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Resolución 105 de 1998 Instituto Distrital para la Investigación Educativa y el Desarrollo Pedagógico - IDEP

Fecha de Expedición:
25/06/1998
Fecha de Entrada en Vigencia:
25/06/1998
Medio de Publicación:
No aparece en el Registro Distrital
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 105 DE 1998

(Junio 25)

Modificada parcialmente por la Resolución del IDEP 306 de 1999

"Por la cual se adopta el Manual de Procedimientos Administrativos por cargos del Instituto para la Investigación y el Desarrollo Pedagógico."

LA DIRECTORA DEL INSTITUTO PARA LA INVESTIGACIÓN y EL DESARROLLO PEDAGÓGICO,

en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el Acuerdo 26 de 1994 del Concejo de Bogotá y la resolución No. 001 del 31 de Julio de 1995, expedida por el Instituto Para la Investigación y el Desarrollo Pedagógico. Y

CONSIDERANDO

Que el artículo 114 del Decreto 1421 de julio 21 de 1993 por el cual se dicta el régimen especial para el Distrito Capital de Santa Fe de Bogotá, establece que el Control interno se ejercerá en todas las entidades del Distrito, mediante la aplicación de técnicas de dirección, verificación, evaluación del desempeño y de la gestión que se cumple. Con tal fin se adoptarán manuales de funciones y procedimientos, sistemas de información y programas de selección, inducción y capacitación de personal.

Que el parágrafo del artículo 1 de la ley 87 de 1993, reglamenta la elaboración de manuales de funciones y procedimientos y sistemas de información, con el fin de procurar que todas las actividades, operaciones y actuaciones se realicen de acuerdo con las normas constitucionales y legales vigentes, dentro de las políticas trazadas por la dirección en atención a las metas u objetivos previstos.

Que la Resolución No. 006 de. 24 de Agosto de 1995, señala que el Instituto para la Investigación y el desarrollo Pedagógico velarán por la revisión permanente de los procesos, trámites y procedimientos, teniendo en consideración la naturaleza de las funciones.

Que la Veeduría Distrital, basándose en los lineamientos establecidos en los artículos 209 y 269 de la Constitución Política de 1991, en el artículo 118 de del Decreto 1421 de 1993, en la Ley 87 de 1993 y en su calidad de organismo de vigilancia y control de la Administración pública Distrital, encargada de apoyar a los funcionarios del Control Interno, promueve su plan de apoyo a la Administración Distrital prestando asesoría mediante la transferencia de tecnología para la implantación de sistemas de Control Interno al IDEP, en desarrollo de estos lineamientos se seleccionó, formó académicamente a dos asesores, con cargo al presupuesto de la veeduría y colaboró con la Oficina de Control Interno en la elaboración del Manual de procedimientos.

El Presente Manual fue enviado y puesto en un período de prueba, como instrumento de apoyo al cumplimiento de la Misión Institucional, para las áreas Asesora Coordinación Jurídica, de Contratación y Área Administrativa, Recursos Humanos, Recursos Físicos, Recursos Financieros y no se recibió objeción alguna la descripción de las actividades enmarcadas dentro de cada procedimiento.

Ver la Resolución del IDEP 201 de 1999

RESUELVE:

ARTÍCULO 1. Adoptar los siguientes Manuales de Procedimientos del Instituto para la Investigación y el Desarrollo Pedagógico, relacionados en el índice así:

Capitulo 4: Area Asesora, Coordinación jurídica, de Contratación cinco (5) procedimientos, del código 8.1.1 al 8.1.5.

Capitulo 5: Área Administrativa, Recursos Humanos del 10.1.1. al 10.3.6, Recursos Físicos deI 11.1.1.1. al 11.2.4.5., Recursos financieros del 12.2.1.1. al 12.2.4.3.

ARTÍCULO 2. El presente documento será de consulta de los funcionarios responsables de los procedimientos y controles del Instituto para la Investigación y el Desarrollo Pedagógico IDEP de Santa Fe de-Bogotá, D.C., y de quienes en cumplimiento de sus labores requieran consultarlo.

ARTICULO 3. Será responsabilidad de la Oficina de Coordinación del Control Interno, la divulgación y permanente actualización del presente manual, así como el envío oportuno de las modificaciones a las diferentes dependencias, de conformidad con las instrucciones establecidas en este manual.

ARTÍCULO 4. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga todas las disposiciones que le sean contrarías.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

Dada en Santa Fe de Bogotá, D.C. a los 25 días de junio de 1998

CLEMENCIA CHIAPPE

Directora Ejecutiva IDEP

NOTA: Las tablas y anexos pueden ser consultados en las oficinas de la entidad expedidora del presente acto.