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Resolución 024 de 2022 Secretaría de Educación del Distrito - SED - Subsecretaría de Integración Interinstitucional

Fecha de Expedición:
18/11/2022
Fecha de Entrada en Vigencia:
30/11/2022
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7587 del 30 de noviembre de 2022.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 024 DE 202

 

(Noviembre 18)

 

Por la cual se modifican las Resoluciones No. 2370 de 14 de agosto de 2002, 3727 de 22 de noviembre de 2002, 2669 de 12 de septiembre de 2003, 380 de 01 de febrero de 2007 y 1258 de 09 de abril de 2007, a un colegio de naturaleza oficial denominado Colegio Técnico Domingo Faustino Sarmiento IED

 

LA SUSCRITA SUBSECRETARIA DE INTEGRACIÓN INTERINSTITUCIONAL DE LA SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DEL DISTRITO

 

En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por la Ley 115 de 1994 - Ley General de Educación, Ley 715 de 2001, el Decreto 1075 de 2015, el Decreto Distrital 310 de 2022, la Resolución 2684 de 2019, y la Resolución No. 3079 de 2019,

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 5 literal I del Decreto 310 de 2022 establece que, corresponde a las funciones del Secretario de Educación “Expedir los actos administrativos que se generen a partir de la normatividad vigente y en desarrollo de las políticas del Sector Educativo.”

 

Que mediante Resolución 2684 del 8 de octubre de 2019, se delegó en el/la Subsecretaria de Integración Interinstitucional la facultad de expedir y modificar Reconocimientos de Carácter Oficial.

 

Que mediante la Resolución 3079 del 10 de diciembre de 2019 se reglamentó el procedimiento para la expedición y modificación del Reconocimiento de Carácter Oficial.

 

Que el 6 de abril de 2006, la Secretaría de Educación de Bogotá D.C., expidió la Directiva 001 de 2006, mediante la cual se solicita acatar las disposiciones contenidas en la Resolución 4702 de 2004 “… y por lo tanto, en adelante el nombre de nuestros establecimientos educativos debe estar precedido por la expresión Colegio. Dicha denominación deberá aparecer en el papel membreteado, pancartas, vallas, o cualquier otra presentación oficial del Colegio adicionando debajo del nombre en tamaño menor la expresión Institución Educativa Distrital o Centro Educativo Distrital, según corresponda.” (sic).

 

Que el 14 de agosto de 2002, la Secretaría de Educación de Bogotá expidió la Resolución No. 2370 “Por la cual se integran el INSTITUTO TÉCNICO DISTRITAL DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO, el CED SEVILLA, el CED CARLOS SANZ DE SANTAMARÍA y el CED JOSÉ ANTONIO RICAURTE, de la localidad 12 de Barrios Unidos” en la cual se decidió:

 

“ARTICULO 1º: Integrar el INSTITUTO TÉCNICO DISTRITAL DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO, código DANE 11100108382, jornada mañana, el CED SEVILLA, código DANE 11100112886, jornadas mañana y tarde, el CED CARLOS SANZ DE SANTAMARÍA, código DANE 11100112908, jornada mañana Y EL CED JOSÉ ANTONIO RICAURTE, código DANE 11100112994 de la localidad 12 de Barrios Unidos, los cuales conformaran en adelante la con el código DANE provisional 11100108382.

 

ARTÍCULO 2º: La INSTITUCIÓN EDUCATIVA DISTRITAL INSTITUTO TÉCNICO DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO - SEVILLA - CARLOS SANZ DE SANTAMARIA – JOSÉ ANTONIO RICAURTE ofrecerá el servicio educativo en los niveles de educación preescolar, básica y media así:

 

- Un grado de preescolar.

 

- Nueve grados de educación básica.

 

- Dos grados de educación media.

 

La institución organizará la prestación del servicio educativo en las jornadas mañana y tarde, en las plantas físicas ubicadas en las siguientes direcciones:

 

Sede A: Transv. 41 No 95 51

 

Sede B: Clle 90 No 41 05

 

Sede C: Cra 38 A No 85 23

 

Sede D: Cra 38 A No 93 20

 

ARTÍCULO 13º. La presente resolución constituye el reconocimiento de carácter oficial de la INSTITUCIÓN EDUCATIVA DISTRITAL INSTITUTO TECNICO DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO - SEVILLA - CARLOS SANZ DE SANTAMARÍA - JOSÉ ANTONIO RICAURTE.”

