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Proyecto de Acuerdo 306 de 2018 Concejo de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
--/ 00/2018
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

MEMORANDO

 

PROYECTO DE ACUERDO No.   306   DE  2018

 

Ver Acuerdo Distrital 718 de 2018 Concejo de Bogotá, D.C.

 

“POR MEDIO DEL CUAL SE ESTABLECEN LINEAMIENTOS PARA LA CREACIÓN DE LA RED DISTRITAL DE LABORATORIOS DIGITALES, COMO MECANISMO DE INCENTIVO Y FORTALECIMIENTO A LA INNOVACIÓN, TECNOLOGÍA Y EMPRENDIMIENTO DEL DISTRITO CAPITAL”

 

 

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

 

 

1.             OBJETO

 

El presente Proyecto de Acuerdo tiene por objeto establecer lineamientos para la creación de la Red Distrital de Laboratorios Digitales en el Distrito Capital, como centros de emprendimiento que servirán de impulso a la economía y empleabilidad de la ciudad a través del desarrollo de las tecnologías de la información y el aprovechamiento de la economía digital lo cual redundará en el desarrollo de capital social y la mejora en las condiciones de vida de los bogotanos.

 

La Alta Consejería Distrital de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, de la mano de la Secretaría de Desarrollo Económico, en asocio con el sector privado, Instituciones de Educación Superior (IES) y el Gobierno Nacional, desarrollarán el diseño y puesta en marcha de estos laboratorios digitales desde una perspectiva comunitaria.

 

 

2.             ANTECEDENTES

 

Este Proyecto de Acuerdo fue puesto a consideración de esta Corporación en siete (7) ocasiones así, dos en la vigencia 2016 y cuatro en el año 2017 y una en la vigencia 2018.

 

 

No. P.A.

 

Nombre del Proyecto de Acuerdo

Ponentes / Ponencia

362 de 2016

Por medio del cual se crea la red distrital de laboratorios digitales locales como un mecanismo de impulso al desarrollo económico del Distrito Capital.

Asignado a la Comisión Primera Permanente del Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial.

 

Andrés Eduardo Molina.

Partido Centro Democrático.

PONENCIA POSITIVA

 

Juan Carlos Flórez Arcila.

Partido Centro Democrático.

PONENCIA POSITIVA

 

Archivado 19 de septiembre de 2016.

529 de 2016

Por medio del cual se crea la red distrital de laboratorios digitales locales como un mecanismo de impulso al desarrollo económico del Distrito Capital.

Asignado a la Comisión Segunda Permanente de Gobierno.

 

No se designaron ponentes.

 

Archivado en Noviembre de 2016, según lo establecido en el Artículo 80 del Acuerdo 348 de 2008.

026  de 2017

Por medio del cual se crea la red distrital de laboratorios digitales locales como un mecanismo de impulso al desarrollo económico del Distrito Capital.

Asignado a la Comisión Segunda Permanente de Gobierno.

 

Diego Andrés Molano Aponte.

Partido Centro Democrático.

PONENCIA POSITIVA con Modificaciones.

 

Emel Rojas Castillo.

Partido Libres.

PONENCIA POSITIVA con Modificaciones.

 

Cesar García.

Partido Cambio Radical

PONENCIA POSITIVA

 

Archivado en Marzo de 2017, según lo establecido en el Artículo 80 del Acuerdo 348 de 2008.

 

242  de 2017

Por medio del cual se crea la red distrital de laboratorios digitales locales como un mecanismo de impulso al desarrollo económico del Distrito Capital.

Asignado a la Comisión Primera Permanente del Plan de Desarrollo.

 

PONENCIA POSITIVA. H.C . Pedro Javier Santiesteban Millán (22-mayo-2017).

 

PONENCIA POSITIVA. H.C. María Clara Name Ramírez (02-junio-2017).

 

Archivado (16-junio-2017).

421 de 2017

Por medio del cual se crea la Red Distrital de Laboratorios Digitales Locales como mecanismo de incentivo y fortalecimiento a la red de innovación, tecnología y emprendimiento del Distrito Capital

Asignado a la Comisión Primera de Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial.

 

No se designaron ponentes.

 

575 de 2017

Por medio del cual se crea la Red Distrital de Laboratorios Digitales Locales como mecanismo de incentivo y fortalecimiento a la red de innovación, tecnología y emprendimiento del Distrito Capital

Asignado a la Comisión Primera de Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial.

 

PONENCIA POSITIVA. H.C. Nelson Enrique Cubides Salazar (24-noviembre-2017).

 

PONENCIA POSITIVA. H.C. Horacio José Serpa Moncada (24-noviembre-2017).

