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ACUERDO 899 DE 2023
(Mayo 23)
POR EL CUAL SE ESTABLECEN LINEAMIENTOS PARA GARANTIZAR LA PARTICIPACIÓN INCLUSIVA Y DIFERENCIAL EN LA FORMULACIÓN DE LOS PLANES DE MANEJO AMBIENTAL PARA LAS RESERVAS DISTRITALES DE HUMEDALES “HYNTIBA – EL ESCRITORIO” Y “TINGUA AZUL” Y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES
EL CONCEJO DE BOGOTÁ, D.C.
En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por los numerales 1 y 19 del artículo 12 del Decreto Ley 1421 de 1993.
Ver Proyecto de Acuerdo 141 de 2023 Concejo de Bogotá, D.C.
ACUERDA
ARTÍCULO 1. Establecer lineamientos para garantizar la participación inclusiva y diferencial en la formulación de los Planes de Manejo Ambiental para las Reservas Distritales de Humedal «Hyntiba -El Escritorio» y «Tingua Azul», localizados en las Localidades de Fontibón, Bosa y Kennedy respectivamente, que hacen parte de los elementos de la Estructura Ecológica Principal del Distrito Capital.
ARTICULO 2. Con el fin de garantizar la participación inclusiva y diferencial de las diferentes comunidades que tienen relación con las Reservas Distritales de Humedal «Hyntiba -El Escritorio» y «Tingua Azul», la Secretaría Distrital de Ambiente como entidad responsable de la formulación de los Planes de Manejo Ambiental propenderá por:
1) Identificar a través de las autoridades competentes, la presencia de comunidades o pueblos étnicos que tengan relación con los territorios ocupados por las Reservas Distritales de Humedal de que trata este Acuerdo. 2)Podrá incorporar en los elementos de zonificación descritos en la guía técnica vigente, las características de ancestralidad o reconocimientos especiales que definan la importancia para todas las comunidades que habitan la zona. 3) Podrá garantizar la participación efectiva de las comunidades en espacios diferenciales y luego comunes, para identificar propósitos en común y diferenciados respecto del manejo de los ecosistemas.
ARTÍCULO 3. Reconocer los humedales denominados «Hyntiba -El Escritorio» y «Tingua Azul» hoy denominados Reservas Distritales de Humedal, como áreas de importancia ambiental para la protección del recurso hídrico, y para lo cual las acciones de manejo y gestión deberán estar orientadas a:
a. Continuidad y conectividad hidráulica del cuerpo de agua del humedal con cuerpos de agua colindantes; b. Implementación de procesos de rehabilitación y restauración ecológica conservaci6n ambiental; c. Mejorar las condiciones hidráulicas, ecosistémicas y ambientales del humedal y la conexión con ronda hídrica del río Tunjhelo; d. Propiciar la generación de áreas adicionales para los procesos de manejo hídrico que hace sostenible el cuerpo de agua del humedal; e. Ampliar áreas de hábitats silvestres para especies residentes y migratorias; f. Mejorar áreas para el manejo sostenible, el ecoturismo sostenible, la educación e investigación ambiental; g. Mantenimiento y aumento de los servicios ecosistémicos de provisión, regulación y soporte y culturales.
ARTICULO 4. La delimitación de los humedales «Hyntiba-El Escritorio» y «Tingua Azul», será la definida por la Secretaria Distrital de Ambiente según las coordenadas señaladas en el Anexo 1 (coordenadas PEDH «Hyntiba -El Escritorio») y el Anexo 2 (coordenadas PEDH «Tingua Azul») que forman parte integral de este Acuerdo, hacen parte de los elementos de la Estructura Ecológica Principal del Distrito Capital.
ARTICULO 5. Seguimiento. La Administración Distrital, tomará las acciones pertinentes para garantizar la plena recuperación, restauración, preservación, protección, mantenimiento y administración de los humedales «Hyntiba —El Escritorio» y «Tingua Azul».
ARTÍCULO 6. El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
EDWARD ANÍBAL ARIAS RUBIO Presidente
DAGOBERTO GARCIA BAQUERO Secretario General de Organismo de Control
CLAUDIA NAYIBE LÓPEZ HERNÁNDEZ Alcaldesa Mayor de Bogotá, D.C. |