 

Que el 22 de noviembre de 2002, la Secretaría de Educación expidió la Resolución No. 3727, “Por la cual se adopta el nombre definitivo de la institución conformada mediante la integración del INSTITUTO TÉCNICO DISTRITAL DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO, el CED SEVILLA, el CED CARLOS SANZ DE SANTAMARIA y el CED JOSÉ ANTONIO RICAURTE.” en la cual se resolvió:

 

“ARTÍCULO PRIMERO. Se adopta el nombre de INSTITUCIÓN EDUCATIVA DISTRITAL DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO, de la localidad 12 de Barrios Unidos, como nombre definitivo de la institución integrada mediante la resolución 2370 del 14 de agosto de 2002, con el código DANE N° 11100108382.”

 

Que el 12 de septiembre de 2003, la Secretaría de Educación expidió la Resolución No. 2669, “Por la cual se aclara la Resolución 3727 del 22 de noviembre de 2002” en la cual se indicó:

 

“ARTÌCULO 1º: Aclarar que se adopta el nombre de INSTITUCIÓN EDUCATIVA DISTRITAL TECNICO DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO, de la Localidad 12 de Barrios Unidos, como nombre definitivo de la institución integrada mediante la resolución 2370 del 14 de agosto de 2002.”

 

Que el 01 de febrero de 2007, la Secretaría de Educación expidió la Resolución No. 380, “Por la cual se aclara la Resolución 2370 del 14 de agosto de 2002, mediante la cual se Integran unos centros educativos distritales para conformar la INSTITUCIÓN EDUCATIVA DISTRITAL DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO” en la que se resolvió:

 

“ARTÍCULO PRIMERO: Aclarar la Resolución 2370 del 14 de agosto de 2002, en el sentido de autorizar el nivel de preescolar en todos sus grados (prejardín, jardín y transición), como parte del servicio que ofrece el COLEGIO DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO – INSTITUCION EDUCATIVA DISTRITAL, en jornadas mañana y tarde, en las sedes A: transversal 41 No. 95-51, B: Calle 90 No. 41-05, C: Carrera 38 A No. 95-23 y D: carrera 38 A No. 93-20, de la localidad 12 de Barrios Unidos.

 

ARTÍCULO TERCERO: Autorizar al Colegio Domingo Faustino Sarmiento - Institución Educativa Distrital, hasta nueva determinación para expedir las certificaciones respectivas y/o emitir los conceptos de carácter evaluativo integral.”

 

Que el 09 de abril de 2007, la Secretaría de Educación expidió la Resolución No. 1258, “Por la cual se aclara la Resolución 380 del 1 de febrero de 2007, la cual aclaró la resolución 2370 del 14 de agosto de 2002, que integro unos centros educativos distritales para conformar la INSTITUCIÓN EDUCATIVA DISTRITAL DOMINDO FAUSTINO SARMIENTO.” En la cual se decidió.

 

“ARTÍCULO PRIMERO: Aclarar la Resolución 380 del 1 de febrero de 2007, en el sentido de que el nombre correcto es el de COLEGIO TÉCNICO DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO – INSTITUCIÓN EDUCATIVA DISTRITAL de la localidad 12 de Barrios Unidos.”

 

Que mediante comunicación dirigida a la Subsecretaría de Integración Interinstitucional con radicado I-2021- 87949 de 22 de octubre de 2021, el Rector del Colegio Técnico Domingo Faustino Sarmiento IED, solicitó:

 

“La presente tiene como fin solicitar de manera oficial la modificación de resolución del Colegio Técnico Domingo Faustino Sarmiento I.E.D. que permita ofertar una nueva especialidad para los estudiantes de la Media técnica, en el Programa Técnico en Programación de Software en articulación SENA. Lo anterior, con el propósito de ampliar las oportunidades de vida de nuestros egresados, ya sea, vinculándose al mundo laboral - que cuenta con una amplia demanda de programadores y una amplia oferta de formación en el manejo de las TIC- o continuando su trayectoria formativa a nivel superior: tecnológico y/o profesional.”