 

Comentarios Administración. Secretaría Distrital de Gobierno, Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, Secretaría General de la Alcaldía Mayor, Secretaría Jurídica Distrital, Secretaría Distrital de Hacienda (29-noviembre-2017)

 

Archivado (13-dic-2017).

099 de 2018

Por medio del cual se establecen lineamientos para la creación de la Red Distrital de Laboratorios Digitales Locales, como mecanismo de incentivo y fortalecimiento a la red de innovación, tecnología y emprendimiento del Distrito Capital

Asignado a la Comisión Primera de Plan de Desarrollo y Ordenamiento Territorial.

 

PONENCIA POSITIVA CON MODIFICACIONES. H.C. Daniel Andrés Palacios Martínez (23-febrero-2018).

 

PONENCIA POSITIVA CON MODIFICACIONES. H.C. Xinia Rocío Navarro Prada (23-febrero-2018).

 

La presente versión del Proyecto de Acuerdo incorpora en su articulado parte de las valiosas sugerencias planteadas por los ponentes del PA 099 de 2018 e igualmente algunas señaladas en el Concepto de la Administración.

 

3.             JUSTIFICACIÓN

 

Actualmente es un hecho evidente que las TIC son un factor clave para mejorar el desempeño productivo y a través de este el crecimiento económico y desarrollo social al hacer parte de estrategias integrales de negocios. Sin embargo, según la Encuesta de Calidad de Vida del 2018 elaborada por el DANE, tan solo el 50,0% del total de hogares poseía conexión a internet. Particularmente en Bogotá se ha avanzado mucho en materia de infraestructura y masificación de las TIC, alcanzando niveles de penetración de Internet dedicado de un 20,27% o un porcentaje de tenencia de Internet en los hogares de un 59,85%, sin embargo si bien estas cifras le permiten estar a la vanguardia a nivel nacional, estos avances resultan inferiores frente a otras ciudades latinoamericanas en los que existen promedios de penetración superiores al 35% o cercanos al 70% para el caso de la tenencia de Internet[1]

 

De otro lado, de acuerdo con la información recopilada en la Encuesta Anual Manufacturera 2016, si bien el 99,3% de las empresas industriales manufactureras tienen computador y el 99,3% cuenta con conexión a internet, solamente el 26,7% de las empresas que usaron internet, lo hicieron para vender sus productos y solo el 25,3% de las empresas industriales manifestaron utilizar una plataforma electrónica para comprar insumos[2].

 

 

En consecuencia, encontramos que las empresas que cuentan con servicio de internet lo destinan casi que exclusivamente a enviar y recibir correos electrónicos. En contraste, la actividad menos realizada a través de internet fue la distribución de productos en línea, con 25,3%.

 

No obstante, en los últimos años Colombia ha alcanzado “(…) una mejora significativa en la conectividad, principalmente producto del despliegue de infraestructura, conectando el 96 % de los municipios a la red nacional de fibra óptica y pasando de cinco a nueve accesos de cables submarinos. Asimismo, se generó una mayor oferta de servicios, al alcanzar 9,7 millones de conexiones a Internet banda ancha, y se desarrollaron programas que facilitaron el acceso de todos los colombianos a las TIC, instalando 5.225 kioscos Vive Digital y 237 puntos Vive Digital. En materia de emprendimiento y generación de aplicaciones y contenidos, se instalaron 17 centros de emprendimiento TIC (Vivelabs), se apoyó a más de 55.000 emprendedores por medio del programa Apps.co, se promovió la adopción de las TIC en más de 17.000 mipyme, se digitalizaron más de 1.000 trámites y servicios de alta importancia para los ciudadanos, y se redujo de 20 a cuatro el promedio de niños por terminal (computadores, tabletas) en las escuelas públicas”[3].

 

En el contexto local, de acuerdo con el Índice Departamental de Competitividad 2017, Bogotá no solo es la ciudad más competitiva del país sino que ocupa el primer puesto nacional en el pilar de sofisticación e innovación con un puntaje de 9,75 sobre 10.

