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DECRETO LOCAL 004 DE 2023
(Abril 21)
Por medio del cual se convoca a sesiones extraordinarias a la junta administradora local de Rafael Uribe Uribe
EL ALCALDE LOCAL DE RAFAEL URIBE URIBE
En uso de las facultades legales y estatutarias y en especial las conferidas por el Decreto Ley 1421 de 1993 y atendiendo lo dispuesto en la Ley 1148 de 2007. Ver Decreto Local 011 de 2023 Alcaldía Local de Rafael Uribe Uribe
CONSIDERANDO:
Que de conformidad con el Artículo 71 del Decreto 1421 de 1993 las JUNTAS ADMINISTRADORAS LOCALES se reúnen ordinariamente por derecho propio cuatro veces al año así: el primero de marzo, el primero de junio, el primero de septiembre, y el primero de diciembre.
Que el inciso segundo del artículo 71 del decreto Ley 1421 de 1993 prevé que los ediles se reunirán extraordinariamente por convocatoria que le haga el respectivo Alcalde Local. Debiendo sesionar por el término que señale el alcalde y únicamente se ocuparan de los asuntos que él mismo someta a consideración.
Que se hace necesario convocar a Sesiones Extraordinarias a la Junta Administradora Local de Rafael Uribe Uribe, para que dé trámite a los proyectos de Acuerdo No. 1 “Por el cual se adiciona el Presupuesto de Ingresos y Gastos de la Vigencia Fiscal 2023 del Fondo de Desarrollo Local de Rafael Uribe Uribe” y No. 2 “POR MEDIO DEL CUAL SE ACTUALIZA NORMATIVAMENTE EL ACUERDO LOCAL 002 DE 2014 Y SE REACTIVA EL CONSEJO LOCAL DE PAZ, RECONCILIACIÓN, CONVIVENCIA Y TRANSFORMACIÓN DE CONFLICTOS DE LA LOCALIDAD DE RAFAEL URIBE URIBE Y SE ESTABLECEN OTRAS DISPOSICIONES”.
DECRETA:
Artículo 1. Convocar a Sesiones Extraordinarias a la Junta Administradora Local de Rafael Uribe Uribe, para los días del 22 de abril de 2023 al 7 de mayo del 2023 inclusive, con el fin de tramitar los proyectos de Acuerdo: No.1 “Por el cual se adiciona el presupuesto de Ingresos y Gastos de la vigencia fiscal 2023 del Fondo de Desarrollo Local Rafael Uribe Uribe” y No. 2 “POR MEDIO DEL CUAL SE ACTUALIZA NORMATIVAMENTE EL ACUERDO LOCAL 002 DE 2014 Y SE REACTIVA EL CONSEJO LOCAL DE PAZ, RECONCILIACIÓN, CONVIVENCIA Y TRANSFORMACIÓN DE CONFLICTOS DE LA LOCALIDAD DE RAFAEL URIBE URIBE Y SE ESTABLECEN OTRAS DISPOSICIONES”.
Artículo 2. Durante el periodo de sesiones extraordinarias señalado en el artículo anterior, la Junta Administradora Local de Rafael Uribe Uribe, se ocupará exclusivamente de dar el trámite a los proyectos de Acuerdo relacionados.
Dado en Bogotá, D.C., a los 21 días del mes de abril del año 2023.
PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
EDUARD HUMBERTO QUINTANA ARELLANAO |