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ACUERDO 007 DE 2022
(Diciembre 21)
Por medio del cual se aprueba, incorpora, distribuye y asigna el Presupuesto de Renta e Ingresos y Gastos e Inversiones del Fondo Distrital para la Gestión de Riesgos y Cambio Climático de Bogotá D.C. – FONDIGER 2023, se reasignan y redistribuyen recursos y se aclara el objeto de una asignación
LA JUNTA DIRECTIVA DEL FONDO DISTRITAL PARA LA GESTIÓN DE RIESGOS Y CAMBIO CLIMÁTICO DE BOGOTÁ, D. C. – FONDIGER,
En ejercicio de sus facultades en especial las conferidas en los numerales 3º y 6º del Artículo 8 del Decreto 174 de 2014, y
CONSIDERANDO:
Que en el Parágrafo 1º del Artículo 1 de la Ley 1523 de 2012 “Por el cual se adopta la Política Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y se establece el sistema Nacional de Gestión del Riesgo de Desastres y se dictan otras disposiciones”, se prevé que la gestión del riesgo se constituye en una política de desarrollo indispensable para asegurar la sostenibilidad, la seguridad territorial, los derechos e intereses colectivos, mejorar la calidad de vida de las poblaciones y las comunidades en riesgo.
Que el Artículo 12 del Acuerdo 546 de 2013 crea el Fondo Distrital para la Gestión de Riesgos y Cambio Climático – FONDIGER como una cuenta especial del Distrito Capital con independencia patrimonial, administrativa, financiera, contable y estadística, como lo establece el Decreto Ley 1421 de 1993, administrado por el IDIGER, sin personería jurídica para el cumplimiento del objeto y alcance del Sistema Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático - SDGR-CC.
Que el Artículo 2 del Decreto 174 de 2014 “Por medio del cual se reglamenta el funcionamiento del Fondo Distrital para la Gestión de Riesgos y Cambio Climático de Bogotá, D.C, - FONDIGER”, establece que éste, tendrá como objeto general obtener, recaudar, administrar, invertir, gestionar y distribuir los recursos necesarios para la operación del Sistema Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático, bajo esquemas interinstitucionales de cofinanciación, concurrencia y subsidiariedad, para el desarrollo de los procesos de gestión de riesgos y cambio climático, conforme al artículo 13 del Acuerdo 546 de 2013.
Que el Artículo 4 del precitado Decreto, en su Numeral 3º relaciona como función del Director del IDIGER: “Presentar para aprobación de la Junta Directiva del FONDIGER, el proyecto de presupuesto del Fondo, los objetos generales de gastos y sus modificaciones, de acuerdo con las directrices del Consejo Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático – CDGR-CC”, y en los numerales 3º y 6º de su Artículo 8, facultó a la Junta Directiva para “Autorizar la distribución y movimientos de los recursos en las subcuentas, con base en la disponibilidad de recursos existentes en el Fondo”, así como para “Aprobar el Proyecto de Presupuesto Anual de Ingresos y Gastos del Fondo, y sus modificaciones, de acuerdo con las orientaciones del Consejo Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático — CDGR-CC y con los instrumentos de Gestión de Riesgos y Cambio Climático”.
Incorporación de recursos y rendimientos financieros
Que la Secretaría Distrital de Hacienda, mediante radicado SDH No. 2022EE493369O1 de fecha de 26 de octubre de 2022 y radicado IDIGER No. 2022ER19141, comunicó el valor de la transferencia de inversión de Bogotá Distrito Capital al FONDIGER para la vigencia 2023, conforme con las decisiones del CONFIS y con lo establecido en el artículo 16 del Acuerdo Distrital 546 de 2013, por valor de CINCUENTA Y SEIS MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y TRES MILLONES SETECIENTOS OCHENTA Y SIETE MIL PESOS M/CTE. ($56.893.787.000), los cuales se hace necesario incorporar, distribuir y asignar en el presupuesto del FONDIGER.
