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Acuerdo 884 de 2023 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
22/03/2023
Fecha de Entrada en Vigencia:
28/03/2023
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7683 del 28 de marzo de 2023.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

ACUERDO 884 DE 2023

 

(Marzo 22)

 

Por el cual se nombra Tony Morales Arrieta al Estadio de Sóftbol ubicado en la Unidad Deportiva El Salitre en Bogotá Distrito Capital

 

EL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.,

 

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales, en especial la conferida en el numeral 1° del artículo 313 de la Constitución Política de Colombia y el numeral 1° del artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993


Ver Proyecto de Acuerdo 076 de 2023 Concejo de Bogotá, D.C.

 

CONSIDERANDO:

 

Que el señor ANTONIO MARÍA MORALES ARRIETA fue elegido en 1980 como presidente de la Liga de Sóftbol de Bogotá, dignidad que ocupó por más de 15 años como muestra de su entrega y dedicación a dicha labor, en la que consiguió varios trofeos y medallas para las selecciones femenina y masculina de Bogotá a nivel nacional, la realización de torneos nacionales e internacionales, además de posicionar de manera ininterrumpida los campeonatos distritales en las distintas categorías.

 

Que durante este periplo dirigiendo el sóftbol bogotano gestionó ante el Instituto Distrital de Recreación y Deporte (IDRD), hasta lograrlo, la construcción del estadio de sóftbol de la ciudad que hoy se encuentra ubicado en la Unidad Deportiva El Salitre.

 

ACUERDA:

 

Artículo 1. Nómbrese TONY MORALES ARRIETA al estadio de sóftbol ubicado en la Unidad Deportiva El Salitre en Bogotá Distrito Capital.

 

Artículo 2. Le corresponderá al Instituto Distrital de Recreación y Deporte (IDRD), darle cumplimiento al presente Acuerdo.

 

Parágrafo. El alcance del cambio de nombre en la denominación del escenario deportivo al que hace referencia el artículo primero del presente acuerdo se extiende a los avisos informativos, señalética y distintivos necesarios para el correcto uso del estadio de sóftbol.

 

Artículo 3. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

EDWARD ANÍBAL ARIAS RUBIO

 

Presidente

 

DAGOBERTO GARCÍA BAQUERO

 

Secretario General de Organismo de Control

 

ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL

 

PUBLÍQUESE Y EJECÚTESE.

 

CLAUDIA NAYIBE LÓPEZ HERNÁNDEZ

 

Alcaldesa Mayor de Bogotá, D.C.


Nota: Ver norma original en Anexos.