 

 

 

 

Así las cosas, si bien la ciudad es reconocida por su liderazgo en competitividad debe “(…) mantenerse y mejorar sus proyectos de innovación al servicio de la dinámica de crecimiento regional que la caracteriza. Según el escalafón de competitividad de la Comisión Económica para América Latina y el Caribe (CEPAL), son seis los factores de competitividad: i) fortaleza de la economía, ii) capital humano; iii) infraestructura; iv) ciencia y tecnología; v) gestión y finanzas públicas; y vi) seguridad. De los anteriores, el factor de ciencia y tecnología es preponderante para la ciudad, por ende la capacidad innovadora debe ser potenciada para que se exprese en proyectos de desarrollo económico, financiero, dotacional y productivo que desarrolle ventajas competitivas y permita a Bogotá posicionarse en la escala mundial. El desarrollo económico y social de los países está determinado por el nivel de inserción en la economía del conocimiento, caracterizada por la creación y transformación del conocimiento como fuente primordial para generar valor. Los sistemas productivos basados en la interacción de la educación, la ciencia, la tecnología y la innovación propician el establecimiento de una sociedad del conocimiento, entendida como aquella con capacidad para transferir, apropiar, generar y utilizar el conocimiento para atender las necesidades de su desarrollo y así construir su propio futuro, convirtiendo la creación y transferencia del conocimiento como herramienta social para su propio beneficio. Un adecuado progreso del país en el entorno de la sociedad y economía del conocimiento, sólo puede lograrse a través de políticas y acciones dinámicas que promuevan la ciencia, la tecnología y la innovación como elementos fundamentales para lograr una transformación productiva y social[4].

 

La ciencia y la tecnología son fuentes sostenibles de riqueza pero sobre todo son una oportunidad de traer prosperidad y mejorar la calidad de vida de una sociedad, y son aquellos quienes las administran de forma creativa e innovadora los que obtienen los beneficios de un crecimiento económico sostenible[5].  En las actuales circunstancias la sociedad colombiana, y en particular la ciudadanía bogotana, enfrentan el reto de modificar el modelo económico, sustentando en transacciones de bienes y servicios físicos, hacia un modelo que impulse el crecimiento de los bienes y servicios digitales.

 

En efecto, la revolución digital ha modificado e impactado de forma sustancial la calidad de vida de los ciudadanos, pues además de traer consigo cambios tecnológicos como la innovación, el uso de tecnologías móviles, la masificación redes sociales, la administración de grandes bases de datos (Big Data), y en general el uso intensivo de internet, entre otros; han comenzado a repercutir en otros aspectos económicos que determinarán el futuro de las próximas generaciones.

 

Por ejemplo, el mercado laboral se transformará de forma definitiva dado que las aplicaciones, los medios robóticos y las maquinas tecnológicas sustituirán varios trabajos u oficios. Se espera que en el mediano plazo la gestión de las oficinas la realicen programas y medios informáticos. De la misma manera, la impresión en 3D, evoluciona hacia el diseño a gran escala, lo que puede implicar que en algunos eventos la construcción de casas u oficinas no requiera mano de obra humana.

 

Asimismo, y en materia de gestión de la información los programas predictivos avanzan de forma notable, y esto implicará que en el futuro los analistas financieros, contables, o de riesgo podrán ser sustituidos por aplicaciones. En complemento con lo anterior, la administración de las ciudades será entendida como la integración entre medios técnicos, virtuales o sistematizados, buscando consolidar las ciudades inteligentes.

 

Esta nueva realidad genera un reto para Bogotá y es la necesidad de consolidar un ecosistema digital que responde a los desafíos del futuro, y que le permita a nuestra ciudad entrar de forma definitiva en la economía digital. A pesar del desarrollo de Bogotá, en lo que se refiere al sector de TIC en conectividad de banda ancha, comercio electrónico, publicidad digital, aún quedan muchos desafíos que servirán como soporte estratégico para el desarrollo económico de la ciudad en los próximos años.

 

Innovación Digital para el desarrollo de nuestras localidades

 

“Según la encuesta Multipropósito para Bogotá – EMB de 2011 y la Encuesta Bienal de Cultural del mismo año, se ha podido establecer la existencia de una brecha digital entre los diferentes niveles socioeconómicos de la ciudad (…) En Usaquén, una de las localidades con mayor desarrollo económico, el 50% de los usuarios de Internet utilizan el servicio en labores relacionadas con su trabajo, mientras en Usme, una de las localidades con menores niveles de ingreso, sólo el 20% de los usuarios hace uso de estas tecnologías para dichos fines.”[6]. Uno de los grandes retos de los gobiernos para apalancar el incremento de la innovación y la competitividad, es permitir que se realicen inversiones tanto públicas como privadas para contribuir al cierre de las “brechas digitales” que existen entre ciudadanos y en las diferentes localidades de la capital.

 

En este contexto, las brechas digitales deben entenderse de forma integral, y no limitarse al acceso a Internet, e incluir mecanismos que promuevan el desarrollo de la economía digital, la creación de contenidos locales y la innovación digital con enfoque territorial, de género y diferencial que permitan vincular a nuestra población vulnerable como son los jóvenes, madres cabeza de hogar, personas en condición de discapacidad o víctimas del conflicto armado. De esta forma, Bogotá potencializará su sector TIC como un factor preponderante en el desarrollo de la economía digital, pues entre mayor innovación digital se genere a sus ciudadanos, mayores será el mejoramiento en la calidad de vida de nuestros ciudadanos.