Que en las cuentas bancarias del FONDIGER para el periodo comprendido entre el 01 al 31 de octubre de 2022, generaron rendimientos financieros por valor de MIL OCHOCIENTOS DIECIOCHO MILLONES VEINTINUEVE MIL OCHOCIENTOS VEINTIDOS PESOS M/CTE ($1.818.029.822), los cuales se hace necesario incorporar, distribuir y asignar en el presupuesto del FONDIGER 2023.
Que en las cuentas del FONDIGER se cuenta con recursos por valor de SEIS MILLONES QUINIENTOS CUARENTA Y TRES MIL NOVECIENTOS SEIS PESOS M/CTE ($6.543.906) correspondientes a reintegros discriminados de la siguiente manera:
- Reintegro de recursos por parte de la EAAB por valor de SESENTA Y SIETE MIL QUINIENTOS SESENTA Y OCHO PESOS M/CTE ($67.568) correspondiente a los recursos asignados a la EAAB mediante Acuerdo de Junta Directiva No. 07 de 2016, aclarado mediante el Acuerdo 02 de 2017 en la Subcuenta de Adaptación al Cambio Climático con el objeto “Compra de predios sendero cortafuegos y accesos”.
- Reintegro de recursos por valor de SEIS MILLONES CUATROCIENTOS SETENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS TREINTA Y OCHO PESOS M/CTE ($6.476.338) conforme a lo establecido en el artículo primero de la Resolución IDIGER No. 307 del 20 de octubre de 2022 “Por medio de la cual se aprueba la “depuración ordinaria” de unas partidas contables en los Estados Financieros del Instituto Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático – IDIGER” que señala el valor a depurar de la contabilidad de centro de costos FONDIGER por concepto de Ayudas Humanitarias de Carácter Pecuniario -AHCP pendientes de cobro por parte de los beneficiarios.
Que conforme a lo anterior, los recursos objeto de reintegro deben ser puestos a disposición de la Junta Directiva de FONDIGER para su incorporación, distribución y asignación en el presupuesto del FONDIGER 2023.
Necesidades de asignación de recursos
Que mediante Radicados No. 2-2022-36188 e IDIGER No. 2022ER23903 del 20 de diciembre de 2022 suscrito por la doctora María Clemencia Uribe Pérez, la Secretaría General presentó solicitud de adición de recursos a la asignación previamente efectuada mediante Acuerdo 07 de 2021, para la ejecución del proyecto denominado “Instalación, ampliación y puesta en funcionamiento de un sistema fotovoltaico para las sedes priorizadas donde la Secretaría General tiene competencia”, por valor de OCHOCIENTOS OCHENTA Y CUATRO MILLONES DE PESOS M/CTE. ($884.000.000).
Que el parágrafo No. 1 del Artículo 7 del Acuerdo de Junta Directiva No. 2 de 2019 “Por medio del cual se expide el Reglamento Operativo, de Administración y Manejo de los recursos del Fondo Distrital para la Gestión de Riesgos y Cambio Climático de Bogotá D.C – FONDIGER”, modificado parcialmente por el Artículo 2 del Acuerdo No. 2 de 2022 establece: “El FONDIGER priorizará la atención de emergencias sobre cualquier otra situación, razón por la cual, de la asignación recurrente se distribuirá como mínimo el 20% al programa “Atención Integral, Oportuna, Eficiente y Eficaz de las situaciones de Emergencia, calamidad o Desastre a través de la estrategia distrital de respuesta” de la Subcuenta de Manejo de Emergencias, Calamidades y Desastres y mínimo el 10% al programa “Preparación para facilitar la recuperación” de la Subcuenta de Recuperación, recursos que serán invertidos únicamente en el financiamiento de lo establecido en los planes de acción específicos para la respuesta y la recuperación que se suscriban en el marco de las declaratorias de situaciones de emergencia, calamidad o desastre. Estos recursos, solo podrán ser utilizados para tal fin y quedan asignados al IDIGER”.