 

Que mediante comunicación dirigida a la Subsecretaria de Integración Interinstitucional con radicado I-2021- 105915 de 10 de diciembre de 2021, la Dirección de Construcción y Conservación de Establecimientos Educativos indicó:

 

“(…)Ahora bien, se consultó la base de datos licencias de la dirección encontrando que para el colegio Técnico Domingo Faustino Sarmiento IED – CPF 1224, la Curaduría Urbana No. 2 expidió la Resolución RES 08-2-0598 del 12 de noviembre del 2008, “Por la cual se Reconoce la Existencia de la Edificación levantada en el predio localizado en la Transversal 60C No. 95 -51 (antes Transversal 41 No. 95 -51), del Plano de Loteo No. 313/4-9, Manzana única (sin número), Lote Zona Escolar, Urbanización Rincón de los Ángeles, Localidad de Barrios Unidos, en Bogotá D.C., y se concede licencia de Construcción en la modalidad de Ampliación, Modificación, Reforzamiento Estructural, Demolición Parcial y Cerramiento”, de la cual se anexa copia.(…)”

 

Que mediante radicado I-2022-89157 de 26 de agosto de 2022, la Dirección de Construcción y Conservación de Establecimientos Educativos dio alcance a los radicados I-2022-85886, I-2021-105915, I-2021-95092, I-2021-87949, en el cual se manifestó:

 

“(…) En ejercicio de las funciones establecidas en el Decreto Distrital 330 de 2008, la Dirección de Construcción y Conservación de Establecimientos Educativos hace constar la viabilidad del inmueble localizado en la dirección TV 60 # 95 - 51, donde presta el servicio educativo el colegio Técnico Domingo Faustino Sarmiento sede A, para el cambio del Proyecto Educativo Institucional relacionado con la educación media, propuesta por la IED como “Programación de Software” (comunicado I-2021- 87949).

 

Lo anterior, con base en el concepto emitido por esta Dirección de Construcción, comunicado I-2021- 95092, donde se identifican los predios donde se implanta el colegio y se aclara la tenencia de estos, así mismo, se relaciona la licencia de la construcción mediante la cual se legalizó el uso del suelo como equipamiento dotacional educativo. Dicho documento es constancia de la idoneidad del inmueble por sus condiciones urbanísticas y de infraestructura, para la prestación del servicio educativo. (…)

 

Que mediante comunicación dirigida a la Subsecretaría de Integración Interinstitucional con radicado I-2021-100586 de 30 de noviembre de 2021, la Dirección de Cobertura se pronunció en el siguiente sentido:

 

“En atención a la solicitud presentada por el rector del Colegio Domingo Faustino Sarmiento IED de la localidad de Barrios Unidos, en la que solicita la modificación de la Resolución de la IED en virtud de una nueva “Solicitud modificación de resolución para implementación de nueva especialidad en la educación media técnica del Colegio Técnico Domingo Faustino Sarmiento I.E.D.”.

 

Según la proyección de oferta 2022, se cuenta con una capacidad de 272 estudiantes en los grados 10 y 11 de la IED, es decir, un 18,7% más que la matrícula actual antes de la promoción, como se aprecia en la Tabla 1.

 

Teniendo en cuenta la información anterior, y con el fin de dar celeridad a la solicitud presentada por la IED, la Dirección de Cobertura no encuentra impedimento para que el colegio Domingo Faustino Sarmiento IED cuente con una nueva especialidad para su oferta educativa, siempre que tenga en cuenta que:

 

1. La apertura de nuevas modalidades de profundización o especialidades que adopte la IED no deben afectar la proyección de oferta para las vigencias posteriores, según lo definido en los Artículos 16 y 17 de la Resolución 1913 del 2021 “Por la cual se establece el proceso de gestión de la cobertura 2021 – 2022 en el Sistema Educativo Oficial de Bogotá D.C.”

 

2. La IED debe garantizar la continuidad de los estudiantes que tiene en su matrícula sin importar la profundidad o especialidad que cursen. En caso de no poder hacerlo, deberá coordinar con la Dirección Local de Educación de Barrios Unidos los convenios de continuidad a los que haya lugar, tal como se define en el Numeral 7 del Artículo 13 “Responsabilidades de los rectores y directores de las IED” de la Resolución 1913 del 2021.