 

Por tal motivo debemos estimular la creación de un verdadero ecosistema digital, que no es más que un conjunto de estrategias que ayudan a favorecer un entorno para potenciar a nuestra ciudadanía a través de internet y generar así mayor interacción con los usuarios, mejores servicios de infraestructura y de conectividad.

 

El programa Bogotá, ciudad inteligente incluido dentro del Plan Distrital de Desarrollo permitirá “(…) que la ciudad cuente con una infraestructura de comunicaciones amigable con el espacio público y con el medio ambiente, donde sus habitantes usen las Tecnologías de las Comunicaciones – TIC – con propósitos adicionales al esparcimiento, que apunten a la educación, el emprendimiento y la corresponsabilidad en la creación de soluciones para los problemas de la ciudad. La revolución digital en materia TIC ha creado una plataforma para que la información, las ideas y el conocimiento fluyan libremente por las ciudades, cambiando la forma tradicional en la que éstas funcionaban. Esta nueva forma de ver el mundo ha hecho que los gobiernos, la academia, las empresas y los ciudadanos se involucren en los diferentes aspectos de la sociedad de la información, de tal manera que se pueda hacer un mejor uso de los recursos disponibles para el bienestar y el progreso de todos. (…) Bogotá aún no alcanza posiciones de vanguardia respecto de los indicadores internacionales que miden el desarrollo de la economía digital, como apropiación de las TIC, emprendimiento y uso de capital humano o utilización efectiva de contenidos locales. Este escenario refleja la gran distancia tecnológica entre los ciudadanos, las familias, las empresas, las áreas geográficas de la ciudad y las oportunidades de acceso tanto a la información como a las tecnologías de las comunicaciones. Desde el punto de vista de competitividad y dinámica empresarial, las ciudades que irán a la vanguardia serán aquellas capaces de usar apropiadamente las TIC para incrementar su capacidad innovadora, desarrollar formas de trabajo más eficientes y generar nuevos modelos de prestación servicios”[7].

 

Consolidación de las TIC en Bogotá

 

A partir de este enfoque se genera un punto clave para analizar el diseño de nuevas políticas públicas sobre el uso y aprovechamiento de las tecnologías de la información y la innovación digital. Según un estudio realizado por el profesor Raúl Katz “El ecosistema y la economía digital en América Latina”, el crecimiento económico de la región dependerá del desarrollo inmediato de su ecosistema digital.

 

El profesor Katz, indica que “el ecosistema digital involucra tres dimensiones: nuevos modos de producción de información y contenidos, diferentes comportamiento sociales relativos al uso y consumo de bienes y un impacto económico y social más importante que el de tecnologías de información y comunicación consideradas de manera aislada”[8].

 

Según la CAF, la digitalización en América Latina ha contribuido en los últimos cinco años en USD $195 millones al PIB regional, equivalente al 4.3% del crecimiento acumulado y ha generado más de 900.000 empleos al año, convirtiéndose así en un elemento clave para mitigar la desaceleración económica actual. Entre mayor sea la digitalización, mayor será el crecimiento económico lo que genera reducción en la desigualdad, lo que se reflejará en una mejor calidad de vida de nuestros bogotanos. En este proceso identificamos los siguientes beneficios al mejorar la digitalización en el Distrito Capital:

 

ü    Incremento de la economía bogotana al potencializar nuevos servicios, aplicaciones y desarrollos digitales

ü    Mayor bienestar social al contar con servicios digitales que disminuyen tramites, mejoran la seguridad, incrementan la movilidad ó la educación de los niños y jóvenes, entre otros.

ü    Inclusión social de nuestras poblaciones o comunidades vulnerables. A través de las TIC podemos integrar a muchos sectores sociales de la ciudad excluidos

 

4.             SUSTENTO JURÍDICO

 

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE COLOMBIA.

 

Artículo 1º. Colombia es un Estado social de derecho, organizado en forma de República unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades territoriales, democrática, participativa y pluralista, fundada en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la solidaridad de las personas que la integran y en la prevalencia del interés general."

 

Artículo 2°. Son fines esenciales del Estado: servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución; facilitar la participación de todos en las decisiones que los afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la Nación; defender la independencia nacional, mantener la integridad territorial y asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de un orden justo.

 

Las autoridades de la República están instituidas para proteger a todas las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes, creencias, y demás derechos y libertades, y para asegurar el cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares.