Que conforme a lo anterior, el IDIGER efectuó solicitud de recursos en la Subcuenta de Manejo de Emergencias, Calamidades y Desastres, Línea de inversión “Atención Integral, Oportuna, Eficiente y Eficaz de las situaciones de Emergencia, calamidad o Desastre a través de la estrategia distrital de respuesta”, Programa “Atención Integral, Oportuna, Eficiente y Eficaz de las situaciones de Emergencia, calamidad o Desastre a través de la estrategia distrital de respuesta” por valor de ONCE MIL TRESCIENTOS SETENTA Y OCHO MILLONES SETECIENTOS CINCUENTA Y SIETE MIL CUATROCIENTOS PESOS M/CTE. ($11.378.757.400) y en la Subcuenta de Recuperación, línea de inversión “Estar preparados para la respuesta a emergencias y desastres”, programa “Preparación para facilitar la recuperación” por valor de CINCO MIL SEISCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MILLONES TRESCIENTOS SETENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS PESOS M/Cte. ($5.689.378.700), correspondientes al 20% y 10% de la asignación recurrente efectuada por la SDH, respectivamente.
Que con el fin de dar cumplimiento a las metas establecidas en el Plan Distrital de Gestión del Riesgo de Desastres y del Cambio Climático para Bogotá D.C. 2018 – 2030 y en el marco de lo establecido en el Acuerdo 546 de 2013 “Por el cual se transforma el Sistema Distrital de Prevención y Atención de Emergencias – SDPAE -, en el Sistema Distrital de Gestión de Riesgo y Cambio Climático – SDGR-CC, se actualizan sus instancias se crea el Fondo Distrital para la Gestión de Riesgo y Cambio Climático “FONDIGER” y se dictan otras disposiciones” el Instituto Distrital de Gestión de Riesgos y Cambio Climático – IDIGER, presentó la solicitud de recursos para la financiación de acciones de Gestión de Riesgo de Desastres por valor de VEINTISIETE MIL SETECIENTOS SESENTA Y SEIS MILLONES CIENTO CINCUENTA Y SIETE MIL SESENTA PESOS M/Cte. ($27.766.157.060).
Redistribución y reasignación de recursos
Que mediante Acuerdo No. 8 de 2020, la Junta Directiva del FONDIGER aprobó la asignación de recursos al IDIGER por valor de TRES MIL MILLONES DE PESOS M/CTE ($3.000.000.000) en la “Subcuenta de Adaptación al Cambio Climático”, línea de inversión “Reducir la vulnerabilidad territorial frente al cambio climático”, programa “Recuperación de la cuenca del Río Bogotá” con el objeto “Optimización de la red de monitoreo como parte integral del sistema de alerta de Bogotá (Convenio IDEAM)” y mediante Acuerdo de Junta Directiva No. 1 de 2022 aprobó la modificación del objeto a “Optimización de la red de monitoreo como parte integral del sistema de alerta Bogotá”, el cual a la fecha cuenta con un valor disponible sin ser ejecutado de MIL SETECIENTOS CUARENTA Y TRES MILLONES QUINIENTOS CINCUENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y SEIS PESOS M/CTE ($1.743.556.596).
Que en el marco de la red de monitoreo se tiene programada la implementación de un Sistema de Monitoreo Remoto para movimientos en masa, razón por la cual se hace necesario efectuar la redistribución de recursos disponibles por valor de MIL DOSCIENTOS MILLONES DE PESOS M/CTE ($1.200.000.000).a la Subcuenta de Conocimiento de Riesgos y de los Efectos del Cambio Climático, línea de inversión “Fortalecer el conocimiento del riesgo de desastres y del cambio climático y sus efectos”, programa “Monitoreo del Riesgo, de los fenómenos amenazantes y del cambio climático y sus efectos”.
Que en el marco del Plan de Acción Específico aprobado por el Consejo Distrital para la Gestión de Riesgos y Cambio Climático CDGR-CC, en el Artículo No. 2 del Acuerdo de Junta Directiva No. 6 de 2022, por error involuntario se efectuó distribución de recursos al Instituto Distrital de Desarrollo Urbano -IDU por valor de CINCO MIL MILLONES DE PESOS M/CTE ($5.000.000.000) para la ejecución de la Actividad “3.10. Priorización de recursos para realizar la intervención de huecos y tapas de alcantarillas abiertas en vías con riesgo de inundación”.