 

3. La IED debe dar cumplimiento a los lineamientos de aforo dados por la Dirección de Construcción y Conservación de Establecimientos Educativos – DCCEE y el Plan Maestro de Equipamientos Educativos adoptado mediante el Decreto Distrital 449 de 2006, modificado por los Decretos Distritales 174 de 2013, 475 de 2017 y 052 de 2019.

 

4. Definir junto a la Dirección Local de Educación de Barrios Unidos y la Dirección de Cobertura, los criterios para la asignación de estudiantes nuevos que provengan de Instituciones Educativas con alguna especialidad afín o diferente a las que tiene la IED”

 

Que mediante comunicación dirigida a la Subsecretaria de Integración Interinstitucional con radicado I-2021- 100734 de 26 de noviembre de 2021, la Dirección de Talento Humano manifestó:

 

“En atención a la solicitud del asunto, de manera atenta me permito informarle que, en lo referente a la competencia de la Dirección de Talento Humano, frente a la asignación de docentes para atender oportunamente los requerimientos de los colegios, existe viabilidad para la modificación del acto administrativo de Reconocimiento de Carácter Oficial del COLEGIO TÉCNICO DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO (IED). Es preciso aclarar que, el cálculo para la creación de nuevas necesidades se realiza previa validación de la DILE, de acuerdo con los parámetros establecidos normativamente para tal fin y depende del número de grupos reportados por matrícula oficial”.

 

Que mediante comunicación dirigida a la Subsecretaria de Integración Interinstitucional con radicado I-2022- 523 de 6 de enero de 2021, la Dirección Local de Educación de Barrios Unidos se pronunció manifestando:

 

“Dando respuesta a su solicitud, me permito informar que la Dirección Local de Barrios Unidos, de acuerdo a los grupos y número de estudiantes proyectados por la institución para el año 2022, da VIABILIDAD para modificar la resolución de media técnica al Colegio Técnico Domingo Faustino Sarmiento I.E.D. en el sentido de generar una nueva especialidad. Para tal efecto se relaciona el reporte de grupos y de estudiantes según matrícula oficial.

 

(…) Con la modificación a la resolución del Colegio Técnico Domingo Faustino Sarmiento I.E.D. ofertando una nueva especialidad para los estudiantes de la media, “Programa Técnico en Programación de Software en articulación SENA”, se amplían las oportunidades laborales y profesionales de los egresados y se brinda mejor calidad de vida para la comunidad”

 

Que una vez obtenidos los pronunciamientos de las diferentes áreas de la SED con injerencia en el trámite de modificación solicitado por el plantel educativo, la Subsecretaría de Integración Interinstitucional mediante memorando con radicado I-2022-15175 de fecha 07 de febrero de 2022, solicitó a la Dirección de Inspección y Vigilancia la expedición del concepto Técnico Pedagógico de viabilidad.

 

Que mediante comunicación dirigida a la Subsecretaría de Integración Interinstitucional con radicado I-2022-110817 de 19 de octubre de 2022, la Dirección de Inspección y Vigilancia, emitió concepto técnico pedagógico favorable sobre la modificación de RCO solicitada por el Colegio Técnico Domingo Faustino Sarmiento I.E.D, en el cual señaló en su anexo:

 

“V. CONCEPTO TÉCNICO

 

De conformidad con lo establecido en el artículo 138 de la Ley 115 de 1994, artículos 2.3.3.1.4.1. y 2.3.3.1.4 (sic) del Decreto 1075 de 2015 y las demás normas que regulan la materia y los documentos allegados a esta Dirección por parte de la SII, relacionados anteriormente se emite concepto técnico favorable para:

 

1. Modificar los actos administrativos que conceden Licencia de Funcionamiento al COLEGIO TÉCNICO DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO IED de la Localidad de Barrios Unidos, en el sentido de autorizar la apertura de la especialidad de “Programación de Software” para el nivel educación media técnica, y en adelante expedir el título correspondiente con esta especialidad: “Bachiller Técnico en programación de software”, en articulación con el SENA , en las jornadas y direcciones que en los actos administrativos antes relacionados, fueron autorizadas.

 

2. Modificar la dirección de la sede A por cambio de nomenclatura, la cual corresponde a la Transversal 60C No. 95 -51 (antes Transversal 41 No. 95 -51), según contenido del concepto de la DCCEE.