 

Artículo 20. Se garantiza a toda persona la libertad de expresar y difundir su pensamiento y opiniones, la de informar y recibir información veraz e imparcial, y la de fundar medios masivos de comunicación.

 

Estos son libres y tienen responsabilidad social. Se garantiza el derecho a la rectificación en condiciones de equidad. No habrá censura.

 

Artículo 67. La educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social; con ella se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica, y a los demás bienes y valores de la cultura.

 

La educación formará al colombiano en el respeto a los derechos humanos, a la paz y a la democracia; y en la práctica del trabajo y la recreación, para el mejoramiento cultural, científico, tecnológico y para la protección del ambiente.

 

El Estado, la sociedad y la familia son responsables de la educación, que será obligatoria entre los cinco y los quince años de edad y que comprenderá como mínimo, un año de preescolar y nueve de educación básica.

 

La educación será gratuita en las instituciones del Estado, sin perjuicio del cobro de derechos académicos a quienes puedan sufragarlos.

 

Corresponde al Estado regular y ejercer la suprema inspección y vigilancia de la educación con el fin de velar por su calidad, por el cumplimiento de sus fines y por la mejor formación moral, intelectual y física de los educandos; garantizar el adecuado cubrimiento del servicio y asegurar a los menores las condiciones necesarias para su acceso y permanencia en el sistema educativo.

 

La Nación y las entidades territoriales participarán en la dirección, financiación y administración de los servicios educativos estatales, en los términos que señalen la Constitución y la ley.

 

Ley 1341 de 2009 “Por la cual se definen principios y conceptos sobre la sociedad de la información y la organización de las tecnologías de la información y las comunicaciones - TIC-, se crea la agencia nacional de espectro y se dictan otras disposiciones”

 

Artículo 3. Sociedad de la información y del conocimiento. El Estado reconoce que el acceso y uso de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, el despliegue y uso eficiente de la infraestructura, el desarrollo de contenidos y aplicaciones, la protección a los usuarios, la formación de talento humano en estas tecnologías y su carácter transversal, son pilares para la consolidación de las sociedades de la información y del conocimiento.

 

Ley 1753 de 2015 “Por la cual se expide el Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018 “Todos por un nuevo país”.

 

Artículo 39. Fortalecimiento al desarrollo de software, aplicaciones y contenidos digitales con impacto social. El Ministerio de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (MinTIC), a través del Fondo de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (Fontic), apoyará la creación de planes específicos de TIC para cada sector, que impulsen el desarrollo de aplicaciones y contenidos digitales con enfoque social, incluyendo las multiplataformas, por parte de compañías colombianas.

 

A través de las partidas del Fondo para el Desarrollo de la Televisión y los Contenidos, destinadas por la Autoridad Nacional de Televisión (ANTV) a los canales públicos de televisión, se apoyará el desarrollo de contenidos digitales multiplataforma a los beneficiarios establecidos por las normas vigentes.

 

Artículo 193. Acceso a las TIC y despliegue de infraestructura. Con el propósito de garantizar el ejercicio y goce efectivo de los derechos constitucionales a la comunicación, la vida en situaciones de emergencia, la educación, la salud, la seguridad personal, y, el acceso a la información, al conocimiento, la ciencia y a la cultura, así como el de contribuir a la masificación del Gobierno en Línea, de conformidad con la Ley 1341 de 2009, es deber de la Nación asegurar la prestación continua, oportuna y de calidad de los servicios públicos de comunicaciones para lo cual velará por el despliegue de la infraestructura de redes de telecomunicaciones en las entidades territoriales.

 

Para este efecto, las autoridades de todos los órdenes territoriales identificarán los obstáculos que restrinjan, limiten o impidan el despliegue de infraestructura de telecomunicaciones necesaria para el ejercicio y goce de los derechos constitucionales y procederá a adoptar las medidas y acciones que considere idóneas para removerlos.

 

Cualquier autoridad territorial o cualquier persona podrá comunicarle a la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC) la persistencia de alguno de estos obstáculos. Recibida la comunicación, la CRC deberá constatar la existencia de barreras, prohibiciones o restricciones que transitoria o permanentemente obstruyan el despliegue de infraestructura en un área determinada de la respectiva entidad territorial. Una vez efectuada la constatación por parte de la CRC y en un término no mayor de treinta (30) días, esta emitirá un concepto, en el cual informará a las autoridades territoriales responsables la necesidad de garantizar el despliegue de infraestructura de telecomunicaciones para la realización de los derechos constitucionales en los términos del primer inciso del presente artículo.

