración de pliegos

24 de agosto de 2021

8

Plazo para presentar observaciones al pliego de condiciones definitivo

Del 18 al 25 de agosto de 2021

9

Respuesta a las observaciones realizadas al pliego de condiciones definitivo

 

30 de agosto de 2021

10

Fecha límite para publicación de adendas

30 de agosto de 2021

11

CIERRE DEL PROCESO, PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS Y APERTURA SOBRE 1

3 septiembre de 2021

12

Verificación de los requisitos habilitantes y de evaluación diferentes a oferta económica.

Desde el 3 de septiembre al 6 de septiembre de 2021

13

Publicación del Informe preliminar

6 de septiembre de 2021

14

Plazo para presentar observaciones y subsanar

Del 7 al 13 septiembre de 2021

15

Respuesta a observaciones y evaluación definitiva

16 de septiembre 2021

16

Audiencia de Adjudicación y apertura de sobre económico

17 de septiembre de 2021

17

Publicación acto administrativo de adjudicación/declaratoria desierta

22 de septiembre de 2021

18

Suscripción del contrato

Hasta el 22 de septiembre de 2021

19

Entrega de las garantías de ejecución del contrato.

Hasta 27 de septiembre de 2021

 

Dada en la ciudad de Bogotá D.C., a los 19 días del mes de agosto del año 2021.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

PABLO CÉSAR PACHECO RODRÍGUEZ

 

Secretario General