 

3. Establecer que el Consejo Directivo de la IED, liderado por el rector, en cumplimiento de las observaciones efectuadas tanto en el concepto emitido por la Dirección de Cobertura( ver concepto que se anexa) como el emitido por la Dirección de Inspección y Vigilancia con respecto al PEI, de conformidad con el estudio realizado (ver concepto que se anexa numerales 2,3,5 y 11), registran observaciones que deberán ser atendidas por la Institución Educativa, dentro del proceso de elaboración, ejecución y seguimiento del plan de mejoramiento institucional con las correspondientes evidencias y presentar informe ante la Dirección Local de Educación de Barrios Unidos para lo de su competencia, con copia a esta dirección. Todo, en los términos de Ley, contados a partir de la fecha de notificada la resolución que le autoriza la nueva especialidad.

 

4. Las demás condiciones del Reconocimiento de Carácter Oficial no son objeto de modificación alguna.

 

5. Informar a la Oficina Asesora de Planeación, sobre la modificación autorizada remitiendo copia del acto administrativo correspondiente, así mismo a la Dirección Local de Educación de Barrios Unidos". 


En mérito de lo expuesto y atendiendo la solicitud de modificación del Reconocimiento de Carácter Oficial (RCO) del Colegio Técnico Domingo Faustino Sarmiento I.E.D, la Subsecretaria de Integración Interinstitucional.

 

RESUELVE:

 

Artículo 1. MODIFICAR las Resoluciones No. 2370 de 14 de agosto de 2002, 3727 de 22 de noviembre de 2002, 2669 de 12 de septiembre de 2003, 380 de 01 de febrero de 2007 y 1258 de 09 de abril de 2007 en el sentido de AUTORIZAR al COLEGIO TÉCNICO DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO IED la apertura, implementación, ofrecimiento y prestación del servicio educativo, en la especialidad de PROGRAMACION DE SOFTWARE en el nivel de Educación Media Técnica.

 

Artículo 2. AUTORIZAR al COLEGIO TÉCNICO DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO IED para expedir el título de BACHILLER TÉCNICO CON ESPECIALIDAD EN PROGRAMACIÓN DE SOFTWARE, en articulación con el SENA, a quienes cursen y culminen satisfactoriamente la EDUCACIÓN MEDIA TÉCNICA en la respectiva especialidad.

 

Artículo 3. MODIFICAR las Resoluciones No. 2370 de 14 de agosto de 2002, 3727 de 22 de noviembre de 2002, 2669 de 12 de septiembre de 2003, 380 de 01 de febrero de 2007 y 1258 de 09 de abril de 2007 en el sentido de ACTUALIZAR la dirección de la Sede A por cambio de nomenclatura, para que en lo sucesivo se tenga para todos los efectos que, la sede A del COLEGIO TÉCNICO DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO IED funciona en la Transversal 60C No. 95 -51 (antes Transversal 41 No. 95 -51), de conformidad con lo informado en el concepto técnico emitido por la Dirección de Construcción y Conservación de Establecimientos Educativos dentro del trámite surtido para la expedición del presente acto administrativo.

 

Artículo 4. Las demás partes de las Resoluciones mencionadas en el numeral primero y tercero del presente acto administrativo no sufren modificación alguna, ratificando el servicio educativo autorizado en ellas.

 

Artículo 5. De conformidad con lo establecido en la Resolución 4702 de 2004, el nombre de la Institución Educativa es COLEGIO TÉCNICO DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO IED.

 

Artículo 6. Informar la expedición del presente Acto Administrativo a la Oficina Asesora de Planeación de la Secretaría de Educación, para los efectos a que haya lugar en el Registro del Directorio Único de Establecimientos Educativos del SINEB - DUE del Ministerio de Educación Nacional.

 

Artículo 7. Notificar el presente acto administrativo al COLEGIO TÉCNICO DOMINGO FAUSTINO SARMIENTO IED.

 

Artículo 8. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación de conformidad con lo dispuesto en el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (ley 1437 de 2011, artículo 65) y deberá ser fijada en un lugar visible del Colegio, de la Secretaría de Educación del Distrito y en la página virtual de la Secretaría de Educación del Distrito.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 18 días del mes de noviembre del año 2022.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

DEIDAMIA GARCÍA QUINTERO

 

Subsecretaria de Integración Interinstitucional