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ACUERDO 892 DE 2023
(Marzo 27)
Por medio del cual se exalta la cultura llanera a través del Festival Joropo al Parque y se dictan otras disposiciones
EL CONCEJO DE BOGOTÁ D.C.
En ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por los numerales 1 y 13 del artículo 12, del Decreto Ley 1421 de 1993, Ver Proyecto de Acuerdo 004 de 2023 Concejo de Bogotá, D.C.
ACUERDA:
Artículo 1. OBJETO: Efectuar el reconocimiento Distrital a la cultura llanera, comprendida por el conjunto de expresiones y manifestaciones culturales materiales e inmateriales para salvaguardar y promover las tradiciones, técnicas, conocimientos y saberes de las comunidades y pueblos llaneros en la ciudad de Bogotá, como un reconocimiento a quienes a través de la labor de la gesta emancipadora dieron la libertad a los colombianos, vinculando muestras musicales, de danza folclórica llanera, gastronómicas, artesanales, comerciales y en general todas aquellas expresiones que engrandezcan la histórica presencia llanera en la capital.
Artículo 2. Reconocer como elementos que integran la cultura llanera el conjunto de expresiones lingüísticas, sonoras, musicales, nuevas sonoridades, cantos de trabajo de llano, artes audiovisuales y/o cinematográficas, artes plásticas, oralituras, testimoniales, documentales, literarias, bibliográficas, museológicas o antropológicas, gastronómicas, artesanales y todo aquello que contenga patrimonio cultural de los llanos. Parágrafo. Adóptense por parte de las autoridades competentes las medidas necesarias para garantizar la salvaguarda de la cultura llanera, comprendidas en el conjunto de expresiones y manifestaciones culturales materiales e inmateriales del folclor llanero.
Artículo 3. Declárese el Festival Joropo al Parque como la jornada Distrital de la Cultura Llanera en la Capital. El Instituto Distrital de las Artes-IDARTES como entidad competente, realizará de acuerdo con la disponibilidad presupuestal el Festival Joropo al Parque, para dar a conocer y promocionar la cultura, tradición e identidad llanera, con el fin de generar impactos positivos en la expresión, el disfrute y el conocimiento colectivo de cultura e idiosincrasia llanera por parte de los ciudadanos de Bogotá D.C.
Artículo 4. La Administración Distrital, por intermedio de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte y el Instituto Distrital de las Artes –IDARTES dentro del marco de sus competencias, realizará esta actividad cultural de la que trata el artículo anterior con la participación activa de los diversos grupos de la región llanera y grupos llaneros residentes en el Distrito Capital; así como los representantes de los sectores privado o público, del orden Distrital y Nacional, definiendo la Plaza de Bolívar como el lugar para llevarlo a cabo.
Artículo 5. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
EDWARD ANÍBAL ARIAS RUBIO
Presidente
DAGOBERTO GARCÍA BAQUERO
Secretario General de Organismo de Control
ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL
PUBLÍQUESE Y EJECÚTESE
CLAUDIA NAYIBE LÓPEZ HERNÁNDEZ
Alcaldesa Mayor de Bogotá, D.C. Nota: Ver norma original en Anexos. |