 

Comunicado el concepto, la autoridad respectiva dispondrá de un plazo máximo de treinta (30) días para informar a la CRC las acciones que ha decidido implementar en el término de seis (6) meses para remover el obstáculo o barrera identificado por la CRC, así como las alternativas que permitirán el despliegue de infraestructura de telecomunicaciones en el área determinada, incluidas, entre estas, las recomendaciones contenidas en el concepto de la CRC.

 

Antes del vencimiento de este plazo, la autoridad de la entidad territorial podrá acordar con la CRC la mejor forma de implementar las condiciones técnicas en las cuales se asegurará el despliegue.

Artículo 194. Expansión de las telecomunicaciones sociales y mejoramiento de la calidad de los servicios TIC. El Gobierno nacional, a través del Ministerio de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (Min TIC), diseñará e implementará planes, programas y proyectos que promuevan en forma prioritaria el acceso y el servicio universal a las Tecnologías de la Información, y las Comunicaciones (TIC) a las zonas apartadas del país. Para el efecto, se tendrán en cuenta los siguientes lineamientos:

 

a)             Acceso a las TIC en zonas rurales y urbanas. El Min TIC podrá apoyar la conectividad de los centros de acceso comunitarios a Internet rurales y urbanos desplegados en territorio nacional con cargo a los recursos del sector, teniendo en cuenta criterios de focalización, y promoverá que las entidades del Estado hagan uso y apoyen dichos centros.

 

b)  Masificación de servicios de telecomunicaciones y aplicaciones. El Min TIC podrá establecer planes de masificación del acceso a las tecnologías de la información y las comunicaciones para la población de menores recursos.

 

Dichos planes podrán incorporar subsidios a grupos específicos de población de menores ingresos o en condiciones socioeconómicas y geográficas menos favorables, para el suministro de los servicios de telecomunicaciones, los equipos terminales, los paneles solares las aplicaciones y los servicios de capacitación para la apropiación de dicha tecnología.

 

El Min TIC, con el apoyo técnico de la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC), definirá las características de los planes, los montos de los subsidios, las condiciones de provisión de servicios, aplicaciones y terminales, así como los mecanismos y procedimientos para la verificación y control en la inversión de estos recursos por parte de los operadores.

 

Para este efecto, el Ministerio podrá asignar recursos del Fondo de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (Fontic), y en el caso de desarrollar dichos planes a través de proveedores de redes y servicios de comunicaciones, podrá autorizar que estos destinen directamente para ello los recursos de la contraprestación de que trata el artículo 36 de la Ley 1341 de 2009.

 

Dentro de este programa de masificación, en poblaciones con menos de 50.000 habitantes, el Fontic también podrá subsidiar la prestación del servicio de acceso a internet a nuevos usuarios que reúnan las mismas características del inciso primero de este literal, a través de los operadores de televisión comunitaria y televisión por suscripción, para lo cual los operadores de televisión comunitaria podrán prestar servicios de Internet y telefonía sin afectar su licencia de televisión, previo cumplimiento de inscripción en el Registro de TIC de que trata la Ley 1341 de 2009.

 

c) Despliegue de la Televisión Digital. La Autoridad Nacional de Televisión (ANTV) promoverá el desarrollo de la Televisión Digital Terrestre (TDT) y Direct to Home (DTH) para que esta llegue a todo el territorio nacional. Para esto, el Fondo de Desarrollo de la Televisión y los Contenidos podrán subsidiar equipos terminales, televisores, y paneles solares dirigidos a centros comunitarios y escuelas públicas en zonas apartadas del país.

 

d) Obligaciones de hacer como forma de pago por el uso del espectro radioeléctrico. El Min TIC podrá establecer obligaciones de hacer como forma de pago de la contra prestación por el otorgamiento o renovación de los permisos de uso del espectro radioeléctrico para beneficiar con TIC a habitantes de bajos ingresos, zonas apartadas y escuelas públicas. Así mismo podrá imponer obligaciones para prestar redes para emergencias. Las inversiones a reconocer serán determinadas por la Comisión de Regulación de Comunicaciones, de acuerdo con la reglamentación que se defina al respecto.

 

Artículo 195. Planes regionales de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones. El Ministerio de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (Min TIC) incluirá programas regionales de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones (TIC), en coordinación con Colciencias y otras entidades del Estado. Dichos planes estarán alineados con los objetivos del Plan Nacional de Desarrollo.

 

Decreto Ley 1421 de 1993. “Por el cual se dicta el régimen especial para el Distrito Capital de Santafé de Bogotá.”

 

Artículo 12°. Corresponde al Concejo Distrital, de conformidad con la Constitución y a la ley:

1.- Dictar las normas necesarias para garantizar el adecuado cumplimiento de las funciones y la eficiente prestación de los servicios a su cargo.