Que conforme a lo anterior se hace necesario tener en cuenta que mediante Acta No 04 del 15 de noviembre de 2022 el Consejo Distrital para la Gestión de Riesgos y Cambio Climático, señaló sobre la actividad de inventarios y tapas de alcantarillas, lo siguiente: “los recursos para hacer el inventario no pueden ser mayores a los de la intervención de los huecos, para lo cual la señora Alcaldesa, solicita aclaración sobre el tema, a lo cual el Director del IDU, Dr. Diego Sánchez, menciona que el término no es inventario sino intervención, porque para realizar el inventario no se necesitan recursos, sino para la intervención de huecos y tapas de alcantarillas abiertas en vías con riesgo de inundación. La señora Alcaldesa Mayor manifiesta que estos recursos no se le asignarán al IDU sino a la Unidad Administrativa especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial -UMV”; razón por la cual se hace necesario efectuar la reasignación de los recursos por valor de CINCO MIL MILLONES DE PESOS M/CTE ($5.000.000.000) a la Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial – UMV.
Que mediante Acuerdo No. 7 de 2015, la Junta Directiva del FONDIGER asignó recursos a la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte por valor de DOSCIENTOS CINCUENTA MILLONES DE PESOS M/CTE ($250.000.000) en la Subcuenta de Adaptación al Cambio Climático, con el objeto de “Fortalecer las capacidades sociales y comunitarias para la Gestión de Riesgos y Adaptación al Cambio Climático”, de los cuales, de acuerdo con las Actas de liquidación y cierre del expediente contractual, existe un saldo no ejecutado por valor de UN MILLON QUINIENTOS TREINTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS SESENTA PESOS M/CTE ($1.537.660), que requieren ser redistribuidos y reasignados.
Aclaración
Que la parte considerativa del Acuerdo de Junta Directiva No. 4 de 2019 indica: “Que (…) existen saldos de apropiación disponible por valor de ($149.027.995), por lo cual se requiere realizar una modificación presupuestal para reasignar dichos recursos a la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá –EAAB ESP y redistribuir a la Subcuenta de Adaptación al cambio climático para la actividad de limpieza de canales y quebradas, para lo cual se cuenta con el certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 2001 del 28 de Noviembre de 2019”(Subrayado fuera de texto).
Que mediante Artículo 4° del mismo Acuerdo, fueron reasignados recursos a la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá-EAAB por valor de CIENTO CUARENTA Y NUEVE MILLONES VENTISIETE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO PESOS M/CTE ($149.027.995) con el objeto “Gestión integral del agua”.
Que mediante radicados EAAB No. 102000-S-2022115275 e IDIGER No. 2022ER6925, la EAAB indica que existe diferencia entre el objeto referido en la parte considerativa y resolutoria del Acuerdo 4 de 2019, razón por la cual indican “agradecemos su colaboración para que se defina y aclare el destino de los recursos con el fin de analizar la necesidad de la EAAB-ESP de contar con los mismos y poder formular el Plan de Acción inicial requerido en su comunicación”, razón por la cual se hace necesario aclarar el objeto de la reasignación en mención.
Que el “Plan Distrital de Gestión del Riesgo de Desastres y del Cambio Climático para Bogotá D.C., 2018-2030” establece entre otros el programa de “Gestión integral del agua para la adaptación”. El cual está enfocado a implementar estrategias, programas y proyectos que impulsen el uso eficiente del recurso hídrico, el aprovechamiento del agua lluvia, la protección de las fuentes de agua (superficiales y subterráneas) y su relación con los ecosistemas y sus servicios. Estas acciones están orientadas a optimizar la capacidad adaptativa del distrito a partir de la gestión integral del recurso hídrico, la conservación y el aprovechamiento sostenible del agua. Este programa cuenta entre otras con la siguiente línea estratégica de acción: “Mantenimiento, adecuación y limpieza de canales y quebradas”.
Que, conforme a lo anterior, el Director General del IDIGER en la Junta Directiva de FONDIGER celebrada el 21 de diciembre de 2022, presentó para aprobación el “Proyecto de Acuerdo - Por medio del cual se aprueba, incorpora, distribuye y asigna el Presupuesto de Renta e Ingresos y Gastos e Inversiones del Fondo Distrital para la Gestión de Riesgos y Cambio Climático de Bogotá D.C. – FONDIGER 2023, se reasignan y redistribuyen recursos y se aclara el objeto de una asignación”.
Que, en mérito de lo expuesto,
ACUERDA:
Artículo 1. Aprobar la incorporación en el Presupuesto de Rentas e Ingresos del FONDIGER 2023, la suma de CINCUENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS DIECIOCHO MILLONES TRESCIENTOS SESENTA MIL SETECIENTOS VEINTIOCHO PESOS M/CTE ($58.718.360.728), de la siguiente manera:
Artículo 2. Aprobar la distribución y asignación de recursos en el Presupuesto de Gastos e Inversiones del FONDIGER 2023, por valor de CINCUENTA Y OCHO MIL SETECIENTOS DIECIOCHO MILLONES TRESCIENTOS SESENTA MIL SETECIENTOS VEINTIOCHO PESOS M/CTE ($58.718.360.728), como se muestra a continuación:
Artículo 3. Aprobar la redistribución de recursos en el presupuesto del Fondo Distrital para la Gestión de Riesgos y Cambio Climático de Bogotá D.C – FONDIGER por valor de MIL DOSCIENTOS MILLONES DE PESOS M/CTE ($1.200.000.000) como se presenta a continuación:
Artículo 4. Aprobar la redistribución y reasignación de recursos en el presupuesto del Fondo Distrital para la Gestión de Riesgos y Cambio Climático de Bogotá D.C – FONDIGER por valor de UN MILLON QUINIENTOS TREINTA Y SIETE MIL SEISCIENTOS SESENTA PESOS M/CTE ($1.537.660) como se presenta a continuación:
Artículo 5. Aprobar la reasignación de recursos en el presupuesto del Fondo Distrital para la Gestión de Riesgos y Cambio Climático de Bogotá D.C – FONDIGER por valor de CINCO MIL MILLONES DE PESOS M/CTE ($5.000.000.000) como se presenta a continuación:
Artículo 6. Conforme a lo establecido en la parte considerativa del presente Acuerdo se aclara el Artículo 4° del Acuerdo 4 de 2019, en cual quedará así:
“Artículo 4: Aprobar reasignación y traslado entre subcuentas en el presupuesto de gastos del FONDIGER por la suma de CIENTO CUARENTA Y NUEVE MILLONES VEINTISIETE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y CINCO PESOS M/CTE ($149.027.995), para lo cual se cuenta con el Certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 2021 del 28 de noviembre de 2019, como se señala a continuación”.
Artículo 7. Comunicar a las dependencias del IDIGER relacionadas con los procesos financieros con el fin de atender las decisiones adoptadas por la Junta Directiva, así como a la Empresa de Acueducto de Bogotá – EAAB, Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, Unidad Administrativa Especial de Rehabilitación y Mantenimiento Vial – UMV y al Instituto de Desarrollo Urbano- IDU.
Artículo 8. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su aprobación.
Artículo 9. Publíquese en la gaceta de la Imprenta Distrital.
Dado en Bogotá, D.C., a los 21 días del mes de diciembre del año 2022.
CAROLINA URRUTIA VÁSQUEZ
Delegada Alcaldesa Mayor
Presidente
GUILLERMO ESCOBAR CASTRO
Director General IDIGER
Secretario Técnico
SECRETARÍA DISTRITAL DE CULTURA, RECREACIÓN Y DEPORTE Nota: Ver norma original en Anexos. |
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