 

Acuerdo 645 de 2016. Por el cual se adopta el plan de desarrollo económico, social, ambiental y de obras públicas para Bogotá D.C. 2016-2020 Bogotá Mejor para Todos.

 

Artículo 48. Bogotá, Ciudad Inteligente. El objetivo de este programa es crear lineamientos para un entorno urbano económico y social adecuado para el desarrollo de las actividades de innovación que permitan posicionar a la ciudad internacionalmente, como ciudad innovadora.

 

Artículo 49. Bogotá, una ciudad digital. El objetivo de este programa es permitir que la ciudad cuente con una infraestructura de comunicaciones amigable con el espacio público y con el medio ambiente, donde sus habitantes usen las Tecnologías de las Comunicaciones – TIC – con propósitos adicionales al esparcimiento, que apunten a la educación, el emprendimiento y la corresponsabilidad en la creación de soluciones para los problemas de la ciudad.

 

Así mismo este programa buscará implementar el concepto de Ciudad Digital (Ciudad Inteligente) a través de la tecnología y la innovación como herramientas base de desarrollo y potenciar el intercambio de conocimiento y experiencias entre ciudades, para que el ciudadano sea también innovador y contribuya al cambio de su ciudad, participe en el diseño de los servicios que requieren se les reste y para garantizar un desarrollo digital en línea con la demanda que proviene de ellos mismos.

 

5.             COMPETENCIA

 

Constitución Política de Colombia. ARTICULO 313. Corresponde a los concejos: 1. Reglamentar las funciones y la eficiente prestación de los servicios a cargo del municipio.

 

Decreto Ley 1421 de 1993. Por el cual se dicta el régimen especial para el Distrito Capital de Santafé de Bogotá. Artículo 12°. Corresponde al Concejo Distrital, de conformidad con la Constitución y a la ley: 1. Dictar las normas necesarias para garantizar el adecuado cumplimiento de las funciones y la eficiente prestación de los servicios a su cargo.

 

6.             IMPACTO FISCAL

 

De conformidad con el artículo 7 de la Ley 819 de 2003 “En todo momento, el impacto fiscal de cualquier proyecto de ley, ordenanza o acuerdo, que ordene gasto o que otorgue beneficios tributarios, deberá hacerse explícito y deberá ser compatible con el Marco Fiscal de Mediano Plazo. Para estos propósitos, deberá incluirse expresamente en la exposición de motivos y en las ponencias de trámite respectivas los costos fiscales de la iniciativa y la fuente de ingreso adicional generada para el financiamiento de dicho costo”.

 

Teniendo en cuenta lo anterior, hay que aclarar que la presente iniciativa no genera un impacto fiscal que implique una modificación en el marco fiscal de mediano plazo, toda vez, que no se incrementará el presupuesto del Distrito, ni ocasionará la creación de una nueva fuente de financiación, en la medida en que el presupuesto asignado para el desarrollo del presente proyecto de acuerdo, fue planteado dentro del marco fiscal del actual Plan de Desarrollo Distrital 2016-2019, a través de las metas previstas en el programa Bogotá, una Ciudad Digital así: i). Mejorar en 5% los indicadores básicos de tenencia y uso de TIC en la Ciudad. ii) Incrementar al 15% la participación de las empresas bogotanas dedicadas a actividades profesionales, científicas y técnicas o de información y comunicaciones en el total de las empresas creadas o renovadas; iii). Incrementar en 15% el índice de penetración de internet en Bogotá;

 

En consecuencia, el objeto del presente proyecto de acuerdo se encuentra planteado como una de las estrategias del Plan de Desarrollo vigente y por lo tanto no generaría un impacto fiscal adicional al ya contemplado por el mismo.

 

 

 

 

Cordialmente,

 

 

 

 

 

YEFER YESID VEGA BOBADILLA

Concejal de Bogotá

 

 

 

 

JUAN FELIPE GRILLO

Concejal de Bogotá

 

 

 

 

ROBERTO HINESTROSA REY

Concejal de Bogotá

 

 

 

 

JULIO CÉSAR ACOSTA

Concejal de Bogotá

 

 

 

 

PEDRO JULIÁN LÓPEZ

Concejal de Bogotá

 

                                                    

 

Original no firmado

JOSÉ DAVID CASTELLANOS

Concejal de Bogotá

 

 

 

 

ROLANDO GÓNZALEZ GARCÍA

Concejal de Bogotá

 

 

 

 

CESAR GARCÍA VARGAS

Concejal de Bogotá

 

 

 

 

JORGE LOZADA VALDERRAMA

Concejal de Bogotá

 

 

 

 

XINIA ROCIO NAVARRO

Concejal de Bogotá

 

 

 

Original no firmado

DANIEL ANDRES PALACIOS

Concejo de Bogotá

 

PROYECTO DE ACUERDO No. __________ DE 2018

 

 

“Por medio del cual se establecen lineamientos para la creación de la Red Distrital de Laboratorios Digitales, como mecanismo de incentivo y fortalecimiento a la innovación, tecnología y emprendimiento del Distrito Capital”

 

EL CONCEJO DE BOGOTÁ

 

En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el Numeral 1 del artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993

 

ACUERDA:

 

ARTÍCULO 1°. Definiciones. Se entenderá por Laboratorio Digital, el centro de innovación, tecnología y emprendimiento donde se facilitan herramientas tecnológicas, metodologías de trabajo y se brindan capacitaciones enfocadas en generar conocimientos, contenidos digitales, aplicaciones y plataformas TIC, en particular a ciudadanos de mayor vulnerabilidad y analfabetismo digital. 

 

Se entenderá por Red Distrital de Laboratorios Digitales la estrategia de organización y articulación de laboratorios, centros de investigación, organizaciones gubernamentales, ONG, privadas y públicas que estén adelantando proyectos de innovación, tecnología y emprendimiento en el Distrito Capital, y en general aquellas iniciativas encaminadas a promover contenidos locales, aplicaciones, servicios y plataformas TIC, en el marco de la política pública de ciencia, tecnología e innovación.

 

ARTÍCULO 2º. Objetivo de los laboratorios Digitales. El objetivo de los Laboratorios Digitales es incrementar la calidad y la cantidad de conocimientos digitales, habilidades y destrezas técnicas de los ciudadanos, para el desarrollo de productos de contenido digital y promoción de la industria digital, que permitan a la vez impulsar el desarrollo económico en las Localidades del Distrito Capital.

 

ARTICULO 3. Lineamientos de la Red Distrital de Laboratorios Digitales. La estrategia Red Distrital de Laboratorios Digitales aplicará los siguientes lineamientos generales:

 

·               Promover la articulación institucional entre los diferentes actores que componen el ecosistema digital en la ciudad de Bogotá D.C.

·               Incentivar el crecimiento de las competencias digitales en los bogotanos con el objetivo de consolidar una ciudadanía digital en las distintas localidades del Distrito Capital.

·               Fomentar el intercambio entre las entidades públicas y privadas que permita la generación de convenios de participación y financiación en busca de alianzas estratégicas para el apoyo del funcionamiento de la Red Distrital de Laboratorios Digitales.

·               Fortalecer los espacios para promover el crecimiento económico basado en conocimientos digitales.

·               Facilitar iniciativas tendientes a la promoción de procesos de innovación digital con el objetivo de incentivar la participación ciudadana.

·               Promover la participación ciudadana con instituciones públicas, privadas, organizaciones comunitarias y organizaciones gubernamentales ONG, que esten adelantando proyectos de innovasión, tecnología y emprendimiento en el Distrito Capital.

 

PARÁGRAFO. Para efectos del cumplimiento del presente artículo, la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico, con el acompañamiento de la Alta Consejería TIC, lideraran el desarrollo de los lineamientos señalados.

 

ARTÍCULO 4º Seguimiento. En desarrollo del Artículo 78, Literal p. del Acuerdo 257 de 2006, la Secretaría Distrital de Desarrollo Económico podrá implementar una metodología para el seguimiento y evaluación tanto de la Red Distrital de Laboratorios Digitales, conforme a los criterios y lineamientos que se determinen en la norma reglamentaria del presente Acuerdo.

 

ARTÍCULO 5º. Vigencia. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.

 



[1] Boletín Indicadores Básicos de Tenencia y Uso de tecnologías de la Información y Comunicación en Hogares. DANE. Abril 2016

[2] Boletín Indicadores Básicos de Tenencia y Uso de tecnologías de la Información y Comunicación en Empresas. DANE. Junio 2016.

[3] Bases del Plan Nacional de Desarrollo 2014-2018. Departamento Nacional de Planeación. Pág. 101

[4] Bases Plan de Desarrollo Bogotá Mejor para Todos. Pág 256.

[5] Kozmetsky, G., Williams, F., & Williams, V. (2004). New wealth: commercialization of science and technology for business and economic development. Greenwood Publishing Group

[6] Bases Plan de Desarrollo Bogotá Mejor para Todos. Pág 257.

[7] Bases Plan de Desarrollo Bogotá Mejor para Todos. Pág 258

[8] Katz, R. El ecosistema y la economía digital en América Latina. Fundación Telefónica, Editorial Ariel, CEPAL. 2015